Tributación

Sunat: Propietarios de bienes de alto valor e inversionistas deben inscribirse en el RUC

Lo deben hacer antes del 23 de setiembre. La Sunat establece nuevos sujetos obligados a inscribirse, incluyendo quienes realicen grandes transacciones financieras y adquisiciones comerciales.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

30 junio, 2024 / 10:19 am

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) ha establecido nuevos sujetos obligados a inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) a través de una norma publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano. Según la Resolución de Superintendencia Nº 000130-2024/SUNAT, estos sujetos deben inscribirse en el RUC antes del 30 de septiembre de 2024 si, al 31 de julio de 2024, cumplen con ciertos criterios específicos relacionados con la propiedad y las transacciones económicas.

 

De acuerdo con la norma, deben inscribirse en el RUC las personas que sean propietarios de cinco o más predios cuyo valor total supere las 126 UIT, equivalentes a 648,900 soles. También deben hacerlo aquellos que posean acciones o participaciones en sociedades, ya sean peruanas o extranjeras, cuyo valor en conjunto supere las 100 UIT, es decir, 515,000 soles. Además, quienes hayan realizado adquisiciones de bienes sujetos a percepciones del IGV que, en un año, superen las 10 UIT (51,500 soles) están obligados a inscribirse. Finalmente, también deben registrarse aquellos que hayan percibido intereses por depósitos en cuentas de empresas del sistema financiero y cuyos saldos acumulados superen las 300 UIT, lo que equivale a 1,545,000 soles.

 

La resolución especifica que la Sunat tiene la facultad de inscribir de oficio en el RUC a quienes no cumplan con esta obligación dentro del plazo señalado. Esta medida busca asegurar que todos los sujetos que potencialmente generan obligaciones tributarias estén debidamente registrados y cumplan con sus responsabilidades fiscales.

Entidades financieras y de seguros

Adicionalmente, la norma incluye la obligación de inscribirse en el RUC para aquellos que realicen actos con entidades financieras y de seguros. Esto incluye a los sujetos que soliciten créditos corporativos por montos que excedan las 10 UIT o que contraten el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) para vehículos de transporte de carga pesada de las categorías N2 y N3. La Sunat también podrá inscribir de oficio a quienes deban registrarse por solicitar créditos a partir de la entrada en vigor de esta resolución y cuenten con un saldo de endeudamiento total mayor a 10 UIT.

 

Esta regulación es parte de las acciones emprendidas por la Sunat para ampliar la base tributaria y mejorar el cumplimiento tributario voluntario. Con estas medidas, se busca fortalecer la recaudación fiscal y asegurar que todos los sujetos económicos contribuyan adecuadamente al sistema tributario del país.

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