SBS extiende plazo para que bancos asuman responsabilidad por fraudes con tarjetas
La medida posterga hasta abril de 2026 la entrada en vigor de normas importantes sobre operaciones no reconocidas y validaciones de identidad.

25 junio, 2025 / 9:24 am
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) decidió prorrogar hasta el 1 de abril de 2026 el plazo para que las empresas del sistema financiero implementen dos disposiciones clave del Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito, relacionadas con la validación de identidad de usuarios y la responsabilidad frente a operaciones no reconocidas.
La decisión, oficializada mediante la Resolución SBS Nº 02220-2025, responde a una evaluación técnica sobre el avance en la implementación de los cambios normativos introducidos por la Resolución SBS Nº 2286-2024, publicada en diciembre del año pasado. Entre los principales motivos, se identificó la necesidad de dar mayor tiempo a las entidades financieras para renovar sus tarjetas y ajustar sus sistemas de seguridad.
Responsabilidad ante fraudes y validación reforzada
Una de las medidas prorrogadas es la señalada en el literal f) del artículo sétimo de la Resolución SBS Nº 2286-2024, específicamente el supuesto del literal b.2), que establece que, desde la entrada en vigor de la norma, las empresas serían responsables por las pérdidas en operaciones no reconocidas, salvo que se demuestre la responsabilidad del usuario. Este cambio, que debía implementarse el 1 de julio de 2025, será exigible ahora desde el 1 de abril de 2026.
La otra medida prorrogada corresponde al literal g) del mismo artículo, en lo que se refiere al último párrafo del artículo 18 del Reglamento. Este párrafo establece la obligación de contar con mecanismos seguros de validación de identidad, en particular cuando se trate de operaciones procesadas sin autenticación reforzada. El nuevo plazo también será el 1 de abril de 2026.
Objetivo: más seguridad para los usuarios
El Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito, aprobado por la Resolución SBS Nº 6523-2013 y recientemente modificado, busca fortalecer la protección de los tarjetahabientes ante el creciente número de fraudes electrónicos. Con las modificaciones introducidas, se establece que las empresas deben asumir la responsabilidad de validar la identidad del usuario y obtener su consentimiento al momento de realizar cualquier operación.
Estas adecuaciones también buscan alinear las prácticas del sistema financiero peruano con estándares internacionales en seguridad digital y protección del consumidor, promoviendo una mayor confianza en el uso de medios de pago electrónicos.
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