SBS precisa uso de recursos para viajes y respalda a la UIF-Perú
La entidad explica el alcance del servicio de agenciamiento, los viajes institucionales y el papel de la UIF en la lucha contra el lavado de activos y delitos precedentes.

10 agosto, 2026 / 7:12 pm
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emitió un comunicado para precisar información difundida sobre la contratación del servicio de agenciamiento de pasajes aéreos nacionales e internacionales y, en ese contexto, explicar el papel que cumple la institución y la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú).
La SBS recordó que sus responsabilidades comprenden la regulación y supervisión de los sistemas financiero, de seguros, privado de pensiones y cooperativo, así como la prevención y detección del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. También tiene entre sus funciones la promoción de la educación y la inclusión financiera.
Según la institución, estas competencias son de alcance nacional y buscan contribuir a la solidez de los sistemas supervisados y proteger a sus usuarios, de acuerdo con el marco constitucional y legal que regula sus actividades.
Más del 90% de los viajes tienen como destino regiones
Uno de los principales puntos aclarados por la SBS está relacionado con los viajes que realizan sus funcionarios y equipos técnicos. La institución indicó que más del 90% de estos desplazamientos tienen como destino distintas regiones del país y están vinculados principalmente con labores de supervisión directa y acompañamiento.
Estas actividades incluyen el trabajo con cooperativas de ahorro y crédito, cajas municipales, cajas rurales y otras entidades que se encuentran bajo el ámbito de supervisión de la SBS.
La entidad destacó que esta presencia territorial permite desarrollar una supervisión más cercana y oportuna, considerando las características y realidad de cada región. En ese sentido, precisó que actualmente supervisa a más de 160 entidades establecidas fuera de Lima.
La SBS sostiene que estos desplazamientos forman parte del cumplimiento de sus funciones institucionales y no constituyen actividades ajenas a sus responsabilidades de regulación y supervisión.
No hubo superposición de contratos de pasajes
Respecto al servicio de agenciamiento de pasajes aéreos, la SBS negó que haya existido una superposición en la ejecución de contratos, como habría señalado un reportaje.
La institución explicó que tuvo un primer contrato de agenciamiento con vigencia entre el 15 de abril de 2025 y el 7 de junio de 2026, el cual culminó debido a que se agotó el saldo disponible.
Posteriormente, se inició un nuevo contrato con vigencia desde el 8 de junio de 2026 hasta el 7 de junio de 2028. La SBS enfatizó que este es el único contrato de agenciamiento que actualmente mantiene en ejecución.
El monto contratado no equivale a un gasto efectuado
Otro de los puntos centrales de la aclaración está relacionado con el monto del contrato vigente. La SBS señaló que dicho importe no representa un gasto ya realizado, sino el valor estimado de un contrato de dos años para brindar el servicio integral de agenciamiento de pasajes.
La contratación se realiza bajo la modalidad de precios unitarios, por lo que la entidad paga únicamente por los pasajes y servicios que efectivamente utiliza.
De esta manera, el monto consignado en el contrato representa una estimación de la capacidad máxima de contratación durante el periodo establecido y no necesariamente el monto que terminará siendo ejecutado.
Servicio incluye gestión integral de los viajes
La SBS explicó además que decidió convocar un concurso público debido a que el servicio integral de agenciamiento de pasajes aéreos nacionales e internacionales que requiere no se encuentra comprendido en el Catálogo Electrónico del Acuerdo Marco vigente.
El servicio contratado no se limita a la compra de pasajes. Incluye también la emisión de boletos, asistencia, búsqueda de rutas, reservas, modificaciones, cancelaciones, atención de contingencias y generación de reportes, entre otras actividades de gestión.
La institución señaló que este tipo de servicio es utilizado por la mayoría de entidades públicas debido a que permite reducir el costo integral del proceso de adquisición de pasajes, al evitar que la entidad tenga que destinar personal adicional para realizar todas las tareas relacionadas con la gestión de los viajes.
Tarifas consignadas son referenciales
La SBS también hizo una precisión sobre los precios de pasajes incluidos en las bases del concurso público. Según la entidad, estos valores son referenciales y no representan necesariamente las tarifas que finalmente paga al momento de emitir cada boleto.
La institución explicó que el precio de los pasajes puede variar dependiendo de diversos factores, entre ellos la fecha de compra, disponibilidad, temporada, horario, tipo de equipaje y otras condiciones asociadas al servicio.
Por ello, la SBS considera que comparar directamente los precios referenciales incluidos en las bases con los montos efectivamente pagados podría llevar a interpretaciones incorrectas si no se toma en cuenta la naturaleza variable de las tarifas aéreas.
Viajes internacionales responden a funciones institucionales
En cuanto a los desplazamientos al exterior, la SBS indicó que estos están vinculados con actividades de representación institucional y participación en organismos internacionales.
La entidad señaló que participa en más de 10 asociaciones internacionales. Entre ellas mencionó la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA) y la Asociación Internacional de Organismos de Supervisión de Fondos de Pensiones (AIOS), en las cuales ejerce la presidencia. Asimismo, indicó que participa como miembro del directorio de la Asociación de Supervisores de Seguros de América Latina (ASSAL).
Estos viajes también permiten desarrollar actividades de capacitación, coordinación e intercambio de experiencias con organismos internacionales, reguladores y supervisores de otros países.
SBS pide que el escrutinio considere información completa
La Superintendencia afirmó que considera legítimo el escrutinio público sobre el uso de los recursos del Estado. Sin embargo, sostuvo que este debe realizarse sobre la base de información completa, verificable y contextualizada.
En ese sentido, advirtió que presentar montos contractuales —que corresponden a una bolsa máxima que podría ejecutarse— como si fueran gastos ya efectuados puede generar conclusiones equivocadas. Lo mismo podría ocurrir, según la institución, si se presentan valores referenciales de pasajes como si fueran los precios efectivamente pagados.
La SBS consideró que esta precisión adquiere especial importancia ante lo que calificó como una campaña de cuestionamientos reiterados y dirigidos contra la institución y, particularmente, contra la labor de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú.
SBS respalda labor de la UIF-Perú
En la parte final de su comunicado, la SBS destacó el papel de la UIF-Perú en la prevención y detección del lavado de activos y sus delitos precedentes.
La institución describió a la UIF-Perú como una unidad autónoma y técnica y resaltó su participación en la lucha contra el lavado de activos y delitos precedentes como la extorsión, en coordinación con el Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú.
Asimismo, sostuvo que la calidad profesional y los resultados de la UIF-Perú han sido reconocidos públicamente por contrapartes internacionales, países cooperantes e informes internacionales.
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