Economía

Gobierno otorga a Ceplan mayor protagonismo en la actualización y control de políticas nacionales

Decreto de la PCM le otorga la facultad de identificar políticas que requieren ajustes técnicos y liderar la implementación de indicadores con medición territorial para fortalecer el seguimiento y la gestión pública basada en evidencia.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

19 mayo, 2026 / 9:42 am

El Ejecutivo aprobó un nuevo decreto supremo que introduce cambios al Reglamento que regula las Políticas Nacionales, con el objetivo de simplificar la actualización de componentes técnicos de las políticas públicas y fortalecer los mecanismos de evaluación, seguimiento y gestión basada en evidencia en los tres niveles de gobierno.

La norma, oficializada mediante el Decreto Supremo N.º 076-2026-PCM y publicada en el diario oficial El Peruano, establece un procedimiento más flexible para modificar fichas técnicas, indicadores y actividades operativas vinculadas a las políticas nacionales, sin necesidad de recurrir a un nuevo decreto supremo en cada caso.

 

Cambios para agilizar la actualización técnica de políticas públicas

La principal modificación introducida por el Ejecutivo consiste en incorporar una nueva disposición complementaria final al Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado originalmente mediante el Decreto Supremo N.º 029-2018-PCM.

Con este cambio, las modificaciones de carácter técnico operativo podrán realizarse mediante resolución ministerial del sector correspondiente, siempre que exista sustento técnico y opinión favorable del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN).

Hasta ahora, cualquier ajuste en una política nacional requería la emisión de un decreto supremo, incluso cuando se trataba de cambios operativos o técnicos relacionados con indicadores, estándares de cumplimiento o actividades de implementación.

El Gobierno sostiene que este esquema generaba rigidez administrativa y ralentizaba la actualización de herramientas necesarias para el monitoreo y ejecución de políticas públicas.

La nueva disposición permitirá modificar fichas técnicas de indicadores de objetivos prioritarios, indicadores de servicios, matrices de estándares de cumplimiento, fichas de servicios y actividades operativas sin necesidad de pasar nuevamente por todo el procedimiento normativo de aprobación de políticas nacionales.

Según el texto de la norma, estas modificaciones podrán incluir la incorporación, actualización o retiro de indicadores y servicios, así como la redefinición o sustitución de actividades operativas vinculadas a la provisión de servicios públicos.

No obstante, cada cambio deberá contar previamente con un informe técnico que sustente su necesidad y alcance, además de la opinión técnica favorable del CEPLAN.

 

CEPLAN tendrá rol clave en la reorganización de políticas nacionales

El decreto también fortalece el papel del CEPLAN dentro del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico.

La entidad tendrá la responsabilidad de identificar y publicar la lista de políticas nacionales que requieren modificaciones en sus componentes técnicos operativos.

Para ello, contará con un plazo máximo de 30 días calendario desde la entrada en vigencia de la norma para aprobar y publicar dicha lista mediante resolución de presidencia del Consejo Directivo.

La elaboración de esta relación deberá considerar los reportes de seguimiento y los informes consolidados de cumplimiento de las políticas nacionales hasta el año 2024.

Además, los ministerios rectores y conductores estarán obligados a cumplir los plazos que establezca el CEPLAN para ejecutar las modificaciones requeridas.

El Ejecutivo considera que esta medida permitirá mantener actualizadas las herramientas de seguimiento y gestión de políticas públicas, adaptándolas a nuevos contextos sociales, económicos y territoriales.

 

Impulsan medición territorial de indicadores

Otro de los ejes centrales del decreto es la implementación progresiva de la desagregación territorial en la medición de indicadores de las políticas nacionales.

Con esta medida, el Gobierno busca fortalecer la capacidad de evaluación regional de los objetivos prioritarios y mejorar la identificación de brechas territoriales en la provisión de servicios públicos.

El CEPLAN deberá aprobar, también en un plazo de 30 días, disposiciones complementarias para implementar esta metodología de medición territorial.

Posteriormente, los ministerios tendrán un plazo máximo de 120 días calendario para remitir la relación de objetivos prioritarios bajo su competencia, detallando qué indicadores serán medidos con desagregación regional.

La norma precisa que esta implementación será progresiva y dependerá de la disponibilidad de información estadística y metodológica.

En aquellos casos donde no sea posible efectuar mediciones desagregadas territorialmente, las entidades deberán sustentar técnicamente las limitaciones existentes y remitir un informe debidamente motivado al CEPLAN.

El Ejecutivo argumenta que las modificaciones apuntan a fortalecer una gestión pública basada en evidencia y orientada a resultados, permitiendo que las políticas nacionales cuenten con herramientas más dinámicas de evaluación y seguimiento.

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