Tributación

Sunat lleva a la nube el envío de información tributaria y deja atrás el antiguo PEI

El nuevo PEI WEB funcionará dentro de SUNAT Virtual y obligará a emisores especiales y proveedores electrónicos a reportar información con mayor orden, validación y seguimiento.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

31 marzo, 2026 / 10:00 am

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) dio un nuevo paso en su proceso de modernización digital al aprobar la implementación del PEI WEB, una nueva plataforma que reemplazará al antiguo Programa de Envío de Información (PEI) y que concentrará, desde agosto de 2026, diversas obligaciones vinculadas al envío de resúmenes, comprobantes y reportes tributarios.

La medida fue oficializada mediante la Resolución de Superintendencia N.° 000049-2026/SUNAT y forma parte de la estrategia de la administración tributaria para trasladar cada vez más procesos hacia entornos completamente digitales, con mayor trazabilidad, validaciones previas y menor dependencia de aplicativos instalados en computadoras.

En términos prácticos, la norma sustituye un esquema tradicional basado en software de escritorio por una herramienta web integrada directamente en SUNAT Operaciones en Línea (SOL), lo que no solo simplifica el acceso para los contribuyentes, sino que también refuerza la capacidad de control de la autoridad tributaria sobre el cumplimiento oportuno y correcto de las obligaciones informativas.

 

Un cambio estructural en la forma de reportar información a la SUNAT

El principal objetivo de la resolución es aprobar el PEI WEB, un nuevo programa de envío de información vía web que sustituirá al aplicativo PEI vigente desde 2017.

Hasta ahora, el sistema anterior exigía a los contribuyentes descargar e instalar un programa específico en una computadora para preparar y remitir determinada información tributaria. Con la nueva norma, ese modelo queda atrás y se reemplaza por una solución accesible directamente desde la plataforma virtual de SUNAT.

Este cambio tiene una importancia mayor a la que podría sugerir su nombre técnico. No se trata solo de una actualización informática, sino de una transformación en la arquitectura del cumplimiento tributario. La SUNAT busca reducir fricciones operativas, minimizar errores de estructura en los archivos enviados y concentrar toda la trazabilidad del proceso dentro de su ecosistema digital.

En el fondo, el movimiento sigue la misma lógica que ya se observa en otras áreas del sistema tributario: menos herramientas locales, más operaciones en línea y mayor estandarización de los procesos de control.

 

Qué es el PEI WEB y por qué reemplaza al antiguo PEI

El PEI WEB será el nuevo canal oficial para remitir información tributaria que hoy todavía se presenta a través del antiguo PEI. A diferencia del esquema anterior, no requerirá instalación de software adicional y estará disponible directamente dentro de SUNAT Operaciones en Línea.

Esta característica representa una mejora operativa importante, especialmente para empresas, estudios contables y contribuyentes que manejan múltiples obligaciones y que hasta ahora debían depender de aplicativos locales, actualizaciones manuales y entornos específicos de trabajo.

Además del acceso simplificado, la nueva plataforma incorpora validaciones previas antes de iniciar la importación de datos. Es decir, el sistema revisará la estructura y ciertas condiciones del archivo antes de aceptar el proceso, reduciendo así la probabilidad de errores que antes podían detectarse recién después del envío o en etapas posteriores.

Otro aspecto clave es la trazabilidad. El PEI WEB permitirá consultar el historial de envíos, descargar constancias de recepción y revisar reportes de errores, lo que mejora el seguimiento documental y la gestión del cumplimiento.

También facilitará la identificación de declaraciones sustitutorias y rectificatorias, diferenciando si la corrección se produce antes o después del vencimiento, un detalle que puede tener implicancias operativas y tributarias relevantes.

En conjunto, la SUNAT está migrando de una lógica de “presentación de archivos” a una lógica de “gestión integral del envío”, donde el contribuyente no solo remite información, sino que puede monitorear y acreditar todo el ciclo del proceso dentro del mismo sistema.

 

Quiénes estarán obligados a usar el nuevo sistema

La resolución establece que el uso del PEI WEB será obligatorio para distintos tipos de contribuyentes que ya hoy tienen deberes de remisión de información bajo esquemas especiales.

Uno de los grupos más relevantes es el de los emisores electrónicos por determinación que, por operar en zonas con baja o nula conexión a internet, emiten comprobantes en formatos impresos o importados por imprenta autorizada. En estos casos, aunque la emisión no se realiza plenamente en línea al momento de la operación, la información debe ser reportada posteriormente a la SUNAT, y ahora ese envío se canalizará mediante el PEI WEB.

También estarán comprendidos los emisores de documentos autorizados, como quienes emiten boletos de espectáculos públicos, documentos vinculados al transporte aéreo y otros instrumentos reconocidos por la normativa tributaria.

A ello se suman determinados Proveedores de Servicios Electrónicos (PSE), en particular el PSE-ME, vinculado al monedero electrónico para el envío de Tickets ME, y el PSE-CF, relacionado con el envío de Tickets POS dirigidos al consumidor final.

La inclusión de estos perfiles confirma que la SUNAT no está enfocando esta norma solo en contribuyentes tradicionales, sino también en actores que operan bajo modalidades especiales o canales alternativos de documentación, donde el control del flujo de información es especialmente sensible.

 

Qué información deberá remitirse a través del PEI WEB

El nuevo programa concentrará el envío de distintos resúmenes e información que, por su naturaleza, resultan clave para la validación y trazabilidad de operaciones realizadas fuera de ciertos esquemas estándar de emisión electrónica.

Entre los principales reportes que deberán remitirse figura el resumen de comprobantes impresos, aplicable a documentos emitidos en contingencia o en zonas sin conectividad suficiente.

También se deberá enviar el resumen de liquidaciones de compra emitidas físicamente bajo los supuestos permitidos por la normativa.

Otro componente importante es el resumen de documentos autorizados, dentro del cual la resolución amplía el alcance e incorpora de forma expresa nuevos tipos de información que deberán reportarse obligatoriamente. Entre ellos destacan los certificados de pago de regalías emitidos por PERUPETRO S.A. y los billetes de lotería, rifas y apuestas.

Este punto es especialmente relevante porque revela que la SUNAT no solo está cambiando el canal tecnológico, sino que también está afinando el universo de operaciones que desea capturar con mayor precisión.

Adicionalmente, el sistema recibirá los ejemplares de Tickets ME y Tickets POS, documentos que se utilizan en determinados esquemas de monedero electrónico y ventas al consumidor final.

En suma, el PEI WEB se perfila como una plataforma transversal para operaciones que, si bien pueden no pasar siempre por el circuito más tradicional de comprobantes electrónicos, generan información que la administración tributaria considera estratégica para su control.

Cómo será el procedimiento de envío

El proceso para utilizar el PEI WEB será relativamente sencillo en su estructura, aunque exigirá que el contribuyente tenga sus archivos correctamente preparados y validados.

Para ingresar, se deberá acceder a SUNAT Virtual utilizando el número de RUC, el código de usuario y la Clave SOL. Una vez dentro del sistema, el contribuyente cargará el archivo correspondiente y el sistema generará un número de ticket que permitirá hacer seguimiento al trámite.

El resultado del proceso podrá ser de dos tipos. Si la información cumple con las validaciones y condiciones exigidas, el envío será aceptado y se generará una Constancia de Recepción, documento clave para acreditar el cumplimiento de la obligación informativa.

Si, en cambio, el sistema detecta errores de estructura o inconsistencias, el envío será rechazado y se emitirá un reporte detallando las observaciones.

Este esquema refuerza la lógica de control preventivo. En vez de limitarse a recibir información y observarla después, la SUNAT traslada parte del filtro al momento mismo del envío, lo que puede reducir errores, pero también obliga a los contribuyentes a ser más rigurosos en la preparación de sus archivos.

Desde cuándo entra en vigencia el cambio

La resolución entrará en vigor el 1 de agosto de 2026. A partir de esa fecha, toda referencia normativa al antiguo PEI se entenderá automáticamente realizada al nuevo PEI WEB.

Esto significa que, desde entonces, el sistema web pasará a ser el nuevo estándar para el envío de la información comprendida en la norma, desplazando por completo al antiguo aplicativo de escritorio.

El calendario otorga algunos meses de adaptación, pero para muchos contribuyentes y áreas contables el cambio exigirá una revisión previa de procesos, formatos, protocolos de carga y mecanismos de control interno, especialmente en organizaciones que dependen de flujos descentralizados o que manejan múltiples puntos de emisión.

Qué implica esta decisión para empresas, contadores y contribuyentes

Aunque la resolución pueda parecer una actualización puramente tecnológica, en realidad tiene implicancias operativas importantes.

Para las empresas, el principal beneficio será la eliminación de la dependencia de programas instalados localmente, lo que reduce problemas de compatibilidad, actualizaciones y gestión técnica. Esto puede simplificar el trabajo de áreas contables, administrativas y de cumplimiento.

Sin embargo, también eleva el estándar de orden y consistencia en el envío de información. Al incorporar validaciones previas y trazabilidad centralizada, la SUNAT exige que los archivos estén mejor estructurados y que los procesos internos sean más robustos.

Para estudios contables y asesores tributarios, el PEI WEB también puede representar una mejora en la gestión documental, al facilitar la consulta de historiales, constancias y reportes de error desde una sola plataforma.

Pero, al mismo tiempo, obligará a ajustar rutinas de trabajo, manuales operativos y controles de seguimiento, especialmente en contribuyentes que reportan información de forma recurrente bajo esquemas especiales.

En términos de fiscalización, el beneficio para la SUNAT es evidente: centraliza la información en su entorno digital, reduce los márgenes de error formal y fortalece la capacidad de supervisar el cumplimiento con mayor inmediatez.

Una SUNAT cada vez más digital y con menos espacio para procesos manuales

La implementación del PEI WEB confirma una tendencia que se ha vuelto cada vez más clara en los últimos años: la SUNAT está migrando progresivamente todos sus procesos críticos hacia plataformas en línea, con mayor automatización y menos dependencia de herramientas manuales o locales.

La lógica es consistente con otros cambios recientes en comprobantes electrónicos, documentos autorizados y mecanismos de validación. El objetivo es construir un ecosistema tributario más integrado, donde la información fluya con mayor rapidez, con menos fricción y bajo reglas uniformes.

En esa línea, el PEI WEB no es solo un reemplazo del antiguo PEI. Es una pieza más dentro de una transformación más amplia del cumplimiento tributario, donde el control se vuelve más digital, más centralizado y más inmediato.

Para los contribuyentes, el desafío será adaptarse no solo al nuevo aplicativo, sino a una lógica de cumplimiento cada vez más automatizada, donde el margen para errores formales o demoras operativas se reduce de forma progresiva.

Con la Resolución de Superintendencia N.° 000049-2026/SUNAT, la administración tributaria peruana reafirma su apuesta por digitalizar por completo el envío de información relevante para el control fiscal.

El reemplazo del antiguo PEI por el PEI WEB simplifica el acceso y mejora la trazabilidad, pero también fortalece el estándar de cumplimiento que la SUNAT espera de empresas, emisores especiales y proveedores de servicios electrónicos.

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