Economía

Empresas extranjeras tienen más trabas en Perú que en otros países para obtener visas de trabajo

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

18 Diciembre, 2015 / 7:59 am

“Estamos frente a un nuevo panorama migratorio porque se han producido recientes cambios legislativos que se han promovido con ocasión del aumento en el ingreso de extranjeros al Perú”, señaló Valeria Galindo, gerenta encargada de ver los temas migratorios en EY (antes Ernst & Young), con 8 años de experiencia en materia migratoria y laboral, y expuso sobre la normatividad referente a esa materia, en un reciente desayuno de trabajo.

Explicó que lo que se tuvo desde el 91 fue un Decreto Legislativo, que regulaba el ingreso de los extranjeros. En el 2008 se dio el Decreto Legislativo 1043 que modificó la Ley de Extranjería anterior ingresando nuevas calidades migratorias, nuevos visados que no existían, se tenía un TUPA (texto único de procedimientos administrativos) de migraciones que trataba de llenar los vacíos y un estado que recibía, cada vez, a más extranjeros.

La especialista refirió que en setiembre de este año se publicó una nueva norma, la Ley de Inmigración, que ya tiene algunos artículos que han entrado en vigencia, de manera automática, pero la mayoría de ellos entrará a partir del próximo año porque se tiene que esperar la reglamentación.

La normativa es más clara sobre todo en temas de sanciones. “Hay dos instancias que ponen las sanciones: El Ministerio de Relaciones Exteriores y la Superintendencia Nacional de Migraciones. Ahora están más claros los supuestos de multa, salida obligatoria y expulsión. Ya hay una multa para las empresas que contraten extranjeros en situación migratoria irregular, además hay una salida obligatoria si el extranjero realiza acciones que no corresponden a la calidad migratoria otorgada y ya situaciones de expulsión cuando se presenta documentación falsa”.

Según datos del INEI, haciendo un comparativo entre agosto 2015 a agosto 2014, el aumento del ingreso de extranjeros al Perú fue de 364,121. Por nacionalidades las que tienen mayores ingresos a Perú, son Chile en un 41.5%, Ecuador en un 13.6%, EE.UU. 11.6%, Bolivia 5.8%, España 4.8%. “Es importante comentar las nacionalidades porque son países con los cuales el Perú tiene firmados ciertos convenios que otorgan facilidades a estas personas, en función de su nacionalidad, de allí vemos por qué vienen en mayor número”, dijo la especialista.

Si bien no hay un ranking para ver en qué lugar se encuentra el Perú frente a los países vecinos en cuanto a trabas o dificultades para obtener las visas de trabajo, sí se percibe un malestar de las empresas extranjeras por la burocracia que existe en el país, percepción que podrá cambiar con esta Ley de Inmigración. “Cuando tenemos conversaciones con empresas que van a venir a invertir a Perú sí se admiran mucho de la burocracia que existe en nuestros procedimientos. Ellos quieren procesos rápidos que se ajusten a sus necesidades. No brindarles alternativas, es una situación que pueden considerar como un riesgo y decidir empezar a invertir en otro país como Chile o Brasil donde otorgan visas transitorias en un par de semanas, mientras que en Perú se hace en mes y medio con la normativa actual”, dijo Valeria.

Visa de Trabajo

Valeria refirió que comparando agosto 2014 con agosto 2015, la cifra de las personas que ingresaron con visa de trabajo aumentó en 6,149, lo cual supone un 14% de aumento.
Colombia ingresó con visado de trabajo en un 16.9%, España con un 16%, Chile 13.9%, Argentina 9%, Brasil 7% y Bolivia 3.2%.

Dentro de los cambios establecidos en la Ley de Inmigración, está que ahora los extranjeros, con una única visa de trabajo, podrán hacer labores subordinadas y además labores independientes en forma paralela. Antes, esto no se podía y se tenía que sacar otra visa para las labores independientes y, por lo general, renunciar a una para quedarse con la otra. “En la práctica, los trabajadores se quedaban con la visa de trabajo subordinado y los demás trabajos independientes los hacían en forma paralela sin visa”.

En esta nueva ley se contemplan las siguientes categorías:

– Categoría de visitante: Que viene a hacer visitas de corta instancia y dentro de esta categoría se han establecido visas novedosas como la visa de cortesía, la visa especial, la visa de tránsito, la visa de visitas cortas, todas nuevas.

– Categoría temporal: Para el extranjero que está pensando en realizar actividades de carácter lucrativo o realizar estudios o actividades formativas. En esta categoría existe un nuevo trabajador que es el de estancia corta. Con este tipo de visa se pretende acelerar un proceso que dura mes y medio y no favorece la contratación rápida de personal extranjero. “La idea es que con este tipo de visas la demora sea de un par de semanas. Se espera que una vez emitido el reglamento, se puedan otorgar estas visas a partir de junio del 2016”, dijo Valeria.

– Categoría de residente: Bajo la regulación actual que todavía está vigente, uno después de dos años puede aplicar al visado de manera permanente. Hoy el visado del trabajador es considerado como un visado temporal, entonces si el extranjero se quiere convertir en residente tendrán que pasar dos años primero para que se convierta en un residente provisional y luego de dos años más recién poder optar al visado permanente. “Nosotros estamos recomendando a nuestros clientes que ya hagan los trámites para ser inmigrantes, ahora, que son dos años, porque cuando entre a operar esta nueva legislación tendrán que esperar 4 años”, dijo Valeria.

– Categoría para familiares de residentes: La ley actual no prevé visado para situaciones de unión de hecho (convivencia) o para hijos mayores de edad. Los extranjeros no tienen la posibilidad de hacer un visado para la familia si no están casados o si son hijos mayores de edad. Con la nueva ley esto ya será posible.

– Categoría para familiar de peruano versus familiar de extranjero: Hoy en día en ambos casos se obtiene el visado de la misma manera. Una vez que el titular tiene el visado, el familiar puede obtener el suyo. Con la Ley de Inmigración se pretende hacer una distinción en la que el familiar de peruano se convertirá en residente de manera automática, mientras que el familiar de extranjero solo obtendrá la visa cuando el titular ya tenga la visa de residente.

Pérdida de la calidad migratoria

Hoy en día los extranjeros que tienen visa de residente la pierden si se ausentan más de 183 días, consecutivos o no. “Eso les pasa muchas veces a los extranjeros, que como parte de sus funciones, tienen que estar movilizándose constantemente y no estar de manera permanente en el Perú”, dijo Valeria.

La nueva regulación señala, para quienes tienen la visa de residente provisional, que podrán perderla si se ausentan del país, 183 días, pero de forma consecutiva, y para quienes tienen la visa permanente, si se ausentan 365 días consecutivos.

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