MEF aprueba bonificación de hasta S/ 4,434 mensual para docentes investigadores de universidades públicas
El beneficio, dirigido a docentes ordinarios con calificación en RENACYT, busca fortalecer la investigación y la producción científica en el país.

22 febrero, 2025 / 8:42 am
El Gobierno, a través del Decreto Supremo Nº 023-2025-EF, ha establecido los montos, criterios y condiciones para la Bonificación Especial para el Docente Investigador en universidades públicas. Esta medida busca fortalecer la labor investigativa en la educación superior y garantizar incentivos adecuados para los docentes que generan conocimiento e innovación.
El decreto del MEF detalla que los docentes ordinarios con categoría de principal a tiempo completo o dedicación exclusiva recibirán una bonificación mensual de S/ 4 434,91. Para los docentes asociados en régimen similar, el monto será de S/ 2 910,25, mientras que los auxiliares recibirán S/ 2 616,50. En el caso de docentes a tiempo parcial, la bonificación se calculará proporcionalmente a las horas trabajadas.
Características y requisitos para acceder a la bonificación
El beneficio tiene carácter de incentivo y no constituye un derecho adquirido. No es remunerativo ni pensionable y no está sujeto a cargas sociales, lo que implica que no se sumará a la compensación por tiempo de servicios ni a otras asignaciones.
Para ser beneficiarios, los docentes deben estar registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) y no pueden figurar como docentes ordinarios con régimen de tiempo completo en más de una universidad pública o privada. Además, deben estar calificados en el Registro Nacional Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica (RENACYT) en los niveles de Investigador Distinguido, Nivel I, II, III o IV.
Participación en investigación y normativa ética
Un criterio fundamental para acceder a la bonificación es haber participado en al menos un proyecto de investigación en los últimos tres años en calidad de investigador principal, asociado, postdoctoral o doctoral. También podrán acceder aquellos docentes que hayan publicado, en el mismo período, un artículo en las bases de SciELO, Scopus o Web of Science con filiación a la universidad pública en la que laboran.
Asimismo, el docente no debe haber recibido sanciones por faltas contra la ética e integridad científica, de acuerdo con la normativa de su universidad o del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC).
Financiamiento y aplicación de la norma
El Ministerio de Educación destinará S/ 33 772 196,00 para la implementación progresiva de esta bonificación, sin requerir recursos adicionales del Tesoro Público. Las universidades públicas deberán cumplir con la normativa interna para acceder a estos fondos y garantizar que los beneficiarios cumplan con los requisitos establecidos en el decreto supremo.
Con esta medida, el Ejecutivo busca reconocer la labor de los docentes investigadores en las universidades públicas y fomentar la producción científica y tecnológica en el país, alineando los incentivos con los objetivos de desarrollo del sector educación.

















