Microfinanzas

Cajas municipales tendrán nuevas reglas para aprobar financiamientos a vinculados

La SBS modificó dos reglamentos para precisar los órganos responsables de autorizar estas operaciones y reforzar los controles frente a posibles conflictos de intereses.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

11 septiembre, 2026 / 9:21 am

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP modificó disposiciones clave del Reglamento sobre Grupo Económico, Vinculación, aplicación de Límites operativos y Grandes Exposiciones, así como del Reglamento para la Gestión del Riesgo de Crédito, con el objetivo de precisar el tratamiento aplicable a los financiamientos otorgados a personas o entidades vinculadas, especialmente en el caso de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito.

La modificación fue aprobada mediante la Resolución SBS N.° 02235-2026 y publicada en el diario oficial El Peruano hoy viernes 11 de setiembre de 2026. La norma entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Cambios para fortalecer el gobierno corporativo

La resolución señala que el ajuste responde a las particularidades del régimen normativo y de gobierno corporativo aplicable a las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito. En ese contexto, la SBS considera necesario modificar las reglas sobre aprobación de financiamientos a vinculados, con el fin de fortalecer el gobierno corporativo de estas entidades y evitar posibles conflictos de intereses.

 

El concepto de financiamiento a vinculados resulta especialmente sensible dentro del sistema financiero, debido a que involucra operaciones crediticias con personas, empresas o entidades que mantienen algún tipo de relación con la institución financiera, sus accionistas, directores, funcionarios o grupos económicos relacionados. Por ello, la regulación busca asegurar que estas operaciones sean evaluadas bajo criterios de transparencia, independencia y adecuada gestión de riesgos.

La norma se enmarca también en el proceso de adecuación de la regulación peruana a estándares internacionales sobre concentración de financiamientos, límites operativos y grandes exposiciones, iniciado con el Reglamento aprobado por la Resolución SBS N.° 975-2025.

Nueva regla para las cajas municipales

Uno de los principales cambios se encuentra en el artículo 18 del Reglamento sobre Grupo Económico, Vinculación, aplicación de Límites operativos y Grandes Exposiciones.

Antes de la modificación, la regla general señalaba que todo financiamiento otorgado a un vinculado debía contar con la aprobación previa del Directorio. Esta exigencia también alcanzaba a los financiamientos concedidos a vinculados excluidos del cómputo del límite previsto en el artículo 202 de la Ley General del Sistema Financiero.

Con la nueva disposición, esa regla se mantiene para las empresas supervisadas en general. Sin embargo, se incorpora un tratamiento específico para las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito. En estos casos, la aprobación de los financiamientos a vinculados deberá ser efectuada por la Gerencia Mancomunada o la Gerencia General.

Además, los financiamientos otorgados deberán ser puestos en conocimiento del Directorio en la sesión siguiente a su otorgamiento. Con ello, la SBS establece un esquema diferenciado: la autorización operativa recae en la administración ejecutiva de la caja municipal, pero el Directorio conserva un rol de conocimiento y supervisión posterior.

 

Alcance del nuevo artículo 18

El artículo 18 modificado mantiene como principio que los financiamientos a vinculados requieren una instancia formal de aprobación antes de ser otorgados. La diferencia central es que, para las cajas municipales, la aprobación ya no recae directamente en el Directorio, sino en la Gerencia Mancomunada o la Gerencia General.

Esta precisión es relevante porque las cajas municipales tienen una estructura de gobierno particular, distinta a la de otras empresas del sistema financiero. En ellas, el diseño institucional y la participación de órganos de dirección pueden generar situaciones que requieren reglas específicas para proteger la independencia de las decisiones crediticias.

La medida busca evitar que personas con potencial conflicto de intereses intervengan en la aprobación de créditos vinculados. Al mismo tiempo, mantiene un mecanismo de rendición de cuentas, ya que el Directorio debe ser informado en la siguiente sesión sobre los financiamientos concedidos.

Cambios en la gestión del riesgo de crédito

La Resolución SBS N.° 02235-2026 también modifica el literal e) del artículo 21 del Reglamento para la Gestión del Riesgo de Crédito, aprobado por la Resolución SBS N.° 3780-2011.

Este artículo establece los principios que deben seguir las empresas supervisadas para aprobar exposiciones crediticias. En su versión anterior, el literal e) disponía que debía evitarse la participación de personal con conflicto de intereses en los procesos de toma de decisiones. Asimismo, señalaba que las operaciones con vinculados requerían aprobación del Directorio o, en su defecto, del máximo órgano con autonomía crediticia.

Con la nueva redacción, la SBS precisa que las operaciones con vinculados, de acuerdo con el artículo 202 de la Ley General, requieren la aprobación del Directorio o, tratándose de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito, de la Gerencia Mancomunada o de la Gerencia General. En todos los casos, debe evitarse la participación de miembros que presenten conflictos de intereses.

Este ajuste armoniza el Reglamento para la Gestión del Riesgo de Crédito con la modificación introducida en el Reglamento sobre Grupo Económico y Vinculación. De esta manera, ambos marcos normativos reconocen expresamente el tratamiento diferenciado aplicable a las cajas municipales.

 

Diferencia frente a la regla anterior

La modificación al artículo 21 es relevante porque elimina la referencia genérica al “máximo órgano con autonomía crediticia” como alternativa al Directorio para aprobar operaciones con vinculados. En su lugar, la norma identifica de manera expresa quiénes deben aprobar estos financiamientos en el caso de las cajas municipales: la Gerencia Mancomunada o la Gerencia General.

Este cambio reduce márgenes de interpretación y brinda mayor claridad regulatoria. Al especificar los órganos responsables, la SBS busca que las entidades cuenten con procedimientos más definidos para la aprobación de créditos vinculados y para el control de eventuales conflictos de intereses.

También refuerza el principio de que las decisiones crediticias deben adoptarse por instancias con responsabilidad formal dentro de la entidad, sin intervención de personas que puedan tener intereses particulares en la operación.

Impacto en las entidades supervisadas

Para las empresas del sistema financiero en general, la regla principal no cambia sustancialmente: los financiamientos a vinculados siguen requiriendo aprobación previa del Directorio. La principal novedad está dirigida a las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito, que deberán ajustar sus procedimientos internos para que estas operaciones sean aprobadas por la Gerencia Mancomunada o la Gerencia General, según corresponda.

Asimismo, deberán asegurar que el Directorio reciba información sobre los financiamientos otorgados en la sesión siguiente. Esto demandará mecanismos de reporte oportunos, trazabilidad documental y controles internos que permitan acreditar tanto la aprobación como la comunicación posterior al órgano directivo.

En materia de gestión de riesgo de crédito, las cajas municipales también deberán reforzar sus políticas internas para identificar, prevenir y gestionar conflictos de intereses en las operaciones con vinculados. La norma exige que quienes presenten conflicto no participen en el proceso de toma de decisiones, lo que implica una revisión cuidadosa de los comités, niveles de aprobación y procedimientos de evaluación crediticia.

Una medida orientada a mayor transparencia

En términos regulatorios, la modificación busca ordenar y precisar la aprobación de financiamientos a vinculados en un segmento específico del sistema financiero: las cajas municipales. Al establecer órganos responsables concretos y reforzar la prevención de conflictos de intereses, la SBS apunta a fortalecer la gobernanza, la transparencia y la gestión prudente del riesgo de crédito.

La medida también refleja una adaptación normativa a las características propias de las cajas municipales, sin abandonar los principios generales de control aplicables a las operaciones con vinculados. En la práctica, el reto para estas entidades será implementar procesos internos claros, documentados y verificables, que permitan cumplir con la norma y preservar la confianza en sus decisiones crediticias.

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