ADEX: Nueva Ley Agraria abrirá la puerta a un nuevo boom exportador
El gremio resaltó que la norma fortalecerá cadenas productivas, atraerá inversiones y generará más empleo en regiones de la Costa, Sierra y Selva.

11 septiembre, 2025 / 12:15 pm
El presidente de la Asociación de Exportadores (ADEX), César Tello Ramírez, saludó la promulgación de la Nueva Ley Agraria por parte de la presidenta de la República, Dina Boluarte Zegarra, y destacó que marcaría el inicio de un segundo boom de las agroexportaciones, con mayor generación de empleo descentralizado y dinamismo de las regiones.
“Tras la derogatoria de la antigua Ley 27360 en diciembre del 2020, se frenó el flujo de inversiones de largo plazo, el agro avanzaba en ‘piloto automático’. La nueva norma promoverá la transformación productiva competitiva con un enfoque de sostenibilidad y dinamizará las diversas cadenas productivas”, señaló.
Indicó que en los 20 años de vigencia del antiguo marco promotor (Ley 27360), y gracias a la apertura comercial y sanitaria, entre otros factores, Ica, Piura, La Libertad y Lambayeque gozaron de pleno empleo, por lo que ahora el reto es sumar a otras regiones de la Sierra y de la Selva.
La promulgación de la Nueva Ley Agraria es un paso firme –continuó– hacia la competitividad, formalización y desarrollo sostenible de este sector estratégico para el país, que el año pasado generó cerca de 800 mil puestos de trabajo directos.
El texto ya había sido aprobado por el pleno del Congreso de la República en agosto último y había plazo hasta el 10 de septiembre para observarlo o promulgarlo por parte del Ejecutivo.
Tello Ramírez recordó que, en el 2000, cuando entró en vigor la Ley 27360, las agroexportaciones sumaron US$ 643 millones, mientras que en el 2024 superaron los US$ 12 mil 420 millones. Ese salto histórico fue posible gracias a un marco legal estable que permitió inversiones de largo plazo.
Añadió que la norma promulgada por la mandataria fortalecerá las cadenas productivas, posicionará al Perú como un proveedor confiable en los mercados internacionales, generará más puestos de trabajo y contribuirá con la diversificación productiva. “El agro peruano puede sumar más a la reactivación económica y al bienestar de millones de familias del interior del país”, concluyó.
Beneficios
La nueva Ley Agraria establece la exoneración del Impuesto a la Renta (IR) a los pequeños productores con ingresos netos anuales iguales o menores a 30 UIT (S/160,500), un IR de 1.5% para quienes tienen ingresos entre 30 UIT y 140 UIT, y 15% para quienes superen las 140 UIT (vigente hasta el 2035).
Régimen especial de depreciación
Las agroexportadoras podrán acogerse a un beneficio tributario que les permite depreciar, a razón del 20% anual, las inversiones realizadas en obras de infraestructura hidráulica y en aquellas directamente vinculadas a la producción de rentas gravadas. Este incentivo aplica para las inversiones adquiridas o construidas entre los ejercicios 2026 y 2035, lo que busca promover obras que fortalezcan la productividad y la sostenibilidad del sector.
Deducción adicional por compras a pequeños productores
Entre 2026 y 2035, las empresas agrarias podrán aplicar una deducción adicional del 25% sobre el valor de los productos que compren a pequeños productores inscritos en el Padrón de Productores Agrarios y sus Organizaciones en las Cadenas de Valor. Este beneficio también se extiende a adquisiciones realizadas a través de cooperativas o asociaciones registradas, incentivando la formalización y el acceso al mercado de los pequeños agricultores.
Para acceder a esta deducción, deben cumplirse dos condiciones:
. Los productores deben estar inscritos en el padrón y mantener vigente su registro durante todo el ejercicio gravable.
. El beneficio no puede superar el 10% del total de los comprobantes de pago registrados que generen derecho a deducir gasto o costo.
Impuesto a la Renta diferenciado para pequeños productores
La nueva norma también establece un esquema progresivo de Impuesto a la Renta (IR) para los pequeños productores agrarios:
. Exoneración total: si sus ingresos anuales no superan las 30 UIT (S/160,500).
. Tasa reducida de 1,5%: si los ingresos anuales son mayores a 30 UIT y hasta 150 UIT, aplicándose únicamente sobre el exceso de 30 UIT.
. Régimen general: si superan las 150 UIT, deberán tributar como empresa agraria bajo el régimen correspondiente.
Con este marco, la nueva Ley Agraria busca fomentar la inversión en infraestructura, fortalecer el vínculo entre grandes empresas y pequeños productores, y asegurar un sistema tributario más justo y competitivo para el agro peruano.
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