Produce convoca a elección virtual de representantes de Mypes ante Promperú y Fondemi

7 Abril, 2016 / 9:21 am

El Ministerio de la Producción (PRODUCE) convocó a elecciones de representantes de las Asociaciones y Comités de las Micro y Pequeñas Empresas (MYPE) ante el Consejo Directivo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ) y ante el Consejo de Vigilancia del Fondo de Desarrollo de la Microempresa (FONDEMI).
Los representantes de las MYPE que sean elegidos ante las citadas entidades públicas, ejercerán el cargo durante los próximos dos años (2016-2017). Estas elecciones se efectuarán de manera virtual el día viernes 6 de mayo, desde las 09:00 am hasta las 3:00 pm, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 120-2016-PRODUCE, para lo cual el Ministerio de la Producción viene coordinado con la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) la asistencia técnica y apoyo en materia electoral para la adecuada conducción de dichos procesos.
A nivel nacional podrán participar en estos comicios virtuales los representantes de las asociaciones de la MYPE y comités de MYPE de ámbito nacional, que cuenten con inscripción vigente en el Registro Nacional de Asociaciones de la Micro y Empresa (RENAMYPE).
Estos procesos eleccionarios buscan fortalecer la institucionalidad de las MYPE, a través de la participación democrática y representativa de dichas organizaciones en las diversas entidades del Estado.
Cabe señalar que el FONDEMI, tiene como finalidad ejecutar un programa integral de apoyo al sector de la microempresa con financiamiento, capacitación y asistencia técnica, y el Consejo de Vigilancia del FONDEMI es el órgano de supervisión, encargado de aprobar las políticas en materia de servicios financieros y de desarrollo empresarial, así como supervisar la adecuada marcha y administración del programa.
En tanto, el Consejo Directivo es el órgano máximo de dirección de PROMPERÚ, tiene entre sus funciones aprobar las políticas y lineamientos institucionales de promoción, así como aprobar la política y estrategia de la imagen país y Marca País a nivel nacional e internacional, en concordancia con las políticas sectoriales de comercio exterior y turismo. .
Comité electoral
El último lunes 04 de abril, se realizó en la sede ministerial la instalación de los Comités Electorales que conducirán estos procesos electorales. Asimismo, se dispuso la publicación de la Convocatoria y demás disposiciones aplicables en el portal institucional de PRODUCE (www.produce.gob.pe) y en el portal institucional de PROMPERÚ (www.promperu.gob.pe). El Comité Electoral del FONDEMI, está presidido por el Director de la Dirección Mi Empresa de la Dirección General de Innovación, Transferencia Tecnológica y Servicios Empresariales, Marco Raymundo; e integrado por el Director de Articulación Empresarial de la Dirección General de Desarrollo Productivo, Heber Fundes como secretario y la representante del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria María Del Rosario Quiroz, como vocal.
Por otro lado, el Comité Electoral de PROMPERÚ, quedó presidido por el Director de Articulación Empresarial de la Dirección General de Desarrollo Productivo, Heber Fundes; como secretaria, la representante del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria María Del Rosario Quiroz; y como vocal el representante designado por la Presidencia del Consejo Directivo de PROMPERÚ, Ricardo Iberico.
Requisitos
Para postular como representante de las MYPE ante el Consejo de Vigilancia del Fondo de Desarrollo de la Microempresa (FONDEMI), deberán acreditar una experiencia mínima de 5 años en la gestión de una MYPE, así como pertenecer o haber pertenecido por un período al Consejo Directivo en una Asociación o Comité de MYPE de ámbito nacional y acreditar estudios en temas relacionados a instrumentos financieros y de gestión empresarial para las MYPE.
En el caso del que represente al Consejo Directivo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ), no contempla requisitos especiales, sino los establecidos en el artículo 23º del Reglamento de la Ley Nº 29051, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2015-PRODUCE y sus las Normas Complementarias.
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