Economía

Gobierno establece cierre del proceso de formalización minera y amplía plazo solo hasta diciembre

La prórroga beneficiará exclusivamente a mineros con inscripción vigente o suspendida en el REINFO; el resto quedará fuera del proceso desde el 1 de julio, según decreto del MINEM.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

29 junio, 2025 / 9:19 am

El Poder Ejecutivo oficializó el cierre del proceso de formalización minera integral para actividades de la pequeña minería y minería artesanal, mediante el Decreto Supremo N° 012-2025-EM. No obstante, la norma dispone una prórroga excepcional hasta el 31 de diciembre de 2025, aplicable únicamente a personas naturales o jurídicas con inscripción vigente en el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO) o con suspensión menor a un año hasta el 30 de junio de este año.

Esta medida responde a lo dispuesto por la Ley N° 32213, que otorga al Ministerio de Energía y Minas (MINEM) la rectoría de la actividad de pequeña minería y minería artesanal, y establece como plazo límite para la formalización el 30 de junio de 2025, con posibilidad de ampliación por seis meses más. La ampliación se hace efectiva ahora como marco transitorio hasta la aprobación de la futura Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal.

 

Condiciones para continuar en el proceso

El decreto precisa que quienes no cumplan con los requisitos de inscripción vigente o cuya suspensión en el REINFO supere el año, quedarán automáticamente excluidos del proceso de formalización desde el 1 de julio de 2025. De esta forma, el MINEM busca establecer un corte claro que permita avanzar hacia una minería legal y controlada.

Asimismo, se establecen mecanismos para intensificar la fiscalización de la información declarada por los mineros en proceso. Esto incluye la verificación de que las actividades se realicen dentro del área autorizada y no se cometan actos como la cesión de inscripción a terceros no registrados, prácticas que han sido causales de exclusión según los decretos supremos N° 018-2017-EM y N° 001-2020-EM.

 

Mayor control para evitar informalidad encubierta

La norma subraya que el MINEM podrá excluir del REINFO a personas naturales o jurídicas que incumplan las disposiciones legales, reforzando su función de fiscalización. Esta facultad permitirá una depuración del registro y ayudará a garantizar que las personas en vías de formalización realmente cumplan con las condiciones técnicas, ambientales y legales requeridas.

En paralelo, el Gobierno anunció que continuará con el desarrollo de la futura ley que regule de forma específica la pequeña minería y la minería artesanal, buscando brindar un marco legal más claro y sostenible para este importante sector, que involucra a decenas de miles de personas en el país.

El decreto, refrendado por la presidenta Dina Boluarte y el ministro de Energía y Minas, Jorge Luis Montero Cornejo, establece una etapa decisiva para ordenar el sector minero informal.

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