Economía

SBS incorpora seguros agrícolas al régimen simplificado de conocimiento del cliente

La nueva norma establece 17 categorías comprendidas en el régimen simplificado e incorpora coberturas agropecuarias subvencionadas por el FOGASA, además de seguros vinculados a operaciones crediticias bajo determinadas condiciones.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

29 octubre, 2026 / 9:06 am

La Resolución SBS N.° 2580-2026 establece 17 categorías de seguros que pueden acogerse a este régimen, incluido el seguro pecuario y las coberturas vinculadas a créditos. La medida permite aplicar procedimientos simplificados de identificación de clientes cuando el riesgo de lavado de activos y financiamiento del terrorismo sea bajo.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) incorporó cuatro tipos de seguros agrícolas al régimen simplificado de debida diligencia en el conocimiento del cliente, con el propósito de adecuar los controles de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo (LA/FT) a las características y al nivel de riesgo de los productos aseguradores.

La medida fue aprobada mediante la Resolución SBS N.° 2580-2026, publicada el 29 de octubre en el diario oficial El Peruano. Los seguros agrícolas incorporados son el catastrófico, el de rendimiento, el de plantaciones y el de daño directo. A estos se suma el seguro pecuario, siempre que los productos correspondientes sean subvencionados por el Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario (FOGASA), a cargo del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI).

Aunque la comunicación institucional de la SBS destaca la incorporación de estas coberturas agropecuarias, la resolución establece un marco más amplio: identifica 17 categorías de seguros que pueden acogerse al régimen simplificado y contempla, adicionalmente, los seguros asociados a operaciones crediticias comercializados mediante bancaseguros cuando la empresa del sistema financiero sea designada como beneficiaria.

 

Seguros agrícolas con baja exposición al riesgo

La SBS determinó, luego de evaluar los riesgos de LA/FT de los productos agropecuarios comprendidos en la norma, que presentan una baja exposición a estas amenazas cuando son subvencionados por el FOGASA.

El fundamento es que estas coberturas tienen como finalidad financiar seguros destinados a reducir la vulnerabilidad de los pequeños y medianos agricultores frente al cambio climático y otros riesgos contemplados en las pólizas. Su orientación hacia la protección de la actividad agropecuaria y las características de su financiamiento sustentan la aplicación de procedimientos simplificados de conocimiento del cliente.

En consecuencia, las aseguradoras podrán aplicar este régimen a los seguros agrícolas catastróficos, de rendimiento, de plantaciones y de daño directo, así como a los seguros pecuarios que cumplan la condición de estar subvencionados por el FOGASA.

 ¿Qué seguros pueden acogerse al régimen simplificado?

El artículo 3 de la resolución establece 17 categorías de productos comprendidos en el régimen simplificado de debida diligencia en el conocimiento del cliente.

La relación incluye los seguros obligatorios; los contratados por personas naturales o jurídicas por cuenta y a favor de sus trabajadores; los seguros de grupo o colectivos; los seguros masivos; los seguros escolares; los seguros de accidentes personales y asistencia médica; y los seguros de gastos de sepelio.

También comprende los seguros previsionales y las rentas vitalicias asociadas al Sistema Privado de Pensiones (SPP), los microseguros registrados como tales ante la SBS, los seguros de garantía extendida, los seguros de vida sin componentes de ahorro o inversión y los seguros de responsabilidad civil profesional.

A estos se suman los cuatro tipos de seguros agrícolas mencionados y el seguro pecuario, bajo la condición de subvención estatal establecida en la norma.

 

Adicionalmente, se incluyen los productos de seguros vinculados a operaciones crediticias comercializados mediante bancaseguros, siempre que la empresa del sistema financiero sea designada como beneficiaria del seguro.

Por tanto, es necesario distinguir entre el alcance general de la resolución y el anuncio específico de la SBS: los 17 numerales corresponden a categorías de seguros comprendidas en el régimen, mientras que la comunicación institucional pone el foco en los cuatro seguros agrícolas incorporados y menciona también el seguro pecuario. No debe interpretarse que la resolución incorpora únicamente cuatro productos al régimen simplificado.

 ¿Qué implica la debida diligencia simplificada?

La normativa de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo contempla tres regímenes de debida diligencia en el conocimiento del cliente: general, reforzado y simplificado, conforme al Reglamento de Gestión de Riesgos de LA/FT aprobado por la Resolución SBS N.° 2660-2015 y sus modificatorias.

En el régimen simplificado, los sujetos obligados a informar a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) pueden solicitar información mínima del cliente para su identificación, cuando el nivel de riesgo lo justifique y de acuerdo con las condiciones previstas en la regulación.

La aplicación de este mecanismo no significa que las aseguradoras queden liberadas de sus obligaciones de prevención ni que puedan omitir los controles exigibles. La finalidad es adecuar el alcance de la identificación y verificación del cliente al riesgo que presenta cada producto, evitando exigir el mismo nivel de diligencia a operaciones con características diferentes.

La resolución establece expresamente que las empresas de seguros deben aplicar regímenes distintos del simplificado cuando identifiquen mayores riesgos de LA/FT. Esto comprende situaciones en las que se detecten factores de riesgo superiores a los previstos u operaciones inusuales o sospechosas, que pueden requerir medidas normales o reforzadas.

Asimismo, las aseguradoras podrán solicitar autorización a la SBS para incorporar otros productos al régimen simplificado, aunque no estén incluidos en la relación aprobada. La ampliación, por tanto, requiere la evaluación y autorización correspondiente del organismo supervisor.

 

El enfoque basado en riesgos del GAFI

La SBS sustenta la medida en un enfoque basado en riesgos y en las características propias de la actividad aseguradora. En esa línea, la Guía sobre el enfoque basado en riesgos para el sector de seguros de vida, emitida por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), señala que, en términos generales, los riesgos de LA/FT asociados al sector asegurador son menores que los observados en otros productos y servicios financieros.

Esto responde a que numerosos productos de seguros no ofrecen suficiente flexibilidad para ser utilizados como instrumentos de lavado de activos. Sin embargo, esa evaluación general no elimina la necesidad de examinar las particularidades de cada producto, cliente y operación.

La resolución también considera que los seguros previsionales y las rentas vitalicias vinculadas al SPP tienen una finalidad previsional regulada por ley, mientras que los seguros de vida sin componentes de ahorro o inversión no permiten acumular ni movilizar fondos para fines distintos de la cobertura del riesgo asegurado.

De igual manera, en los seguros vinculados a créditos en los que una entidad financiera es beneficiaria, la cobertura está destinada a garantizar obligaciones previamente identificadas, lo que limita las posibilidades de utilizar el producto para transferir o legitimar recursos de origen ilícito.

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