Turismo

Perú apuesta por el turismo náutico con nueva ley que impulsa infraestructura e inversión privada

La legislación promueve la modernización de la oferta turística acuática, facilita el ingreso temporal de embarcaciones extranjeras y fortalece la articulación entre entidades públicas y el sector privado.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

4 julio, 2026 / 9:04 am

El Perú contará con un nuevo marco legal para promover el turismo náutico y convertir esta actividad en uno de los motores de crecimiento del sector turístico. Con la promulgación de la Ley N.° 32707, denominada Ley Marco para el Desarrollo Sostenible del Turismo y del Deporte Náutico Nacional, el Estado busca impulsar inversiones, mejorar la infraestructura, facilitar la llegada de turistas con embarcaciones recreativas y fortalecer la coordinación entre las diferentes entidades públicas involucradas.

La norma reconoce al turismo náutico como una actividad estratégica para diversificar la oferta turística nacional, generar empleo, atraer inversión privada y promover el desarrollo económico de las regiones costeras, amazónicas y lacustres.

Asimismo, incorpora al deporte náutico como un componente relevante para la atracción de visitantes y la organización de competencias internacionales.

 

Turismo náutico será considerado de interés nacional

Uno de los principales alcances de la ley es la declaración de interés nacional del desarrollo del turismo náutico.

Ello implica que ministerios, gobiernos regionales, municipalidades y demás entidades públicas deberán considerar dentro de sus planes de inversión y desarrollo la infraestructura y los servicios necesarios para impulsar esta actividad, siempre dentro de sus competencias y disponibilidad presupuestal.

La norma también establece que el turismo náutico deberá incorporarse progresivamente dentro del Plan Estratégico Nacional de Turismo (PENTUR) y ser promovido en los planes regionales de turismo.

Se definen claramente las competencias de cada entidad

La nueva legislación distribuye responsabilidades entre las principales instituciones públicas relacionadas con el sector.

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) será el encargado de liderar las políticas de promoción e inversión del turismo náutico.

La Dirección General de Capitanías y Guardacostas (Dicapi) mantendrá la responsabilidad sobre la seguridad marítima, las autorizaciones para la construcción de marinas y el otorgamiento del uso de áreas acuáticas.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones supervisará las condiciones técnicas y operativas del transporte turístico acuático.

La Sunat administrará el régimen aduanero y facilitará el ingreso temporal de embarcaciones extranjeras.

Migraciones podrá habilitar puestos de control migratorio dentro de marinas que cumplan con los requisitos técnicos.

La Autoridad Portuaria Nacional otorgará las habilitaciones portuarias necesarias para el desarrollo de infraestructura turística.

Los gobiernos regionales asumirán un rol activo en la planificación, promoción y desarrollo del turismo náutico dentro de sus jurisdicciones.

 

Se facilitará el ingreso de embarcaciones extranjeras

Uno de los aspectos más importantes de la ley es la simplificación de los procedimientos para que embarcaciones deportivas y recreativas extranjeras puedan ingresar temporalmente al país.

La norma establece la documentación requerida, los plazos de permanencia y las obligaciones de los propietarios, buscando reducir la carga administrativa para los turistas internacionales.

También regula los procedimientos para la salida de las embarcaciones, el tratamiento aduanero, las sanciones en caso de incumplimiento y las condiciones para realizar reparaciones o mantenimiento en astilleros nacionales.

Incluso se incorpora un procedimiento específico para las embarcaciones que ingresen remolcadas por vía terrestre desde países vecinos.

Se promueve la inversión privada y el desarrollo de infraestructura

La ley impulsa el desarrollo de marinas, clubes náuticos, muelles, embarcaderos y demás infraestructura especializada.

Para ello, Mincetur trabajará conjuntamente con ProInversión para promover proyectos bajo distintas modalidades de inversión pública y privada.

Asimismo, la Autoridad Marítima Nacional tendrá la facultad de priorizar el otorgamiento de derechos de uso sobre áreas acuáticas destinadas al turismo náutico, los cuales podrán extenderse hasta por treinta años renovables.

La norma también busca fortalecer la conectividad acuática mediante la coordinación entre el Estado y el sector privado.

 

Se impulsa la promoción internacional del Perú

PROMPERÚ tendrá la responsabilidad de diseñar campañas nacionales e internacionales para posicionar al Perú como destino del turismo náutico.

Entre las acciones previstas figura la promoción de eventos internacionales relacionados con deportes náuticos, festivales y competencias especializadas.

Además, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo desarrollará programas de capacitación para guías especializados en turismo náutico.

Régimen especial para el ingreso temporal de naves

La legislación crea un régimen aduanero especial para empresas navieras nacionales dedicadas al transporte turístico acuático.

Estas podrán importar temporalmente embarcaciones, motores, repuestos y equipos de navegación sin pagar tributos durante un período de hasta cinco años bajo el régimen de admisión temporal para reexportación.

Las embarcaciones deberán inscribirse tanto en la Sunarp como en el Registro Nacional de Matrícula de Naves administrado por Dicapi.

 

Nuevo impuesto anual a las embarcaciones desde 2027

La ley modifica la Ley de Tributación Municipal para establecer un nuevo régimen del impuesto anual a las embarcaciones náuticas que comenzará a aplicarse desde el 1 de enero de 2027.

El tributo será equivalente al 3 % del valor original de adquisición de la embarcación.

La base imponible disminuirá mediante una depreciación anual del 10 % y el impuesto solo será exigible durante los primeros seis años desde la inscripción de la nave.

Además, quedan exoneradas las embarcaciones a vela menores de ocho metros y aquellas pertenecientes a personas jurídicas que no formen parte de su activo fijo.

Se fortalecen los deportes náuticos

La norma incorpora un capítulo específico para promover las disciplinas deportivas náuticas.

Entre ellas se incluyen esquí acuático, fotografía submarina, hockey subacuático, natación con aletas, pesca submarina, rugby subacuático y otras reconocidas por el Instituto Peruano del Deporte (IPD).

Asimismo, las marinas y clubes náuticos podrán ceder gratuitamente espacios para deportistas de alto rendimiento registrados y ofrecer tarifas preferenciales de hasta 20 % para escuelas de deportes náuticos.

Protección ambiental como eje del desarrollo

El desarrollo del turismo náutico deberá realizarse bajo criterios de sostenibilidad ambiental.

La ley dispone que las actividades respeten los ecosistemas marinos, fluviales y lacustres, especialmente en la Amazonía y el lago Titicaca.

También promueve la gestión ambiental, la economía circular, el manejo adecuado de residuos y la coordinación permanente con el Ministerio del Ambiente para proteger la biodiversidad.

Coordinación institucional para facilitar la actividad

Finalmente, la ley establece mecanismos permanentes de coordinación entre Mincetur, Dicapi, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Sunat, Migraciones, Producción, PromPerú y otras entidades para simplificar trámites, promover inversiones y garantizar la seguridad de las operaciones.

Con este nuevo marco legal, el Gobierno busca sentar las bases para convertir al turismo náutico en un nuevo eje de desarrollo económico, ampliando la oferta turística del país, fortaleciendo la competitividad internacional del Perú y generando nuevas oportunidades para las regiones vinculadas al mar, los ríos y los lagos.

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