ANA podrá utilizar maquinaria pública y privada para acelerar intervenciones ante El Niño
El Decreto de Urgencia N.º 013-2026 autoriza excepcionalmente la adquisición de insumos, bienes y servicios para operar y mantener estos equipos, previa evaluación técnica y convenio, con cargo a los recursos ya asignados y sin mayor gasto para el Tesoro Público.

29 septiembre, 2026 / 8:09 am
El Gobierno aprobó el Decreto de Urgencia N.º 013-2026, mediante el cual se incorpora una nueva disposición al Decreto de Urgencia N.º 008-2026 para agilizar las intervenciones destinadas a reducir el riesgo de inundaciones y movimientos en masa ante el escenario previsto por el Fenómeno El Niño 2026-2027.
La nueva norma otorga a la Autoridad Nacional del Agua (ANA) una herramienta adicional para acelerar las actividades de limpieza, descolmatación y conformación de bordos en ríos y quebradas identificados como puntos críticos. Para ello, se permite excepcionalmente que la entidad adquiera insumos, bienes y servicios necesarios para la operación y mantenimiento de equipos, maquinarias y vehículos que sean de propiedad de entidades del sector público y/o instituciones del sector privado.
La autorización está condicionada a una evaluación técnica del órgano competente de la ANA y a la suscripción del convenio correspondiente con la entidad que facilite los equipos, maquinarias o vehículos.
La medida fue publicada el 29 de setiembre de 2026 y tiene como objetivo reducir los tiempos de ejecución de las intervenciones previstas frente al riesgo climático.
Mayor capacidad operativa para intervenir puntos críticos
El Decreto de Urgencia N.º 008-2026 ya había autorizado a la ANA a ejecutar actividades de limpieza, descolmatación y conformación de bordos utilizando equipos, maquinarias y vehículos adquiridos en el marco del Decreto de Urgencia N.º 015-2023, así como realizar su mantenimiento y adquirir los insumos necesarios.
Estas intervenciones están dirigidas a puntos críticos ante inundaciones y/o movimientos en masa identificados por la propia ANA.
Con el nuevo Decreto de Urgencia N.º 013-2026, el alcance operativo se amplía de manera excepcional, ya que la ANA podrá utilizar equipos, maquinarias y vehículos de titularidad de otras entidades del sector público y también de instituciones privadas.
El cambio busca atender una de las principales restricciones para ejecutar oportunamente las intervenciones: la disponibilidad de maquinaria y equipos para realizar trabajos de prevención en los cauces.
De acuerdo con la norma, la adquisición de insumos, bienes y servicios estará destinada específicamente a permitir la operación y mantenimiento de dichos equipos y vehículos, con el propósito de optimizar los plazos de ejecución de las actividades autorizadas.
La autorización se aplica a los puntos críticos incluidos en el Anexo I del Decreto de Urgencia N.º 008-2026.
Qué trabajos podrá acelerar la ANA
Las actividades comprendidas en esta medida son principalmente tres: la limpieza de cauces, la descolmatación y la conformación de bordos.
La limpieza y descolmatación buscan retirar materiales acumulados en los cauces de ríos y quebradas que puedan dificultar el adecuado flujo del agua. Por su parte, la conformación de bordos comprende trabajos destinados a reforzar o acondicionar las márgenes y zonas de protección de los cauces.
Estas acciones forman parte de las intervenciones de reducción del riesgo, preparación y respuesta que el Estado viene implementando ante la posibilidad de intensas precipitaciones asociadas al Fenómeno El Niño.
La norma busca que estas actividades puedan ejecutarse con mayor rapidez, utilizando capacidades operativas que ya existen tanto en el sector público como en instituciones privadas.
El uso de maquinaria estará sujeto a evaluación y convenios
La autorización no implica que la ANA pueda utilizar de manera automática cualquier equipo o vehículo público o privado.
El decreto establece que, previamente, el órgano competente de la ANA deberá realizar una evaluación técnica y, posteriormente, deberá suscribirse el convenio respectivo.
Esto permitirá determinar la pertinencia del equipo, maquinaria o vehículo para las intervenciones previstas y establecer las condiciones bajo las cuales será utilizado.
La ANA podrá asumir los costos asociados a los insumos, bienes y servicios necesarios para la operación y mantenimiento de estos equipos, siempre dentro del marco de los recursos asignados para las intervenciones.
Sin recursos adicionales para el Tesoro
Uno de los aspectos centrales de la disposición es que la medida no contempla una ampliación del gasto público.
El decreto establece expresamente que las acciones se financiarán con cargo a los recursos asignados en el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N.º 008-2026, sin irrogar mayores gastos al Tesoro Público.
Por tanto, el objetivo es utilizar de manera más eficiente los recursos que ya fueron destinados a las intervenciones, ampliando la capacidad operativa disponible mediante el acceso a maquinaria y vehículos de otras entidades públicas y privadas.
El contexto climático que sustenta la medida
El nuevo decreto se sustenta en la evolución de las condiciones previstas para el Fenómeno El Niño 2026-2027.
La norma recuerda que mediante el Decreto Supremo N.º 124-2026-PCM se declaró el Estado de Emergencia en varios distritos de diversas provincias de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali, además de la Provincia Constitucional del Callao.
La declaratoria responde al peligro inminente generado por intensas precipitaciones pluviales asociadas al Fenómeno El Niño 2026-2027.
A ello se suman los comunicados oficiales de la Comisión Multisectorial encargada del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño (ENFEN), citados en el decreto.
Según los Comunicados Oficiales ENFEN N.º 015-2026, del 28 de agosto, y N.º 016-2026, del 14 de setiembre, el pico de mayor severidad del Fenómeno El Niño Costero continuaría hasta mediados del otoño de 2027, con la mayor probabilidad de una magnitud extraordinaria entre setiembre de 2026 y enero de 2027.
En cuanto a las precipitaciones, el organismo prevé condiciones por encima de lo normal en la costa norte, con posibles episodios de lluvias de moderada a fuerte intensidad desde noviembre.
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