Tributación

Sunat amplía hasta diciembre de 2025 exoneración de multas por fallas en libros electrónicos

Contribuyentes tendrán más tiempo para adaptarse al Sistema Integrado de Registros Electrónicos sin riesgo de multas, en línea con su nuevo cronograma de implementación

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

31 julio, 2025 / 10:25 am

La administración tributaria decidió extender el periodo en el que no se aplicarán sanciones a las empresas por infracciones relacionadas al uso del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE). Esta medida busca seguir facilitando la correcta implementación de los registros electrónicos de ventas y compras, en línea con su enfoque preventivo y de mejora del servicio al contribuyente.

A través de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000032-2025-SUNAT/700000, publicada hoy, SUNAT amplió la aplicación de la facultad discrecional que le permite no sancionar determinadas infracciones administrativas vinculadas a los libros electrónicos, específicamente aquellas reguladas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario.

 

La medida se aplicará para los periodos tributarios de julio a diciembre de 2025, y se suma a lo ya dispuesto en la Resolución N.° 000039-2023-SUNAT/700000 y sus ampliatorias, que abarcaban hasta diciembre de 2024. Con esta nueva disposición, se reconoce la necesidad de continuar promoviendo la adaptación progresiva al SIRE, especialmente para aquellos contribuyentes que aún están en proceso de integración.

Cambio de fechas y adecuación al nuevo cronograma del SIRE

La resolución responde, entre otros motivos, a la reciente modificación del cronograma de incorporación obligatoria al SIRE. Mediante la Resolución N.° 000217-2025/SUNAT, la SUNAT postergó la incorporación obligatoria de determinados contribuyentes del periodo julio de 2025 al periodo enero de 2026. Esto motivó a ampliar también el plazo de exoneración de sanciones, para mantener coherencia con el calendario de implementación.

 

Además, se ha establecido que los contribuyentes tendrán hasta el 31 de enero de 2026 para subsanar la generación de sus registros o efectuar los ajustes que resulten necesarios en el sistema electrónico. Esto incluye tanto el Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE) como el Registro de Compras Electrónico (RCE), que forman parte del SIRE.

Con esta medida, SUNAT continúa su estrategia de administración tributaria orientada a facilitar el cumplimiento voluntario y prevenir errores antes que sancionarlos. En línea con sus principios institucionales, la entidad busca brindar un servicio de calidad que se adapte a las realidades operativas de los contribuyentes, promoviendo el uso eficiente de herramientas tecnológicas sin comprometer la formalidad y la trazabilidad.

La facultad discrecional aplicada implica que, aun si se incurre en una infracción formal, SUNAT puede decidir no sancionar siempre que se cumplan ciertos criterios previamente establecidos. En este caso, la extensión del periodo de gracia permitirá seguir reforzando el uso del SIRE como herramienta clave para la digitalización tributaria en el país.

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