La SBS ordena la disolución y liquidación de Caja Sullana tras su intervención
La liquidación de la Caja Municipal de Sullana se da luego de la transferencia de su bloque patrimonial a Caja Piura. La SBS convocará a un concurso público para seleccionar a la empresa que se encargará de la liquidación.

14 julio, 2024 / 9:01 am
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) publicó hoy la Resolución SBS Nº 02497-2024, declarando la disolución de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana S.A., iniciando así el proceso de liquidación de esta entidad financiera. Esta medida se tomó en cumplimiento con lo estipulado en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificaciones.
La disolución de la Caja Sullana viene precedida por varias resoluciones emitidas por la SBS. El 11 de julio de 2024, mediante la Resolución SBS Nº 2477-2024, la Caja fue sometida a un Régimen de Intervención debido a encontrarse en una situación que cumplía con los supuestos del artículo 104 de la Ley General. Posteriormente, ese mismo día, la SBS dictó la Resolución SBS Nº 2478-2024, que dispuso el sometimiento de la Caja a un Régimen Especial Transitorio, bajo el Subprograma de Facilitación de la Reorganización Societaria de Instituciones Especializadas en Microfinanzas, creado por el Decreto de Urgencia Nº 037-2021.
Transferencia de Activos y Pasivos
En el marco de las facultades otorgadas por el Reglamento Operativo del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Microfinanzas, la SBS emitió la Resolución SBS Nº 2479-2024, que ordenó la segregación de un bloque patrimonial calzado de la Caja Sullana. Este bloque, conformado por activos y pasivos excluidos del Estado de Situación Financiera de la entidad sometida a Régimen Especial Transitorio, sería transferido a otra entidad financiera seleccionada a través de un concurso por invitación.
El 12 de julio de 2024, la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. fue declarada adjudicataria de la buena pro del concurso, según la Resolución SBS Nº 2494-2024. Este mismo día, se firmaron el Acuerdo Marco y el Contrato de Transferencia correspondientes, concluyendo así el Régimen Especial Transitorio y dando paso al proceso de liquidación de la Caja Sullana.
Proceso de Liquidación
Con la disolución de la Caja Sullana, la SBS tiene la responsabilidad de llevar adelante el proceso de liquidación. En este sentido, se ha dispuesto la convocatoria a un concurso público para seleccionar a la persona jurídica que se encargará de la liquidación. Hasta que se designe a esta entidad, la SBS ha nombrado a Giovanni David Zavaleta Torres y Mario Eduardo Vivanco Lanfranco, o en su ausencia, a Luz del Alba Hidalgo Artica, para que, en representación de la Superintendenta, realicen todos los actos necesarios para llevar adelante el proceso de liquidación.
Facultades de los Representantes
Los representantes designados por la SBS tienen amplias facultades para administrar el proceso de liquidación, que incluyen, entre otras, la inscripción de la resolución de disolución en el Registro Público, la toma de posesión de los bienes de la Caja, la elaboración del balance general y el estado de ganancias y pérdidas, la realización de un inventario y la valorización de todos los activos, así como la elaboración de la relación de asegurados cubiertos por el Fondo de Seguro de Depósitos y de acreedores de la Caja.
Además, están facultados para mantener los recursos líquidos de la Caja en entidades clasificadas en las categorías “A” o “B”, recibir amortizaciones y/o cancelaciones de créditos otorgados, continuar reportando a la SBS el Reporte Crediticio de Deudores, y tomar todas las medidas necesarias para una efectiva y oportuna recuperación de los créditos otorgados. También pueden formalizar garantías, iniciar y continuar procesos judiciales, y administrar todos los bienes, libros y documentación de la Caja.
Implicaciones para los Acreedores y Clientes
La disolución de la Caja Sullana implica varias restricciones importantes. A partir de la publicación de la resolución de disolución, está prohibido iniciar procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias, perseguir la ejecución de resoluciones judiciales, constituir gravámenes sobre los bienes de la Caja, y realizar pagos, adelantos o compensaciones con fondos o bienes de la entidad. Sin embargo, se permiten ciertas compensaciones entre empresas del sistema financiero o de seguros, así como con el Ministerio de Economía y Finanzas o el Banco Central de Reserva del Perú, bajo condiciones específicas.
Los acreedores de la Caja recibirán pagos a cuenta respetando la prelación establecida en la Ley General, y se negociarán, celebrarán, modificarán y ejecutarán convenios necesarios para viabilizar estos pagos. Los representantes también podrán resolver contratos, adoptar acciones de cobranza extrajudicial y formalizar contratos de compraventa de bienes.
Los representante designado tienen la facultad de refinanciar los créditos vencidos o en cobranza judicial otorgados por la empresa. Castigar o condonar de forma parcial o total intereses moratorios.
Asimismo, instaurar y proseguir contra los directores y trabajadores de la empresa cualquier proceso administrativo o judicial que corresponda en resguardo de los derechos de ella, los accionistas o sus acreedores, siempre que no hubieren transcurrido más de dos (2) años
desde la fecha en que ocurrió el hecho que se invoque como fundamento, sin perjuicio de las demás acciones legales a que hubiere lugar.
La SBS ha implementado un proceso estructurado y riguroso para asegurar la adecuada liquidación de la entidad y la protección de los intereses de los acreedores y clientes. Este proceso estará bajo la supervisión y administración de los representantes designados, quienes tienen la responsabilidad de llevar adelante todas las acciones necesarias para cumplir con este objetivo.
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