Aprueban régimen aduanero especial para dinamizar comercio en distritos de frontera
Nuevo reglamento aprobado por el MEF permitirá el ingreso de mercancías sin pago de aranceles ni tributos iniciales, con límites anuales de hasta 12 UIT y reglas de control para evitar desvíos.

3 septiembre, 2025 / 8:23 am
El Gobierno oficializó el Decreto Supremo Nº 186-2025-EF, que aprueba el reglamento del régimen aduanero especial que permite el ingreso de mercancías destinadas al uso comercial en los distritos de frontera del país. La norma busca atender las condiciones particulares de estas zonas, que enfrentan dificultades de acceso por carecer de conexión terrestre con la capital departamental.
El nuevo régimen aprobado por el MEF establece que los pobladores residentes en distritos de frontera podrán ingresar mercancías extranjeras destinadas al comercio local sin pagar derechos arancelarios ni tributos de importación, siempre que cumplan con las condiciones previstas. Sin embargo, una vez que los productos ingresen y sean comercializados, estarán sujetos a los impuestos correspondientes, salvo que exista algún beneficio tributario vigente.
Límites y condiciones de ingreso
El reglamento dispone que los pobladores podrán ingresar mercancías hasta por un valor equivalente a una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) por viaje transfronterizo, con un máximo de doce UIT al año. Para acceder a este beneficio, el residente deberá estar inscrito en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), mantenerlo activo con domicilio en un distrito de frontera y no tener la condición de “no habido”.
Las mercancías ingresadas bajo este régimen deberán permanecer y ser comercializadas exclusivamente dentro de los distritos de frontera contemplados en el anexo de la norma. Asimismo, los pobladores deberán conservar los documentos que acrediten la compra y comercialización de los bienes por un periodo de cuatro años, a fin de presentarlos a la SUNAT en caso sean requeridos como parte del control aduanero.
El reglamento especifica que el ingreso de mercancías debe realizarse únicamente por los pasos de frontera ubicados en los distritos autorizados. En caso de vacíos o situaciones no contempladas, se aplicarán de manera supletoria las disposiciones de la Ley General de Aduanas y la Ley de Delitos Aduaneros.
Con esta medida, el Gobierno busca favorecer el comercio local en zonas alejadas y con limitaciones logísticas, reduciendo los sobrecostos de acceso a bienes de consumo y dinamizando la actividad económica fronteriza. Al mismo tiempo, se establecen mecanismos de control para evitar desvíos y asegurar que los productos permanezcan dentro de los distritos beneficiados.
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