MEF aprueba reglamento para devolución del IGV a empresas acuícolas
Beneficio busca impulsar el desarrollo de la acuicultura al permitir a las empresas recuperar el IGV pagado por bienes y servicios vinculados a su actividad.

10 abril, 2025 / 9:34 am
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) oficializó la aprobación del reglamento que establece las disposiciones para la aplicación del reintegro tributario del Impuesto General a las Ventas (IGV) a favor de las empresas dedicadas a la acuicultura. Esta medida forma parte de los beneficios tributarios contemplados en la Ley N° 31666, Ley de Promoción y Fortalecimiento de la Acuicultura.
El Decreto Supremo N° 065-2025-EF, publicado hoy 10 de abril en el diario oficial El Peruano, precisa que el objetivo principal de esta norma es impulsar el desarrollo sostenible de la actividad acuícola en el país y fomentar la articulación entre las empresas del sector, especialmente en regiones donde esta actividad tiene un alto potencial económico y productivo.
El reintegro tributario permitirá a las personas naturales o jurídicas domiciliadas en el Perú y dedicadas a actividades acuícolas, recuperar el IGV que hayan pagado por la adquisición de bienes, servicios, contratos de construcción o importaciones relacionadas directamente con su actividad productiva.
Este beneficio podrá ser solicitado por los acuicultores siempre que los bienes o servicios adquiridos se destinen exclusivamente a sus operaciones gravadas con IGV o a exportaciones, según lo establece el reglamento.
¿Quiénes pueden acceder al beneficio?
El beneficio está dirigido a todas las personas naturales o jurídicas que cumplan con las siguientes condiciones:
. Estar domiciliadas en el Perú.
. Realizar actividades vinculadas directamente a la acuicultura.
. Estar debidamente registradas en el Registro Nacional de Acuicultura.
. No haber obtenido devolución del IGV por los mismos bienes o servicios a través de otros mecanismos tributarios.
Procedimiento para solicitar el reintegro
El reglamento aprobado detalla que los beneficiarios deberán presentar su solicitud de reintegro ante la Sunat, adjuntando la documentación que acredite la adquisición de bienes y servicios y su vinculación con la actividad acuícola. La Sunat podrá realizar verificaciones y requerir información adicional antes de proceder con la devolución.
La solicitud podrá presentarse de forma mensual o acumulando varios periodos, según lo que resulte más conveniente para el contribuyente.
Con esta medida, el Gobierno busca reducir los costos operativos de las empresas acuícolas, mejorar su competitividad y promover nuevas inversiones en el sector. Además, el MEF señaló que el reintegro tributario del IGV permitirá un mejor desarrollo de proyectos de infraestructura, equipamiento y tecnología dentro de las unidades de producción acuícola.
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