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Hoy vence plazo para aprobar las estrategias nacionales de inteligencia artificial y gobierno de datos

El reglamento de la Ley de IA dio a la PCM un año para aprobar ambos instrumentos, además de fijar este 10 de setiembre como fecha límite para que el Ejecutivo, el Congreso, el Poder Judicial y organismos autónomos implementen sus primeras obligaciones.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

10 septiembre, 2026 / 10:59 am

A un año de la publicación del Decreto Supremo N.° 115-2025-PCM, que aprobó el Reglamento de la Ley N.° 31814 sobre el uso de la inteligencia artificial en el Perú, este 10 de setiembre de 2026 se cumplen algunos de los primeros plazos fijados por la norma para su implementación. La regulación, emitida por la Presidencia del Consejo de Ministros, busca promover el desarrollo y uso de la inteligencia artificial en el país, pero bajo criterios de seguridad, ética, transparencia, responsabilidad y respeto de los derechos fundamentales.

El reglamento fue publicado el 9 de setiembre de 2025 en el diario oficial El Peruano y estableció que determinados mandatos empezarían a correr desde el día siguiente de su publicación. Por ello, este 10 de setiembre de 2026 marca una fecha importante para evaluar si el Estado avanzó en los compromisos asumidos hace un año.

 

Una norma para ordenar el uso de la inteligencia artificial

El reglamento desarrolla la Ley N.° 31814, aprobada para promover el uso de la inteligencia artificial en favor del desarrollo económico y social del país. Su finalidad es fomentar esta tecnología en entidades públicas, empresas privadas, academia, sociedad civil y ciudadanía, pero evitando que su aplicación afecte derechos como la privacidad, la igualdad, la no discriminación, la propiedad intelectual o el acceso justo a servicios.

La norma reconoce que los sistemas basados en inteligencia artificial pueden influir en decisiones, recomendaciones, predicciones o contenidos que impactan directamente en la vida de las personas. Por eso establece principios como supervisión humana, transparencia, rendición de cuentas, seguridad, sostenibilidad, protección de datos personales y prevención de sesgos algorítmicos.

En términos prácticos, el reglamento obliga a que el uso de la IA no sea tratado solo como una herramienta tecnológica, sino como una actividad que requiere control, evaluación de riesgos y responsabilidad institucional.

Plazos que vencen este 10 de setiembre

Uno de los puntos más relevantes del reglamento es su cronograma de implementación. Para el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo, el Poder Judicial y los organismos constitucionales autónomos, la norma fijó un plazo máximo de un año, contado desde el día siguiente de la publicación del decreto, para implementar las disposiciones vinculadas al registro de sistemas de IA y las obligaciones aplicables a las entidades públicas.

Ese plazo se cumple hoy, 10 de setiembre de 2026. En consecuencia, las principales entidades del Estado deberían haber avanzado en la identificación, registro, control y adecuación de los sistemas de inteligencia artificial que desarrollen, implementen o utilicen.

También vence hoy el plazo de un año otorgado al sector privado para usos de IA en sectores especialmente sensibles como salud, educación, justicia, seguridad, economía y finanzas. Esto resulta importante porque se trata de áreas donde una decisión automatizada puede afectar derechos, acceso a servicios, oportunidades o condiciones de vida de las personas.

 

La Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial también debía estar lista

Otro vencimiento relevante es el plazo para aprobar la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial al 2030. El reglamento encargó a la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital elaborar la propuesta con participación de entidades públicas, sector privado, sociedad civil, academia y otros actores vinculados a la transformación digital.

La PCM debía aprobar esta estrategia en un plazo no mayor de un año contado desde el día siguiente de la publicación del decreto. Es decir, también hasta este 10 de setiembre de 2026.

Esta estrategia es clave porque debe orientar el rumbo del país en materia de inteligencia artificial: prioridades, sectores estratégicos, capacidades públicas, talento digital, innovación, seguridad, ética y uso responsable de la tecnología. Sin ese instrumento, el reglamento corre el riesgo de quedarse como un marco general sin una hoja de ruta clara para su aplicación.

Gobierno de datos, otro compromiso pendiente

El reglamento también estableció la elaboración y aprobación de la Estrategia Nacional de Gobierno de Datos. Esta política es fundamental porque la inteligencia artificial depende directamente de la calidad, disponibilidad, seguridad y gobernanza de los datos.

La PCM tenía el mismo plazo de un año para aprobar esta estrategia. Su importancia radica en que ningún sistema de IA puede funcionar adecuadamente si el Estado no cuenta con datos ordenados, interoperables, seguros y confiables. Además, una mala gestión de datos puede abrir espacio a errores, discriminación, filtraciones o decisiones automatizadas injustas.

Por ello, el vencimiento de este plazo no es un asunto meramente administrativo. Está vinculado a la capacidad real del Estado para usar inteligencia artificial de manera seria, segura y útil para la ciudadanía.

 

Obligaciones para entidades públicas

Las entidades públicas comprendidas en el primer tramo del cronograma deben cumplir obligaciones como registrar sus sistemas basados en IA, incorporar estos proyectos en sus planes de gobierno digital, aplicar medidas de seguridad, realizar auditorías, gestionar riesgos, proteger datos personales y garantizar supervisión humana en sistemas de alto riesgo.

El reglamento también dispone que los sistemas financiados con fondos públicos publiquen su código fuente con licencia libre o abierta en la Plataforma Nacional de Software Público Peruano, conforme a la normativa vigente. Además, exige que las entidades distribuyan datos de alto valor a través del Centro Nacional de Datos, respetando las reglas sobre transparencia, datos personales y datos abiertos.

Estas medidas buscan que la IA usada por el Estado no opere como una “caja negra”, sino con trazabilidad, control y posibilidad de supervisión.

Sector privado bajo la lupa en áreas sensibles

En el caso del sector privado, el primer plazo de implementación aplica a los desarrolladores o implementadores de sistemas de IA en salud, educación, justicia, seguridad, economía y finanzas. La norma les exige adoptar obligaciones especialmente cuando se trata de sistemas de riesgo alto.

Entre ellas figuran mantener registros actualizados sobre el funcionamiento del sistema, las fuentes de datos utilizadas, la lógica del algoritmo y los impactos sociales y éticos esperados. También se promueve la adopción de políticas internas, protocolos, medidas de transparencia, seguridad, explicabilidad y mecanismos de supervisión humana.

Aunque algunas evaluaciones de impacto para el sector privado son planteadas como voluntarias, el reglamento sí marca un estándar de responsabilidad. En sectores sensibles, una decisión automatizada mal diseñada puede afectar el acceso a crédito, servicios de salud, educación, justicia o seguridad.

El reto ahora es pasar del papel a la implementación

El cumplimiento de estos plazos abre una pregunta central: cuánto ha avanzado realmente el Estado en la implementación del reglamento. La norma fue ambiciosa al fijar principios, obligaciones, estrategias y mecanismos de monitoreo, pero su efectividad dependerá de que las entidades públicas hayan desarrollado capacidades técnicas, presupuestales y humanas para aplicarla.

El propio decreto señala que la implementación se financia con cargo a los presupuestos institucionales, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Ese punto puede convertirse en una limitación, especialmente para entidades que no cuentan con equipos especializados en inteligencia artificial, ciberseguridad, datos o transformación digital.

A partir de hoy, el debate ya no debería centrarse solo en la existencia del reglamento, sino en su cumplimiento. Si la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial, la Estrategia Nacional de Gobierno de Datos y las obligaciones del primer grupo de entidades no se han concretado, el país enfrentaría una brecha entre la regulación aprobada y la capacidad real de aplicarla.

Una fecha para exigir balance

El vencimiento de estos primeros plazos debería motivar un balance público por parte de la PCM. La ciudadanía, las empresas y las propias entidades estatales necesitan saber qué avances se lograron, qué instrumentos fueron aprobados, qué sistemas de IA han sido registrados y qué medidas se adoptaron para prevenir riesgos.

La inteligencia artificial ya forma parte de procesos administrativos, servicios digitales, seguridad, educación, salud, finanzas y gestión pública. Por eso, regularla no basta. El desafío está en hacer que las reglas funcionen, que existan responsables claros y que la innovación no avance por encima de los derechos de las personas.

A un año de la publicación del reglamento, el Estado tiene la oportunidad de demostrar que la política sobre inteligencia artificial no quedó solo en una declaración de principios, sino que empieza a traducirse en acciones concretas, verificables y útiles para el país.

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