Tributación

Mypes y personas naturales tienen plazo hasta junio para declarar el Impuesto a la Renta 2025

La administración tributaria oficializó el cronograma de la declaración anual, estableciendo fechas diferenciadas que buscan facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en 2026.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

30 diciembre, 2025 / 8:49 am

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) aprobó el cronograma general para la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) correspondiente al ejercicio gravable 2025. La medida alcanza a personas naturales, micro y pequeñas empresas (MYPE) comprendidas en los alcances de la Ley N° 31940, así como a los demás contribuyentes no incluidos en dicha norma.

La Resolución de Superintendencia N° 000386-2025/SUNAT, publicada hoy 30 de diciembre de 2025, establece los plazos, condiciones y fechas clave para que los contribuyentes puedan cumplir de manera oportuna con sus obligaciones tributarias, considerando la ampliación del plazo otorgada a personas naturales y MYPE.

 

Ampliación de plazos para personas naturales y MYPE

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 31940, las personas naturales y las micro y pequeñas empresas del Régimen General del Impuesto a la Renta y del Régimen MYPE Tributario podrán presentar su declaración jurada anual y efectuar el pago del impuesto hasta junio de 2026. Esta ampliación busca brindar mayor flexibilidad y alivio financiero a estos contribuyentes, permitiéndoles una mejor planificación de sus obligaciones tributarias.

El cronograma para este grupo se establece según el último dígito del RUC, iniciándose el 27 de mayo de 2026 y culminando el 9 de junio de 2026. En el caso de los buenos contribuyentes y de aquellos sujetos no obligados a inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes, el vencimiento será el 10 de junio de 2026.

 

Para los contribuyentes no comprendidos dentro de los alcances de la Ley N° 31940, la SUNAT fijó un cronograma distinto. En estos casos, la presentación de la declaración jurada anual y el pago de regularización del Impuesto a la Renta y del ITF correspondiente al ejercicio 2025 deberá realizarse entre el 26 de marzo y el 10 de abril de 2026, también de acuerdo con el último dígito del RUC.

Los buenos contribuyentes y los sujetos no obligados a inscribirse en el RUC de este grupo tendrán como fecha límite el 13 de abril de 2026.

Disponibilidad de formularios virtuales

La resolución también establece las fechas a partir de las cuales estarán disponibles los formularios virtuales necesarios para la declaración. El Formulario Virtual N° 709 – Renta Anual Persona Natural podrá utilizarse desde el 31 de marzo de 2026, tanto en SUNAT Virtual como en el aplicativo móvil APP Personas SUNAT.

En tanto, los Formularios Virtuales N° 710, en sus versiones Simplificado y Completo para la Tercera Categoría y el ITF, estarán disponibles desde el 2 de enero de 2026 a través del portal SUNAT Virtual.

 

Información personalizada para facilitar la declaración

Con el objetivo de facilitar el cumplimiento tributario, la SUNAT pondrá a disposición de los contribuyentes información personalizada que podrá ser utilizada en la elaboración de la declaración jurada anual. Para las personas naturales que utilicen el Formulario Virtual N° 709, esta información estará disponible a partir del 31 de marzo de 2026.

En el caso de los contribuyentes que declaren mediante el Formulario Virtual N° 710, la información personalizada estará habilitada desde el 16 de febrero de 2026.

La SUNAT señaló que esta resolución tiene como finalidad permitir una programación oportuna del cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes al ejercicio gravable 2025, además de facilitar las labores de control y fiscalización de la administración tributaria.

La norma entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, consolidando así el marco normativo que regirá el proceso de declaración y pago del Impuesto a la Renta y del ITF para el próximo ejercicio tributario.

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