Tributación

Sunat endurece control fiscal en minería con nuevas reglas de detracción

La Sunat dispone que desde abril, las empresas deberán realizar depósitos previos para traslado de minerales y cumplir con nuevos porcentajes de detracción, y así reducir la informalidad.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

30 marzo, 2025 / 8:50 am

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha emitido la Resolución de Superintendencia Nº 000086-2025/SUNAT, con la que modifica la Resolución Nº 183-2004/SUNAT, estableciendo nuevos lineamientos en el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT). Esta medida busca mejorar la fiscalización y reducir la informalidad en el sector de minería metálica aurífera y no aurífera.

 

Una de las modificaciones más significativas es la exigencia de realizar los depósitos de detracciones antes del traslado de minerales. Esta disposición permitirá a la SUNAT reforzar los controles en carretera y evitar que el comercio informal de estos recursos evada el pago de tributos. Además, se ha reubicado la clasificación de los minerales de oro y sus concentrados gravados con el Impuesto General a las Ventas (IGV), así como los minerales metálicos no auríferos, en el Anexo 1 de la normativa.

 

Otra de las medidas adoptadas es la creación de un numeral específico en el Anexo 3 de la resolución, donde se incluye el servicio de beneficio de minerales metálicos. Con esto, la SUNAT podrá mejorar el seguimiento y control tributario de los actores involucrados en la cadena de producción y comercialización, lo que contribuirá a una mayor transparencia en el sector.

Según la resolución, estas modificaciones tienen como objetivo principal fortalecer el cumplimiento de las obligaciones tributarias en un sector donde persisten altos niveles de informalidad. La medida también busca optimizar las labores de fiscalización de la SUNAT y aumentar la recaudación fiscal mediante una aplicación más estricta de los mecanismos de detracción.

 

Nuevos porcentajes de detracción

Dentro de los cambios normativos, se han establecido nuevos porcentajes de detracción para la comercialización de minerales. El oro y sus concentrados estarán sujetos a un 10% de detracción, al igual que los minerales metálicos no auríferos. Por su parte, el servicio de beneficio de minerales metálicos tendrá una detracción del 12%, lo que permite a la SUNAT una mejor supervisión del flujo financiero en estas operaciones.

 

La resolución establece que estas nuevas disposiciones entrarán en vigor el 1 de abril de 2025 y se aplicarán a todas las operaciones cuyo nacimiento de obligación tributaria del IGV se origine a partir de dicha fecha. Con esta implementación, se espera que el sector minero experimente un mayor orden tributario y que la evasión fiscal en la comercialización de minerales se reduzca significativamente.

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