Tributación

En Perú, tres de cada cuatro personas no pueden justificar el patrimonio que ostentan

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

7 Marzo, 2018 / 12:36 pm

A partir de los casos de corrupción que azotan el país, donde se investiga el presunto incremento patrimonial en los investigados por parte de la fiscalía el Grupo Verona precisa algunos puntos sobre el tema del Incremento Patrimonial No Justificado:

Cómo se configura

Según explica José Verona, director de Grupo Verona; el incremento patrimonial no justificado es la más grande estrategia de lucha contra la informalidad y la evasión tributaria que tiene Sunat. “Cuando hablamos de patrimonio llámese: inmuebles, muebles, casas, propiedades, terrenos, dinero depositado, acciones en empresas, depósitos a plazo fijo, consumo con tarjeta de crédito, viajes al extranjero y similares, estamos ante signos exteriores de riqueza los cuales la administración tributaria puede cuestionar y el contribuyente (empresario o trabajador peruano) tiene la obligación de sustentar con que ingresos legalmente declarados los ha comprado”.

En un Perú donde el 72% del economía es informal salir a fiscalizar por incremento patrimonial no justificado es totalmente fácil y sencilla donde hasta el año 2016 las personas naturales no podían deducir ningún gasto real y solo podía deducir el gasto ficticio de las 7 UIT, dicho esto cuando se pide explicación se refiere si el ingreso es producto de facturas, recibos por honorarios, planilla, o ganancias de capital declarados ante Sunat, explica el especialista. Sin embargo, ahora con los niveles informalidad que existen en el país tres de cada cuatro personas no podrán responder por el patrimonio que ostenta, y es ahí que Sunat debe dirigir todos sus esfuerzos, agrega

Fuentes de Información para calcular la presunción del Incremento Patrimonial No Justificado

. Declaración anual de operaciones – DAOT
. Movimientos bancarios según ITF
. Pagos de tarjeta de crédito.
. Declaración de notarios.
. Información de registros públicos.
. Declaración de importaciones.
. Adquisición de acciones (mercado de valores)
. Incremento de capital (notarios, registros públicos).
. Capitanía de puertos (embarcaciones de recreo)

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