SBS refuerza control sobre conglomerados financieros con nuevos límites de exposición
Cambios buscan reducir riesgos de concentración y mejorar la solvencia del sistema bajo supervisión consolidada.

25 marzo, 2026 / 9:12 am
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó una modificación integral al Reglamento para la Supervisión Consolidada de los Conglomerados Financieros y Mixtos, con el objetivo de alinear la normativa local a los nuevos estándares sobre grupos económicos, límites operativos y gestión de grandes exposiciones. La medida, oficializada mediante la Resolución SBS N° 00879-2026, busca reforzar el control del riesgo de concentración y preservar la solvencia del sistema financiero.
Este ajuste normativo responde a los cambios introducidos por el Decreto Legislativo N° 1646, orientado a fomentar un mayor dinamismo en el otorgamiento de financiamientos, sin descuidar la estabilidad del sistema. En ese contexto, la SBS actualiza criterios clave de supervisión consolidada para que sean consistentes con las nuevas reglas sobre vinculación, control y exposición a riesgos.
Adecuación a nuevas definiciones y criterios de vinculación
Uno de los principales cambios introducidos es la actualización de las definiciones aplicables a conglomerados financieros y mixtos, así como a conceptos como control, grupo económico, empresa holding e influencia significativa. Estas definiciones ahora se alinean con el Reglamento sobre Grupo Económico y Vinculación, lo que permite una mayor coherencia regulatoria y reduce espacios de arbitraje normativo.
Asimismo, se elimina y ajusta parte del marco conceptual del reglamento vigente, con el fin de integrar de manera uniforme los criterios utilizados para identificar relaciones entre empresas y riesgos asociados dentro de los conglomerados.
Nuevos límites al financiamiento a vinculados
La resolución redefine los límites de financiamiento que pueden otorgar las empresas que forman parte de un grupo consolidable a personas naturales, jurídicas o entes vinculados. En el caso del sistema financiero, el total de estos financiamientos no podrá superar el 25% del patrimonio efectivo de nivel 1 del grupo.
Para los conglomerados del sistema de seguros, el límite se fija en 30% del patrimonio efectivo, considerando tanto la participación accionaria como la influencia significativa en la gestión. Además, se establece la obligación de mantener bases de datos actualizadas con la información de todos los vinculados, lo que permitirá un seguimiento más riguroso por parte del supervisor.
Refuerzo de límites de concentración de riesgos
Otro eje central de la norma es el fortalecimiento de los límites de concentración de financiamiento a nivel consolidado. A partir de la modificación, la exposición total frente a una contraparte o grupo de contrapartes conectadas por riesgo único no podrá exceder el 25% del patrimonio efectivo de nivel 1.
Adicionalmente, se introducen sublímites más estrictos para exposiciones entre entidades del sistema financiero, fijando un tope de 15% del patrimonio efectivo de nivel 1 en determinados casos, especialmente cuando se trate de entidades que también están sujetas a colchones de capital por concentración de mercado.
Estos ajustes buscan evitar una excesiva exposición a riesgos individuales o grupos económicos, reduciendo la vulnerabilidad del sistema ante posibles eventos adversos.
Cambios en criterios de cálculo y nuevas exigencias de información
La SBS también precisó los criterios para el cómputo de los límites, estableciendo que estos deben calcularse en concordancia con las normas aplicables a nivel individual, incluyendo aspectos como contrapartes conectadas, sustitución de contraparte crediticia y control diario de límites.
En paralelo, se incorporan nuevos formatos de reporte, como el Anexo 14-A, que detalla el seguimiento de las exposiciones por contraparte y grupos de riesgo, así como planes de adecuación. Estas herramientas permitirán mejorar la calidad y trazabilidad de la información utilizada en la supervisión consolidada.
Asimismo, se excluyen del cómputo ciertas operaciones intragrupo, con el fin de reflejar de manera más precisa la exposición real a terceros.
Implementación gradual hasta 2031
La norma entrará en vigencia el 1 de marzo de 2027 e incluye un cronograma progresivo de adecuación que se extenderá hasta 2031. Durante este periodo, los límites de concentración y financiamiento a vinculados se reducirán gradualmente desde niveles actuales más altos hasta los nuevos topes establecidos.
Por ejemplo, el límite general de exposición, que actualmente puede alcanzar hasta el 50% del patrimonio efectivo, se reducirá de manera escalonada hasta 25%, mientras que otros límites pasarán de 30% a 15% en el mismo horizonte.
Este enfoque gradual busca facilitar la adaptación de las entidades financieras, evitando impactos abruptos en su operatividad y permitiendo una transición ordenada hacia el nuevo marco regulatorio.
Con esta modificación, la SBS avanza en la consolidación de un esquema de supervisión más robusto y alineado con estándares internacionales, fortaleciendo la gestión integral de riesgos en conglomerados financieros.
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