Economía

MEF aprueba nuevo reglamento para distribución de rentas aduaneras

Norma establece criterios y procedimientos para el reparto de recursos entre municipalidades donde operan aduanas, incorporando fondos especiales para Callao y Chancay.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

29 mayo, 2025 / 8:31 am

El Gobierno aprobó este 28 de mayo el Decreto Supremo N.º 104-2025-EF, mediante el cual se aprueba el Reglamento de la Ley N.º 27613, Ley de la Participación en Renta de Aduanas, con el objetivo de regular el procedimiento y metodología de distribución de los ingresos recaudados por las distintas aduanas del país. Esta medida actualiza el marco legal tras las modificaciones introducidas por la Ley N.º 32278, que crea el Fondo Social para el Desarrollo de Chancay.

El nuevo reglamento establece que las municipalidades provinciales y distritales donde funcionan aduanas marítimas, aéreas, postales, fluviales, lacustres o terrestres, tienen derecho a percibir no menos del 3% de los ingresos generados por la respectiva aduana, bajo el concepto de Participación en Renta de Aduanas (PRA).

 

El criterio general para distribuir esos recursos entre las municipalidades beneficiarias excluye a la Provincia Constitucional del Callao y a la provincia de Huaral, que tienen esquemas particulares. En el resto del país, el reglamento establece una fórmula que reparte el 100% de los recursos de la PRA del siguiente modo: 40% proporcional a la población de cada municipalidad, 10% proporcional a su extensión territorial y 50% proporcional al número de municipalidades que conforman cada provincia.

Esquemas diferenciados para el Callao y Huaral

El reglamento establece procedimientos especiales para la distribución de recursos en dos zonas específicas. En el caso del Callao, la PRA se distribuye de la siguiente forma: 10% al Fondo Educativo de la provincia, 45% a las municipalidades del Callao bajo los criterios estándar y 45% al Gobierno Regional del Callao. Este reparto está detallado en el Anexo Metodológico N.º 2 del reglamento.

 

En cuanto a Huaral, el 20% de los ingresos por PRA se destina al Fondo Social para el Desarrollo de Chancay, mientras que el 80% restante se reparte entre las municipalidades de la provincia, aplicando la misma fórmula general. El detalle técnico de esta operación figura en el Anexo Metodológico N.º 3.

Cálculo anual y procedimiento mensual de asignación

El reglamento indica que los índices de distribución se calcularán y aprobarán cada año mediante resolución ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), hasta el último día hábil de febrero. Para ello, la SUNAT debe remitir la información geográfica de las aduanas, y el INEI debe enviar los datos de población y territorio de los distritos involucrados hasta diciembre del año anterior.

La asignación de recursos, por su parte, se realizará mensualmente. La SUNAT depositará los montos recaudados en cuentas del Banco de la Nación hasta el último día calendario de cada mes. Luego, el Banco informará dichos montos a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros hasta el quinto día hábil del mes siguiente. Con ello, el MEF podrá efectuar las transferencias correspondientes, de acuerdo con los índices previamente aprobados.

 

El reglamento cuenta con ocho artículos, dos disposiciones complementarias finales y tres anexos metodológicos, los cuales explican con precisión las fórmulas y procedimientos aplicables en cada contexto territorial. El documento fue refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, Eduardo Melchor Arana Ysa, y el Ministro de Economía y Finanzas, Raúl Pérez Reyes Espejo.

Según se establece en la norma, el Decreto Supremo no fue objeto del Análisis de Impacto Regulatorio (AIR) Ex Ante, por haber sido declarado improcedente por la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria. Esto, conforme a lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo N.º 1565.

El reglamento ya ha sido publicado en el Diario Oficial El Peruano y puede consultarse íntegramente en las plataformas digitales del Estado Peruano, la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio de Economía y Finanzas. Su entrada en vigencia se da desde su fecha de publicación, estableciendo así una nueva hoja de ruta para la distribución de los recursos que se generan en el sistema aduanero nacional.

NEWSLETTER

Suscríbase gratís a nuestro Newsletter.


    Consultorio Laboral

    Muy pronto tendremos disponible nuestro consultorio laboral, para que pueda hacer de forma gratuita sus consultas en temas laborales y donde nuestros especialistas responderan u orientaran.

    Consultorio Financiero

    Muy pronto tendremos disponible nuestro consultorio financiero, para que pueda hacer de forma gratuita sus consultas en temas financieros y donde nuestros especialistas responderan u orientaran.

    NEWSLETTER

    Suscríbase gratís a nuestro Newsletter.


      Consultorio Laboral

      Muy pronto tendremos disponible nuestro consultorio laboral, para que pueda hacer de forma gratuita sus consultas en temas laborales y donde nuestros especialistas responderan u orientaran.

      Consultorio Financiero

      Muy pronto tendremos disponible nuestro consultorio financiero, para que pueda hacer de forma gratuita sus consultas en temas financieros y donde nuestros especialistas responderan u orientaran.