Declaran la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Dos Pinos por inactividad
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP excluye a Dos Pinos del registro COOPAC y designa administradores temporales para el proceso de liquidación.

14 noviembre, 2024 / 9:26 am
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) ha emitido la Resolución N° 03868-2024, declarando la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Dos Pinos (COOPAC Dos Pinos) debido a la causal de inactividad, tal como lo estipulan la Ley COOPAC y los reglamentos pertinentes.
Las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público (COOPAC) se encuentran reguladas por la Ley N° 30822, conocida como Ley COOPAC, que otorga a la SBS la facultad de supervisar y regular estas entidades. Según la normativa vigente, las COOPAC deben cumplir con el envío periódico de sus estados financieros a la SBS para mantener su registro y demostrar actividad financiera.
En 2019, COOPAC Dos Pinos fue inscrita en el Registro COOPAC, con el Número de Registro N° 0078-2019-REG.COOPAC-SBS, y se le asignó el Nivel 1 del Esquema Modular de COOPAC, lo que le permite operar con un monto de activos específico y con obligaciones de reporte trimestral de sus estados financieros.
Causal de Disolución: Inactividad
La SBS ha establecido que una COOPAC incurre en inactividad cuando no remite sus estados financieros por dos periodos consecutivos en un año o por cuatro periodos alternados en dos años. Desde 2019, COOPAC Dos Pinos presentó irregularidades y no envió sus reportes en los tiempos establecidos, incumpliendo así con el Manual de Contabilidad para las Cooperativas. En septiembre de 2024, la SBS notificó a Dos Pinos sobre la falta de remisión adecuada de sus estados financieros, y en octubre otorgó un plazo de diez días hábiles para regularizar su situación. Ante la falta de respuesta, se concluyó que la cooperativa no cumplió con las obligaciones requeridas.
La disolución implica la exclusión de COOPAC Dos Pinos del Registro COOPAC, así como la prohibición de iniciar procesos judiciales o administrativos contra la cooperativa por deudas. Además, no se permitirá la creación de gravámenes sobre sus bienes ni la realización de pagos o compensaciones con sus fondos.
A partir de esta resolución, se ha designado a Kimerly Luz Judith Benavente Rubina y a Alan Raúl Sandy Torres como administradores temporales de la cooperativa, quienes serán responsables de la gestión de los activos restantes hasta que se complete el proceso de liquidación o quiebra.
El proceso de liquidación se llevará a cabo conforme al Reglamento de Regímenes Especiales de las COOPAC. Durante esta etapa, las deudas de Dos Pinos solo generarán intereses legales y los administradores temporales asumirán la representación de la entidad hasta la conclusión del proceso y la inscripción de su extinción en el Registro Público correspondiente.
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