Finanzas

SBS aprueba medidas extraordinarias para proteger fondos de AFP ante retiros de 4 UIT

Norma flexibiliza inversiones de las AFP y autoriza transferencias de acciones, operaciones directas y uso de derivados hasta julio de 2026.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

15 noviembre, 2025 / 9:19 am

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó una serie de medidas extraordinarias dirigidas a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, con el fin de mitigar los efectos del retiro facultativo de hasta 4 UIT autorizado por la Ley 32445. La resolución, publicada hoy 15 de noviembre de 2025, modifica el Título VI del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Pensiones referido a inversiones.

El organismo supervisor explicó que el retiro de fondos tiene un impacto directo en la estrategia de inversión de las AFP, al generar una mayor demanda de liquidez y obligar a la venta inmediata o progresiva de activos, lo que afecta la composición y el rendimiento de las carteras. Ante ello, la SBS aprobó mecanismos que permitan a las administradoras ajustar temporalmente la gestión de los portafolios para proteger las tasas de reemplazo futuras de los afiliados.

 

Hay que indicar que la SBS había advertido que los retiros anteriores ya han tenido un efecto significativo: entre 2020 y 2024, el 72 % de los afiliados retiró sus fondos, por un total de S/ 115,200 millones, equivalente al 10.6 % del PBI del país en 2024. Esto ha dejado al 23 % de los afiliados activos sin saldo alguno en sus cuentas, exponiéndolos a una vejez sin recursos y a un mayor riesgo de pobreza. Con el último retiro, el octavo,  de hasta 4 UIT, se estima que 7.5 millones de afiliados retirarían S/ 26,320 millones adicionales.

Transferencia extraordinaria de acciones entre fondos

Una de las principales disposiciones es la autorización para que las AFP transfieran instrumentos de renta variable local desde el fondo tipo 3 hacia los fondos tipo 1 y 2. Esta medida permitirá reorganizar los portafolios y asegurar liquidez suficiente ante los retiros.

La norma establece criterios estrictos: las transferencias deberán respetar la composición proporcional de los portafolios, aplicarse solo hasta un monto máximo calculado según los movimientos netos entre fondos y realizarse durante diciembre de 2025. Las AFP deberán además informar a la SBS antes del 3 de diciembre sobre su intención de aplicarla.

 

Operaciones financieras con mayor flexibilidad

La resolución también autoriza, hasta julio de 2026, operaciones de reporte bilaterales directamente con entidades del sistema financiero, sin necesidad de un intermediario. Asimismo, permite que las AFP realicen préstamos de bonos del gobierno peruano entre fondos, garantizando una compensación basada en tasas de mercado.

Otra disposición clave es la flexibilización temporal de los límites de negociación para operaciones de compra y venta de moneda extranjera. Los excesos a estos límites serán considerados no imputables hasta julio del próximo año, siempre que respondan a una gestión prudente de inversiones.

 

Nuevos márgenes para deuda soberana extranjera y derivados

La norma establece que, de manera temporal, los fondos podrán invertir en mayor proporción en instrumentos de deuda soberana internacional con calificación igual o superior a BBB-, según los criterios de riesgo definidos por cada AFP. Los excesos durante este periodo también serán no imputables.

Además, se autoriza la compra de instrumentos derivados, como futuros sobre títulos de deuda soberana o sobre equity, dentro de los límites establecidos y con posibilidad de mantenerlos hasta vencimiento. Para ello, las AFP deberán asegurarse de contar con personal especializado y modelos de gestión que permitan monitorear adecuadamente los riesgos asociados.

Todas las disposiciones aprobadas entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, consolidando así un marco excepcional y temporal para la gestión de inversiones del SPP.

Con estas medidas, la SBS busca evitar impactos más severos en el valor de los fondos de pensiones y preservar la capacidad del sistema para ofrecer rentabilidad de largo plazo, en un contexto marcado por retiros extraordinarios y demandas de liquidez sin precedentes.

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