Locales

SUNARP: Registro de testamentos llega solo a 9.36% de todos los trámites por sucesión o herencia

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

19 Julio, 2016 / 12:47 pm

Nadie es ajeno a los conflictos por herencias. Por ello, es recomendable que las familias planifiquen la distribución de sus bienes antes del inevitable final. Sin embargo, son muy pocos los peruanos que piensan en ello, como lo confirma el número de testamentos inscritos en el Registro de Personas Naturales de la Sunarp desde 1998.

Hasta el primer semestre del presente año, se habían inscrito en los Registros Públicos 53,458 testamentos frente a las 517,521 sucesiones intestadas tramitadas por los herederos de una persona fallecida que no dejó un testamento. Es decir, el otorgamiento de testamentos representa apenas el 9.36% de todos los trámites por sucesión o herencia inscritos ante la Sunarp.

Recordemos que el testamento es el documento donde se expresa la última voluntad del propietario de un bien mueble y/o inmueble, quien decidirá sobre la forma cómo ordenar y distribuir su patrimonio. La voluntad testamentaria, puede ser otorgada mediante Testamento Cerrado, Testamento por Escritura Pública, Testamento Ológrafo o por testamentos especiales como el Marítimo o el Militar, los cuales se tienen que inscribir en los Registros Públicos.

Las zonas registrales donde se inscribió el mayor número de testamentos son Lima (37,404), Arequipa (8,212), Cusco (1,712), Trujillo (1,212) y Chiclayo (1,058). De acuerdo a estas cifras, desde 1998, se inscribieron ante la Sunarp menos de tres mil testamentos al año.

“Registrar un testamento pone en conocimiento de todos de la existencia de la última voluntad de una persona y da seguridad a quienes contraten de acuerdo a lo que se establece en el, evitando futuros conflictos familiares por la posesión de los bienes”, explicó el abogado de la Sunarp, Carlos Salcedo, quien agregó que también se puede renunciar a una herencia mediante escritura pública, decisión que hasta la fecha ha sido tomada por 42 peruanos.

Sucesiones Intestadas

En cuanto a las sucesiones intestadas, estas se inscribieron mayormente en Lima (234,788), Chiclayo (39,689), Huancayo (36,884), Trujillo (34, 645) y Arequipa (33,360).

Se recurre a una sucesión intestada cuando no existe un testamento que determine quienes tienen derecho a heredar y establecer una prioridad en el reparto de la herencia.

La ley determina que el (la) cónyuge, hijos (as), nietos (as), padres y abuelos adquieren -tras la muerte del causante-, la calidad de herederos forzosos. Otros familiares de sangre, como hermanos, tíos y sobrinos, adquieren la calidad de herederos legales, teniendo derecho a la herencia en caso no existan los primeros.

“Frente a esta situación, es la ley la que prevé un conjunto de reglas para determinar qué familiares tiene prioridad en el reparto de la herencia”, concluyó el letrado.

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