Tecnología

CONCYTEC calificará y autorizará a proyectos empresariales para obtener beneficios tributarios

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

26 Abril, 2015 / 11:12 am

El Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) y el Ministerio de la Producción tienen casi listo el reglamento de la ley 30309, Ley que promueve la investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica, permitiendo a las empresas deducir sus gastos en estos rubros hasta en un 175%.

La presidente del CONCYTEC, Gisella Orjeda, adelantó detalles de la norma al señalar que esta confirma que su institución calificará y autorizará los proyectos de investigación empresariales y fiscalizará su avance técnico.

La Ley 30309 establece que las empresas que desarrollen directamente proyectos de investigación científica o mediante centros de investigación, desarrollo e innovación peruanos podrán deducir esos gastos en un 175% para el cálculo del Impuesto a la Renta. En caso de que las empresas recurran a un centro de investigación extranjero, el beneficio solo será de 150%.

Para ambos escenarios, los proponentes del reglamento han considerado que el CONCYTEC debe guardar la debida confidencialidad de los proyectos que postulan a este beneficio.

Si el contribuyente desarrolla directamente el proyecto de I+D+i debe demostrar que cuenta con equipamiento, infraestructura, sistemas de información y bienes que sean necesarios para tal fin. Además los investigadores o especialistas que formen parte del proyecto deberán tener el conocimiento necesario para realizarlo y encontrarse registrados en el Directorio Nacional de Investigadores e Innovadores (DINA).

Centros de investigación

Sobre los centros de investigación científica, estos también deberán obtener la autorización del CONCYTEC para ofrecer sus servicios y formarán parte del Registro Nacional de Centros de Investigación y Desarrollo e Innovación (RENACYT). La lista de centros de investigación autorizados estará disponible para las empresas en la página web del CONCYTEC.

Cabe resaltar que el reglamento precisará que si el proyecto I+D+i es financiado por algún fondo del Gobierno Central, no se exigirá el requisito de calificación y autorización a que se refiere la Ley. Por ejemplo, aquellos consorcios formados por la academia, la empresa y el Estado para formar Centros de Excelencia, estarán calificados para obtener el beneficio tributario.

Finalmente, el CONCYTEC de manera periódica fiscalizará el desarrollo de los proyectos y emitirá un informe SUNAT sobre el cumplimiento.

“Nosotros garantizaremos un adecuado y rápido proceso de calificación para las empresas, salvaguardando la calidad y confidencialidad del proyecto. Somos conscientes que debemos promover una mayor innovación y desarrollo científico y las empresas y Centros de Investigación son, para nosotros, las principales actores de la innovación y productividad del país”, puntualizó Orjeda.

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