Finanzas

SBS advierte que algunas Cooperativas de Ahorro y Crédito podrían estar vinculadas al lavado de activos

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

11 Diciembre, 2014 / 12:17 pm

La SBS precisa que el Fondo de Garantía de Depósitos de las Cooperativas de Ahorro y Crédito, promovido por la FENACREP, como modalidad de protección de los socios de las CAC, está fuera de su ámbito de competencia y no ha participado en su constitución.

“Un fondo de seguro de depósito obligatorio requiere que su constitución se efectúe mediante la emisión de una norma con rango de Ley”, agrega la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

Señala que el actual marco legal permite la aparición de entidades bajo el paraguas del sistema cooperativo de ahorro y crédito, pero sin ninguna supervisión, que han “realizado prácticas como la emisión de cartas fianzas para obras estatales, contraviniendo la normativa de contrataciones del Estado; probablemente prácticas de usura, e incluso algunas CAC, podrían estar vinculadas a delitos de lavado de activos y estafas tipo pirámide. La existencia de las CAC sin ninguna supervisión pone en riesgo el ahorro de los socios cooperativistas, y podría dañar la solidez y confianza en el sistema cooperativo de ahorro y crédito”.

Antecedentes

La SBS recuerda que el actual marco legal establece que solo supervisa a la Federación Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito del Perú (FENACREP), gremio encargado de supervisar a las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a operar con terceros (CAC). La afiliación de las CAC a la FENACREP, conforme a las normas vigentes, es voluntaria. A la fecha existen 91 CAC afiliadas a la FENACREP.

Además, el Tribunal Constitucional falló el 10 de julio del 2002 declarando que la facultad de supervisión y sanción de las CAC es exclusiva y excluyente de la SBS para el caso de la Cooperativa Luz y Fuerza. En ese sentido, la BS solo supervisa a esta CAC.

De otro lado, el 15 de octubre del 2002, la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia, declaró que la FENACREP carece de facultad de imponer sanciones y determinar el monto de contribuciones de supervisión, Esta sentencia tiene efectos generales para todo el sistema cooperativo de ahorro y crédito.

En este contexto, refiere la SBS, para dar cumplimiento a lo dispuesto por el Poder Judicial, la SBS desde el año 2003 ha presentado y apoyado propuestas legislativas para modificar el modelo de supervisión de las CAC, a efectos de que dichas entidades estén sujetas a una efectiva supervisión a cargo de la SBS, con la finalidad de cautelar su solvencia y sostenibilidad.

Así, la Comisión de Economía del Congreso el 11 de setiembre del 2013 aprobó el dictamen de dos proyectos de ley para incluir a las CAC en el ámbito de supervisión de la SBS y para crear por ley un fondo de seguro de depósito para estas entidades. Ello con el fin de corregir la situación actual y brindar protección a los ahorros de los cooperativistas.

La SBS precisa que el Fondo de Seguro de Depósito (FSD) a que se refiere la Ley 26702 solo cubre los ahorros depositados en las entidades bancarias, financieras, cajas municipales y cajas rurales de ahorro y crédito. Por tanto, las CAC no cuentan con la cobertura que brinda dicho fondo.

Finalmente invoca al público que mantiene depósitos en las CAC a tomar conocimiento de la situación de la entidad en la cual mantiene sus ahorros, a través de la página web de la FENACREP o de la SBS.

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