Finanzas

SBS plantea simplificar el ingreso de nuevas empresas al sistema financiero y de seguros

La propuesta establece procedimientos diferenciados según el perfil de riesgo, agiliza la autorización de entidades financieras y de seguros e incorpora requisitos proporcionales para hacer más eficiente la supervisión.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

26 junio, 2026 / 9:49 am

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) inició un nuevo proceso de modernización regulatoria al poner en consulta pública un proyecto que modifica el Reglamento de Autorización de Empresas y Representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, vigente desde 2021.

La propuesta, difundida mediante la Resolución SBS N.° 01691-2026, busca hacer más eficiente el proceso de autorización para la creación de nuevas empresas supervisadas, aplicando un esquema diferenciado según el nivel de riesgo, el modelo de negocio y la complejidad de cada entidad.

Con ello, la SBS pretende mantener los estándares prudenciales de supervisión, pero al mismo tiempo reducir cargas administrativas y acelerar la evaluación de aquellos proyectos que representan menores riesgos para la estabilidad del sistema financiero.

La iniciativa permanecerá en consulta pública durante diez días calendario, período en el que empresas, especialistas y ciudadanos podrán presentar comentarios y observaciones antes de la aprobación definitiva de la norma.

 

Autorizaciones diferenciadas según el perfil de riesgo

Uno de los cambios más relevantes del proyecto es la creación de tres modalidades distintas de autorización para organizar y poner en funcionamiento nuevas entidades financieras y de seguros.

La primera corresponde a la modalidad estándar, que continuará aplicándose a las empresas que no califiquen para un tratamiento especial.

La segunda modalidad está dirigida a empresas no captadoras de depósitos del público, como las empresas de créditos, empresas especializadas, almacenes generales de depósito, empresas de transporte, custodia y administración de numerario, así como empresas emisoras de dinero electrónico y otros servicios complementarios previstos en la Ley General.

Finalmente, se incorpora una modalidad de autorización especial destinada a entidades que forman parte de conglomerados financieros supervisados por la SBS o de grupos internacionales de reconocida solvencia, como bancos extranjeros de primera categoría o grupos aseguradores internacionales.

Se espera que esta segmentación permitirá aplicar el principio de proporcionalidad regulatoria, ajustando los requisitos y tiempos de evaluación de acuerdo con el riesgo efectivo que representa cada proyecto empresarial.

 

Menores plazos para facilitar el ingreso de nuevas entidades

Como parte del nuevo esquema, el proyecto reduce los tiempos máximos de evaluación para determinadas empresas.

Actualmente, el proceso de organización puede extenderse hasta 120 días. Con la modificación, las empresas no captadoras tendrán un plazo máximo de evaluación de 90 días, mientras que las entidades que califiquen para la modalidad especial podrán obtener una respuesta en un máximo de 70 días.

En la etapa de autorización de funcionamiento también se establecen diferencias. Las modalidades estándar y especial mantendrán un plazo máximo de 180 días, mientras que las empresas no captadoras tendrán un proceso de evaluación que no excederá los 120 días.

La intención es agilizar la entrada de nuevos operadores sin reducir los controles regulatorios que garanticen la solidez de las entidades autorizadas.

Se crea una etapa de precalificación

Otra de las principales novedades consiste en incorporar una etapa de precalificación antes del inicio de la evaluación integral.

Esta fase tendrá una duración máxima de diez días hábiles y permitirá a la SBS verificar que la documentación presentada esté completa y determinar cuál de las tres modalidades de autorización corresponde aplicar.

Si la información resulta insuficiente, la Superintendencia podrá solicitar que los organizadores adecuen o complementen su expediente antes de iniciar la evaluación formal.

Con ello se busca evitar observaciones posteriores que prolonguen innecesariamente el procedimiento administrativo.

 

Más flexibilidad para adaptar los requisitos

El proyecto también otorga a la SBS mayores facultades para adecuar los requerimientos de información según las características de cada solicitante.

La entidad podrá exigir únicamente aquellos requisitos que resulten pertinentes considerando la naturaleza, complejidad y nivel de desarrollo de la empresa en formación, evitando solicitar información propia de entidades que ya se encuentran operando cuando esta no resulte relevante durante la etapa de autorización.

Asimismo, podrá requerir información adicional cuando el modelo de negocio presente mayores niveles de complejidad o riesgos específicos.

Este enfoque busca hacer más eficiente la supervisión sin debilitar los estándares prudenciales.

Se amplía el alcance del reglamento

La propuesta también amplía el ámbito de aplicación del Reglamento de Autorización.

Además de las entidades financieras y de seguros ya comprendidas, se incorporan expresamente los almacenes generales de depósito, las empresas de transporte, custodia y administración de numerario (ETCAN) y las empresas emisoras de dinero electrónico.

Como consecuencia de ello, la SBS plantea derogar normas específicas que actualmente regulan por separado algunos de estos procedimientos, integrando todos los procesos de autorización bajo un único reglamento.

La intención es uniformizar criterios regulatorios y reducir la dispersión normativa.

Cambios en los requisitos para accionistas y grupos económicos

La modificación introduce ajustes en la información que deberán presentar los organizadores respecto de sus accionistas y grupos económicos.

Se mantiene la exigencia de identificar beneficiarios finales, propietarios significativos y la estructura de los conglomerados empresariales, aunque se flexibilizan algunos requisitos para las entidades de menor complejidad.

Por ejemplo, determinadas empresas no captadoras ya no estarán obligadas a cumplir algunos procedimientos relacionados con la supervisión consolidada internacional que sí continuarán siendo exigibles para entidades con mayor impacto sistémico.

 

Evaluación más alineada con estándares internacionales

La SBS explica que el proyecto responde a la incorporación en la Ley General de un enfoque de supervisión simplificado y proporcional, introducido mediante el Decreto Legislativo N.° 1531.

Dicha modificación reconoce que el perfil de riesgo, el modelo de negocio y el impacto potencial sobre la estabilidad financiera deben ser criterios para establecer exigencias regulatorias diferenciadas.

En línea con las mejores prácticas internacionales, la Superintendencia considera que un proceso de autorización basado en riesgos permitirá utilizar de manera más eficiente los recursos de supervisión y facilitar el desarrollo de nuevos modelos de negocio sin comprometer la estabilidad del sistema.

Estudios de factibilidad más adaptados al tipo de empresa

Otro aspecto importante del proyecto es la actualización de los estudios de factibilidad que deberán presentar los organizadores.

En lugar de exigir un único esquema para todos los solicitantes, la SBS desarrolla anexos diferenciados para cada modalidad de autorización.

Las empresas sujetas al procedimiento estándar deberán presentar un análisis exhaustivo de mercado, gestión, riesgos y proyecciones financieras de hasta diez años.

En cambio, las empresas acogidas a la modalidad especial o no captadoras presentarán estudios más simplificados, aunque igualmente deberán acreditar la viabilidad financiera del proyecto, la sostenibilidad del modelo de negocio y el cumplimiento de los requerimientos regulatorios.

Esta diferenciación busca reducir costos administrativos para proyectos de menor complejidad sin sacrificar la evaluación técnica necesaria para proteger la estabilidad del sistema financiero.

Consulta pública por diez días

La SBS informó que el proyecto permanecerá en consulta pública durante diez días calendario contados desde el día siguiente de la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Durante ese período, los interesados podrán remitir comentarios y propuestas a través de la sede digital de la entidad.

Con esta iniciativa, el supervisor busca perfeccionar el marco regulatorio para la autorización de nuevas empresas financieras y de seguros, promoviendo procesos más ágiles, proporcionales y acordes con la evolución del mercado y los estándares internacionales de supervisión.

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