Economía

Empresas mineras pagarán menores regalías en 2026 por menor tipo de cambio

El MEF redujo el tipo de cambio de referencia utilizado para convertir a soles los tramos de cálculo aplicables a determinados concesionarios.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

21 enero, 2026 / 8:25 am

El Ministerio de Economía y Finanzas fijó el tipo de cambio de referencia que se utilizará durante el año 2026 para el cálculo de la Regalía Minera aplicable a un grupo específico de empresas del sector. La medida alcanza a los titulares de concesiones mineras que mantienen vigentes contratos de garantías y medidas de promoción a la inversión suscritos antes del 1 de octubre de 2011 y que llevan su contabilidad en moneda nacional.

La decisión fue oficializada mediante la Resolución Ministerial N.º 015-2026-EF/15, publicada hoy 21 de enero de 2026, y responde al marco de estabilidad tributaria y cambiaria previsto en la Ley General de Minería.

 

Un tipo de cambio menor al del año previo

Para el ejercicio 2026, el tipo de cambio de referencia fue establecido en S/ 3,389 por dólar estadounidense. Este valor es significativamente menor al fijado para el año 2025, cuando el tipo de cambio de referencia alcanzó los S/ 3,760 por dólar, reflejando la apreciación del sol registrada en el último trimestre de 2025.

El tipo de cambio se calcula como el promedio ponderado de venta del último trimestre del año anterior, utilizando información del sistema financiero y aplicando un redondeo a tres decimales. Este procedimiento busca estandarizar la conversión de los rangos de la regalía, originalmente definidos en dólares, hacia moneda nacional.

 

Nuevos rangos para el cálculo de la regalía minera

Como consecuencia del nuevo tipo de cambio, los rangos de ingresos sobre los cuales se aplica la Regalía Minera también fueron ajustados. Para 2026, el primer tramo se fija hasta los S/ 203 340 000, sobre el cual se aplica una tasa de 1%. El segundo rango comprende el exceso entre ese monto y los S/ 406 680 000, con una tasa de 2%. Finalmente, el tercer rango grava con 3% el excedente por encima de los S/ 406 680 000.

Estos umbrales resultan inferiores a los vigentes en 2025, cuando el primer rango alcanzaba los S/ 225 600 000 y el segundo se extendía hasta los S/ 451 200 000, reflejando el efecto directo del tipo de cambio más alto aplicado ese año.

La resolución no modifica el esquema general de la Regalía Minera vigente desde octubre de 2011. Su aplicación se restringe únicamente a las empresas que cuentan con contratos de estabilidad suscritos antes de esa fecha, las cuales continúan sujetas a la Ley N.º 28258 y a su reglamento original.

Este régimen especial reconoce los compromisos asumidos por el Estado para promover la inversión privada en minería, garantizando estabilidad tributaria, cambiaria y administrativa a los inversionistas que suscribieron dichos contratos.

 

Posibilidad de ajustes durante el año

El MEF precisó que el tipo de cambio de referencia y los rangos en soles podrán ser actualizados durante el año 2026, específicamente en los meses de abril, julio y octubre. Ello solo ocurrirá si el tipo de cambio promedio ponderado del trimestre previo registra una variación igual o superior al 5%.

Este mecanismo busca mantener la coherencia entre los rangos en moneda nacional y la evolución del mercado cambiario, evitando distorsiones significativas en la determinación de la regalía.

La resolución de 2026 mantiene la misma estructura normativa aplicada en 2025, diferenciándose únicamente en el valor del tipo de cambio y en los montos convertidos a soles. En ambos casos, el objetivo central es asegurar un cálculo uniforme y previsible de la Regalía Minera para las empresas bajo regímenes de estabilidad, preservando las reglas vigentes al momento de la firma de sus contratos.

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