Transformación digital

Ejecutivo modifica Ley de Gobierno Digital para fortalecer identidad digital y facilitar trámites en línea

Los servicios públicos serán interoperables, seguros y estarán disponibles todo el año gracias a una plataforma única de recepción documental y nuevos estándares tecnológicos.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

31 julio, 2025 / 9:28 am

En el marco del proceso de adhesión del Perú a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), el Ejecutivo aprobó el Decreto Supremo N° 098-2025-PCM, que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1412, Ley de Gobierno Digital. Esta norma tiene como objetivo actualizar los principios, mecanismos e instrumentos que rigen la digitalización de los servicios públicos y la administración electrónica en el país, para garantizar su coherencia normativa, seguridad e interoperabilidad.

La iniciativa responde a diversas recomendaciones de la OCDE, que promueven el fortalecimiento de la identidad digital, la gestión eficiente de datos y documentos electrónicos, y la adopción de una estrategia integral para el desarrollo del gobierno digital en todos los niveles de la administración pública.

 

Nuevos artículos e incorporaciones importantes

El decreto modifica artículos esenciales como el 11, 13, 14, 35, 46, 55 y 87 del reglamento vigente, e incorpora nuevos artículos como el 12-A y 45-A, así como un nuevo concepto al glosario: el “reconocimiento transfronterizo de la identidad digital”. Este término alude a la posibilidad de que un ciudadano peruano pueda autenticar su identidad digital para acceder a servicios gubernamentales de otros países, y viceversa, mediante la plataforma ID GOB.PE.

Entre las principales modificaciones, se refuerza el rol de los Gestores Nacionales de la Identidad Digital —RENIEC para ciudadanos peruanos y MIGRACIONES para ciudadanos extranjeros— quienes, junto con la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, deberán garantizar la autenticación segura, continua y gratuita de los ciudadanos a través de dicha plataforma.

 

Plataformas digitales para trámites seguros y disponibles las 24 horas

Una de las principales innovaciones establecidas en el nuevo reglamento es la consolidación de la “MESA DIGITAL PERÚ”, una plataforma única de recepción documental que permitirá a los ciudadanos enviar escritos y solicitudes a las entidades públicas en cualquier momento del día, todos los días del año. Los documentos recibidos por esta vía serán válidos legalmente y se integrarán con otros sistemas de gestión documental del Estado.

Del mismo modo, se afianza el uso del “buzón de notificaciones”, que garantiza alertas vía correo electrónico y celular para que los ciudadanos puedan ser informados sobre cualquier acto administrativo. La validez de dichas notificaciones queda supeditada al envío de estas alertas, fortaleciendo la trazabilidad de la comunicación entre el Estado y los administrados.

 

Bloques básicos obligatorios para la interoperabilidad estatal

El artículo 87 del reglamento establece un conjunto de plataformas tecnológicas obligatorias que todas las entidades públicas deberán utilizar para garantizar la interoperabilidad técnica. Entre estas destacan la Plataforma de Interoperabilidad del Estado (PIDE), PÁGALO.PE, FIRMA PERÚ, la Plataforma Nacional de Identidad Digital (ID GOB.PE), y ahora también el nuevo Sistema Integral de Gestión Documental del Estado Peruano (SGD PERÚ).

Estas herramientas tecnológicas permitirán construir y brindar servicios digitales más eficientes, confiables y seguros, además de facilitar el intercambio de datos y documentos entre entidades, reducir costos operativos y mejorar la calidad del servicio al ciudadano.

El decreto ratifica la necesidad de consolidar un ecosistema digital seguro, accesible y estandarizado, que permita al Perú alinearse con estándares internacionales de digitalización estatal. Esto incluye garantizar la interoperabilidad técnica sin necesidad de convenios adicionales entre entidades, lo que acelera la implementación de servicios digitales integrados.

Asimismo, se faculta a la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital a realizar auditorías anuales a las plataformas claves, así como a dictar normas, protocolos y condiciones técnicas para asegurar su sostenibilidad, continuidad operativa y cumplimiento normativo.

 

Próximos pasos: DNI digital y firma remota

El Decreto Supremo establece también disposiciones complementarias orientadas a la implementación del Documento Nacional de Identidad digital (DNId) y el Sistema de Creación de Firma Remota. RENIEC tiene un plazo máximo de un año para culminar ambos proyectos, aprobar su reglamentación e iniciar su emisión. Estas herramientas permitirán que los ciudadanos puedan identificarse y firmar documentos electrónicamente desde cualquier lugar, promoviendo un entorno cada vez más digitalizado y accesible.

Uso del ecosistema digital por el sector privado

El nuevo marco normativo también contempla la posibilidad de que el sector privado utilice los bloques básicos de interoperabilidad mediante convenios específicos. No obstante, cuando este uso implique tratamiento de datos personales, se requerirá el consentimiento explícito del titular, conforme a la Ley de Protección de Datos Personales.

Con esta actualización normativa, el Estado peruano consolida su compromiso con la transformación digital, impulsando un entorno público más moderno, transparente, inclusivo y centrado en el ciudadano, en línea con las mejores prácticas internacionales.

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