Turismo

FAE-Turismo otorgará créditos hasta por S/ 750 mil con 18 meses de gracia

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

30 Junio, 2020 / 7:35 am

Como lo había adelantado el ministro de Comercio Exterior y Turismo, Edgar Vásquez, el Gobierno publicó hoy el Decreto de Urgencia 076-2020 que establece medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, que promuevan el financiamiento de las micro y pequeñas empresas (MYPE) del Sector Turismo, que se vean afectadas por el contexto internacional y local adverso, producto de la propagación del Covid-19.

De esta manera se crea el Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE del Sector Turismo (FAE-TURISMO), que tiene por objeto garantizar los créditos para capital de trabajo de las MYPE que realizan actividades de establecimientos de hospedaje, transporte interprovincial terrestre de pasajeros, transporte turístico, agencias de viajes y turismo, restaurantes, actividades de esparcimiento, organización de congresos, convenciones y eventos, guiado turístico, y producción y comercialización de artesanías.

Este fondo está constituido por S/ 500 millones que con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.

 

Límite de la garantía del FAE-TURISMO

Junto con la garantía del FAE-TURISMO, la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. – COFIDE
otorga créditos a las Empresas del Sistema Financiero (ESF) y Cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público que se encuentren en el Registro a cargo de la SBS.

La garantía del FAE-TURISMO para COFIDE es por el 100% de la cartera honrada. Las operaciones otorgadas por COFIDE y garantizadas por el FAE-TURISMO se realizan bajo la forma de cartera de créditos.

La garantía que otorga el FAE-TURISMO cubre como máximo el monto equivalente a tres veces
el promedio mensual de deuda de capital de trabajo registrado por la MYPE, en el año 2019, en la empresa del sistema financiero o COOPAC que le otorga el crédito. Para dicho límite, no se consideran los créditos de consumo, ni hipotecarios para vivienda.

Alternativamente, también se puede considerar el monto equivalente a cuatro (04) meses el nivel de venta promedio del año 2019, según los registros de la SUNAT. El límite de la garantía individual que otorga el FAE-TURISMO es para los créditos destinados únicamente a capital de trabajo de las MYPE.

Esta garantía otorgada a través de COFIDE a las ESF y COOPAC, se aplica de acuerdo con los
siguientes porcentajes de cobertura de la cartera por deudor:

El financiamiento de COFIDE a las ESF y COOPAC es hasta por el 100% del requerimiento aprobado para dichas entidades.

El FAE-TURISMO puede otorgar garantías por hasta tres veces los recursos disponibles. Es decir, el fondo de S/ 500 millones, busca apalancar créditos hasta por S/ 1,500 millones.

 

Criterios de elegibilidad de los beneficiarios del FAE-TURISMO

Son elegibles como beneficiarios del FAE-TURISMO, las MYPE que:

a) Obtengan créditos para capital de trabajo, según los parámetros establecidos por la SBS para créditos a microempresas y pequeñas empresas; o,

b) Se encuentren clasificadas en el Sistema Financiero, al 29 de febrero de 2020 en la Central de Riesgo de la SBS, en la categoría de “Normal” o “Con Problemas Potenciales” (CPP). En caso de no contar con clasificación a dicha fecha, no haber estado en una categoría diferente a la categoría “Normal” durante los 12 meses previos al otorgamiento del préstamo. En caso la MYPE se financie a través de una COOPAC y no cuente con información en la Central de Riesgo de la SBS, el criterio de elegibilidad podrá establecerse en el Reglamento Operativo.

c) Los mecanismos y/o medios de verificación de las MYPE que pertenecen al Sector Turismo se establecen en el Reglamento Operativo.

No son elegibles aquellas MYPE que:

a) Se encuentren vinculadas a las ESF y a las COOPAC otorgantes del crédito, así como aquellas comprendidas en el ámbito de la Ley N° 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos, así como cualquier persona o ente jurídico sometida a procesos por delitos de corrupción y conexos o cuyos representantes estén siendo investigados por dichos delitos; quedando exceptuado los créditos de las personas o entes jurídicos que hayan cumplido con el pago total de la reparación civil a que hubiera lugar y tengan la condición de habilitadas para contratar con el Estado.

b) Cuenten con créditos garantizados en el marco del Programa REACTIVA PERU, creado mediante el Decreto Legislativo N° 1455.

c) Cuenten con créditos garantizados en el marco del Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE (FAE-MYPE), creado mediante Decreto de Urgencia Nº 029-2020.

d) Se hayan acogido al Procedimiento Acelerado de Refinanciación Concursal (PARC) creado mediante el Decreto Legislativo N° 1511, Decreto Legislativo que crea el Procedimiento Acelerado de Refinanciación Concursal (“PARC”) para asegurar la continuidad en la cadena de pagos ante el impacto del COVID-19; o hayan presentado solicitud de acogimiento a dicho Programa. Si con posterioridad al acceso como beneficiaria del FAE-TURISMO, la persona jurídica accede al PARC, ésta es excluida del FAE-TURISMO.

e) Se encuentren inhabilitadas por el Tribunal de Contrataciones del Estado.

Plazo de los créditos garantizados y acogimiento al FAE-TURISMO

El plazo de los créditos para capital de trabajo que otorgue las ESF a las MYPE del Sector Turismo, no puede exceder de sesenta meses (60).

Autorízase a las ESF y a las COOPAC a incluir en el plazo señalado en el numeral precedente un periodo de gracia de hasta dieciocho meses (18).

Los recursos del FAE-TURISMO pueden ser utilizados para créditos otorgados hasta el 31 de diciembre de 2020.

 

Reglamento Operativo

Mediante Reglamento Operativo se establecen disposiciones complementarias que resulten necesarias para el adecuado funcionamiento del FAE-TURISMO, incluyendo el plazo de vigencia de dicho fondo. El referido Reglamento se aprueba mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas a propuesta del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en un plazo no mayor de diez días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia.

Reportes y transparencia de la información

El DU dispones que las ESF y las COOPAC remiten a COFIDE, un reporte semanal de los créditos colocados, en el marco del FAE-TURISMO.

COFIDE, en calidad de administrador del FAE-TURISMO, remite semanalmente al Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo y al Ministerio de Economía y Finanzas, reportes consolidados de las colocaciones de los créditos efectuados por las ESF y las COOPAC que forman parte del FAE-TURISMO, para su publicación en el portal institucional de los citados ministerios (www.gob. pe/mincetur; www.gob.pe/mef).

Los referidos reportes contienen información agregada sobre la categoría de las MYPE beneficiarias (de acuerdo con los porcentajes de garantías señalados, importe del crédito colocado, así como otra información que determine COFIDE como necesaria para identificar y brindar transparencia sobre el destino de los créditos del FAE-TURISMO, considerando la protección constitucional del secreto bancario de los beneficiarios de los créditos.

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