Sunat actualiza los porcentajes de devolución del ISC y mayo registra el nivel más alto del trimestre
El beneficio para transportistas se aplicará con un tope de hasta 12.76% en mayo, superando los porcentajes fijados para abril y junio.

18 julio, 2025 / 8:53 am
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) aprobó los porcentajes de participación del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) que serán aplicados para determinar el límite máximo de devolución correspondiente a las adquisiciones de combustibles realizadas durante los meses de abril, mayo y junio de 2025. Estos valores se establecen en cumplimiento del Decreto de Urgencia N° 012-2019, que otorga beneficios tributarios a transportistas del servicio público.
De acuerdo con la Resolución de Superintendencia N° 000242-2025/SUNAT, publicada el 17 de julio, los porcentajes de participación del ISC sobre el precio de los combustibles diésel B5 y diésel B20 con un contenido de azufre menor o igual a 50 partes por millón (ppm) fueron fijados en 12.49% para abril, 12.76% para mayo y 12.68% para junio de 2025.
Estos porcentajes son claves para calcular el monto máximo de devolución del ISC que pueden solicitar los transportistas de carga y transporte terrestre regular de personas en los ámbitos provincial, regional y nacional. El beneficio consiste en la devolución del 70% del ISC incluido en el precio del combustible adquirido con comprobantes electrónicos válidos.
Comparación con el primer trimestre
Los porcentajes aprobados muestran una leve variación respecto al primer trimestre del año, donde se establecieron tasas de 12.65% para enero, 12.26% para febrero y 12.84% para marzo de 2025. La variación refleja la fluctuación en la incidencia del ISC sobre el precio de los combustibles en el mercado durante estos meses.
La SUNAT recordó que el objetivo de estas disposiciones es garantizar la atención oportuna de las solicitudes de devolución del ISC que presenten los transportistas durante el segundo trimestre, según lo dispone el Reglamento del Decreto de Urgencia N° 012-2019 aprobado mediante Decreto Supremo N° 419-2019-EF.
Asimismo, la normativa establece que los porcentajes deben ser actualizados trimestralmente para reflejar con precisión la participación del impuesto sobre el precio de venta de los combustibles, asegurando así que la devolución corresponda efectivamente al monto de ISC pagado.
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