Sunat confirma que las Fintech de préstamos no están exoneradas del IGV
El Indecopi habia advertido que esta situación mantiene una brecha tributaria frente a las entidades financieras supervisadas, afectando la competitividad y el costo del crédito digital formal.

6 octubre, 2025 / 7:00 am
Las empresas Fintech dedicadas al otorgamiento de créditos en el Perú atraviesan una etapa de consolidación y transformación. Según el reciente Reporte del Sistema Nacional de Pagos y del Sector Fintech del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), estas plataformas están evolucionando desde modelos experimentales hacia estructuras más reguladas y sostenibles, impulsadas por la necesidad de acceder a mayores fuentes de financiamiento y fortalecer su legitimidad ante inversionistas, clientes y el propio regulador.
Dos modelos de negocio: crédito a MYPE y financiamiento a personas
El informe del BCRP distingue dos grandes segmentos dentro del rubro de préstamos Fintech. El primero agrupa a las que financian a micro y pequeñas empresas (MYPE), que suelen exigir garantías o aplicar procesos de selección minuciosos para reducir su riesgo crediticio. Estas empresas utilizan información transaccional obtenida en alianza con otros actores del ecosistema digital, lo que les permite evaluar mejor el comportamiento de pago de sus clientes.
El segundo grupo está conformado por Fintech que ofrecen préstamos a personas naturales, generalmente por montos bajos y plazos cortos. Algunos de estos créditos se destinan a la compra de activos productivos y, dependiendo del modelo de negocio, también pueden requerir garantías. Estas empresas se apoyan en tecnologías como la inteligencia artificial, la analítica de datos y la automatización de procesos para agilizar las operaciones, reducir costos y ofrecer productos personalizados.
Camino hacia la regulación y mayor legitimidad
Un número creciente de Fintech ha manifestado su intención de transformarse en entidades financieras supervisadas, mediante la obtención de licencias como empresas de crédito, financieras o sociedades administradoras de fondos de inversión. Este paso representa un avance significativo hacia la madurez del sector, ya que les permitiría acceder a inversionistas institucionales y reforzar la confianza del mercado.
El BCRP subraya que esta transición es parte de una estrategia de crecimiento sostenible, orientada a diversificar las fuentes de fondeo y construir una mayor credibilidad. Paralelamente, el desarrollo de alianzas con bancos, procesadores de pago, aseguradoras, marketplaces y plataformas logísticas ha sido clave para expandir su presencia y mejorar su oferta de servicios.
Expansión regional y nuevos nichos de crédito
Varias Fintech peruanas han comenzado a expandirse hacia otros países de América Latina, aprovechando similitudes estructurales en la demanda crediticia y en los niveles de informalidad económica. Esta expansión está acompañada de una diversificación de sus modelos de negocio, que ahora incluyen financiamiento para planes de salud, automóviles, bienes inmuebles, laptops y microcréditos personalizados.
Gracias a este enfoque, las Fintech están atendiendo a segmentos tradicionalmente desatendidos por la banca tradicional, como microemprendedores informales, trabajadores independientes y personas de los niveles socioeconómicos B y C. El uso de datos alternativos y plataformas digitales amigables ha permitido ampliar de forma significativa la base de usuarios con acceso a servicios financieros formales.
Debate tributario: el impacto del IGV sobre las Fintech
El reporte también aborda un tema clave para el desarrollo del sector: la carga tributaria. A diferencia de las entidades financieras supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), las Fintech no están exentas del Impuesto General a las Ventas (IGV) sobre los intereses que cobran por sus créditos. Esta diferencia, según las propias empresas, encarece el crédito digital formal y limita su competitividad frente al sistema financiero tradicional.
En 2023, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ya había advertido sobre esta distorsión, señalando que la aplicación del IGV vulnera el principio de equidad tributaria. Además, recomendó incorporar a las Fintech formales dentro del régimen de exoneración del impuesto.
Posición de la SUNAT: no califican para la exoneración del IGV
Sin embargo, el reciente pronunciamiento de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) refuerza la posición contraria. Según el Informe N.º 000055-2025-SUNAT/7T0000, las empresas dedicadas a préstamos o empeños, incluidas las Fintech de crédito, no están comprendidas en la inafectación del IGV aplicable a los servicios financieros.
La SUNAT explicó que estas empresas no califican como entidades de operaciones múltiples ni se encuentran bajo la supervisión de la SBS, conforme a lo establecido en la Ley General del Sistema Financiero. En consecuencia, deben continuar aplicando el IGV sobre los intereses cobrados.
El análisis del BCRP evidencia que las Fintech peruanas han logrado un crecimiento sostenido basado en innovación tecnológica, inclusión financiera y diversificación de productos. Sin embargo, su consolidación dependerá de la capacidad del Estado y el sistema financiero para generar un marco normativo y tributario más equilibrado, que permita fortalecer su desarrollo sin afectar su competitividad ni su rol en la expansión del crédito formal en el país.
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