El Indecopi sanciona a siete empresas de transporte por no respetar el medio pasaje

12 Noviembre, 2015 / 11:41 am

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), sancionó a siete empresas de transporte de Lima por cobrar de manera incorrecta el medio pasaje a los estudiantes, incumpliendo así el deber de información e idoneidad en este servicio.
Esta sanción se dio luego de que la Gerencia de Supervisión y Fiscalización del Indecopi, comprobara que la Empresa de Transportes y Servicios Orión S.A., Empresa de Transportes y Service Canadá S.A., Consorcio Vía S.A.C., Empresa de Transportes Quinientos Cinco S.A., San Felipe Expres´S S.A., Cooperativa de Servicios Especiales Transportes Sol y Mar Ltda. y Empresa de Transportes Señor del Mar S.A. cobraron un monto mayor al medio pasaje a estudiantes universitarios.
De este modo, la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 sancionó a las referidas empresas de transporte con una multa total de 1,056.4 UIT (unidades impositivas tributarias), ya que infringieron los artículos 2° y 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Los montos de las multas se determinaron teniendo en cuenta la ganancia que habrían percibido las empresas de manera indebida, al no cobrar el medio pasaje conforme a ley.
Es importante precisar que el artículo 19° del Código, referido a la obligación de los proveedores, señala que estos responden por la idoneidad y calidad de los productos y servicios ofrecidos.
De igual forma, el artículo 2° del Código, refiere a la obligación de los proveedores, de brindar información a su público usuario sobre el costo del medio pasaje, la cual no resulta veraz para efectos de tomar una adecuada decisión de consumo.
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