Educación

Minedu excluye 17 proyectos de la cartera de Escuelas Bicentenario por limitaciones presupuestales y de tiempo

La medida reduce de 92 a 75 las inversiones a cargo del proyecto especial, cuya vigencia se extiende hasta marzo de 2028. PRONIED informó que cuenta con capacidad técnica para asumir la ejecución de los proyectos retirados.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

4 noviembre, 2026 / 9:00 am

El Ministerio de Educación (Minedu) aprobó una modificación al Proyecto Especial de Inversión Pública (PEIP) Escuelas Bicentenario, mediante la cual se excluirán 17 proyectos de inversión que habían sido incorporados a su cartera en 2025. La medida responde a dificultades relacionadas con los plazos institucionales y la disponibilidad de recursos presupuestales, factores que, según los informes técnicos del sector, impedirían que estas inversiones puedan ejecutarse dentro del periodo de vigencia del proyecto especial y bajo las condiciones financieras actuales.

La disposición fue establecida mediante el Decreto Supremo N.° 020-2026-MINEDU, publicado el 4 de noviembre de 2026 en el diario oficial El Peruano. La norma modifica el artículo 1 y el anexo del Decreto Supremo N.° 011-2020-MINEDU, que creó el Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario, con el propósito de precisar el alcance de su cartera de inversiones y adecuar la responsabilidad sobre la ejecución de los proyectos comprendidos.

 

Las razones que sustentan la exclusión de los 17 proyectos

De acuerdo con los considerandos del decreto supremo, la decisión se sustenta en dos circunstancias objetivas, concurrentes y estructurales que dificultan que el PEIP Escuelas Bicentenario pueda ejecutar los 17 proyectos incorporados a su cartera mediante el Decreto Supremo N.° 013-2025-MINEDU.

La primera está relacionada con el factor temporal e institucional. El proyecto especial tiene un periodo de vigencia establecido hasta el 31 de marzo de 2028, por lo que el tiempo disponible constituye una limitación para asumir y culminar las inversiones adicionales incorporadas en 2025. La segunda circunstancia corresponde a la sostenibilidad y disponibilidad de los recursos presupuestales necesarios para financiar su ejecución.

Estos factores llevaron a la Dirección Ejecutiva del PEIP Escuelas Bicentenario a plantear la modificación de su cartera, al considerar que mantener los 17 proyectos bajo su responsabilidad podría comprometer su capacidad para cumplir con los objetivos y plazos establecidos.

La propuesta fue respaldada por informes técnicos y legales elaborados por las áreas correspondientes del proyecto especial. Asimismo, el Ministerio de Educación evaluó los sustentos presentados y solicitó las opiniones de las instancias competentes del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), tanto en materia de programación multianual y gestión de inversiones como de presupuesto público. Ambas dependencias comunicaron que no tenían observaciones a la propuesta de exclusión de las inversiones incorporadas en 2025.

La cartera del proyecto volverá a estar conformada por 75 inversiones

La modificación aprobada establece que el Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario estará a cargo de una cartera constituida por 75 proyectos de inversión de instituciones educativas de Lima Metropolitana y de instituciones educativas emblemáticas ubicadas en ocho departamentos del país y la Provincia Constitucional del Callao.

De esta manera, la cartera retorna al número de proyectos que tenía originalmente cuando se creó el PEIP Escuelas Bicentenario en 2020. Cabe recordar que, mediante el Decreto Supremo N.° 013-2025-MINEDU, se habían incorporado 17 nuevas inversiones, elevando el total de 75 a 92 proyectos, distribuidos en 17 departamentos y el Callao.

Con la nueva disposición, el Minedu modifica nuevamente el artículo 1 del decreto que creó este proyecto especial y establece expresamente que su objeto será ejecutar una cartera de 75 proyectos de inversión. Asimismo, mantiene la autonomía técnica, económica, financiera y administrativa del PEIP Escuelas Bicentenario, que continúa bajo el ámbito del Ministerio de Educación.

La norma también dispone la modificación del anexo del Decreto Supremo N.° 011-2020-MINEDU, en el que se encuentra identificada la relación de instituciones educativas comprendidas en la cartera. Este anexo actualizado forma parte integrante del nuevo decreto supremo y establece el alcance de las inversiones que permanecerán bajo la responsabilidad del proyecto especial.

 

PRONIED cuenta con capacidad técnica para ejecutar los proyectos excluidos

Uno de los aspectos considerados en el proceso de modificación es la capacidad del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED) para asumir la ejecución de las 17 inversiones que serán retiradas de la cartera del PEIP Escuelas Bicentenario.

Según los considerandos del decreto, la Dirección General de Infraestructura Educativa (DIGEIE) remitió a PRONIED un informe en el que evaluó la incidencia de la ejecución de estos proyectos, incorporados en 2025, dentro de la cartera del proyecto especial.

Posteriormente, mediante un oficio dirigido al Viceministerio de Gestión Institucional, el director ejecutivo de PRONIED comunicó que el programa cuenta con la capacidad técnica necesaria para asumir la responsabilidad de ejecutar las 17 inversiones. Esta evaluación permitió continuar con los procedimientos para modificar el marco normativo que regula al PEIP Escuelas Bicentenario.

Este aspecto resulta relevante porque la exclusión de los proyectos de la cartera del PEIP no responde únicamente a una limitación de plazos y recursos, sino también a la necesidad de adecuar su ejecución a las capacidades institucionales disponibles. De acuerdo con los antecedentes expuestos en el decreto, PRONIED constituye una alternativa para continuar con el desarrollo de estas inversiones, aunque la parte resolutiva de la norma se concentra en modificar la cartera del proyecto especial y no establece expresamente una transferencia formal de los 17 proyectos a dicho programa.

Se modifica también el marco de asistencia técnica especializada

El Decreto Supremo N.° 020-2026-MINEDU no se limita a modificar la cartera de inversiones de Escuelas Bicentenario, sino que también introduce cambios en el Decreto Supremo N.° 011-2021-MINEDU, que declaró de interés nacional la contratación del servicio de asistencia técnica especializada y autorizó la contratación de Estado a Estado para la ejecución de los proyectos.

En ese sentido, la nueva disposición modifica la denominación oficial de dicho decreto para precisar que la asistencia técnica especializada estará vinculada a la ejecución de los 75 proyectos de inversión que conforman la cartera del PEIP Escuelas Bicentenario.

Asimismo, modifica su artículo 1 para establecer que se declara de interés nacional la contratación del servicio de asistencia técnica especializada en la ejecución de esos 75 proyectos, conforme al anexo del Decreto Supremo N.° 011-2020-MINEDU. También se mantiene la autorización para realizar la contratación de Estado a Estado de dicho servicio.

Con esta modificación, el marco de asistencia técnica especializada queda alineado con la nueva composición de la cartera de inversiones, evitando que las disposiciones relacionadas con la contratación internacional mantengan una referencia a los 92 proyectos que estuvieron comprendidos anteriormente.

Una reorganización vinculada a los plazos y la disponibilidad presupuestal

La decisión del Ministerio de Educación se enmarca en la necesidad de garantizar que las inversiones públicas puedan ejecutarse de manera eficaz, considerando los recursos disponibles y los plazos institucionales establecidos.

El decreto recuerda que el PEIP Escuelas Bicentenario fue creado para ejecutar proyectos de infraestructura educativa y contribuir a garantizar la prestación de servicios públicos, así como reducir las brechas de infraestructura en el sector educación.

En esa línea, la modificación busca adecuar la dimensión de la cartera a las condiciones reales de ejecución del proyecto especial, tomando en cuenta que su vigencia se extiende hasta el 31 de marzo de 2028 y que las 17 inversiones incorporadas en 2025 presentan dificultades para ser ejecutadas dentro de ese periodo y con la disponibilidad presupuestal existente.

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