SBS aprueba nuevo manual de invalidez del SPP y unifica criterios para el acceso a pensiones
La edición 2026 consolida normas dispersas, reduce la discrecionalidad en las evaluaciones médicas y busca decisiones más claras y predecibles para los afiliados.

16 abril, 2026 / 9:14 am
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) dio un paso en la modernización del Sistema Privado de Pensiones (SPP) al aprobar la edición 2026 del Manual de Evaluación y Calificación del Grado de Invalidez, un instrumento técnico clave para determinar el acceso a pensiones por invalidez. La medida, oficializada mediante la Resolución SBS N.° 01114-2026, busca mejorar la calidad, transparencia y consistencia de los procesos de evaluación médica a los afiliados.
En el SPP, los afiliados que sufren una pérdida significativa de su capacidad para trabajar deben someterse a un proceso de evaluación médica para determinar su grado de invalidez. Este procedimiento es fundamental, ya que define si una persona puede acceder a una pensión que reemplace los ingresos que percibía antes de la afectación.
El manual aprobado por la SBS constituye la base normativa y técnica que guía este proceso. En él se establecen los criterios médico-funcionales, metodologías y procedimientos que deben seguir tanto los comités médicos de las AFP (COMAFP) como el comité médico de la propia SBS (COMEC), encargados de emitir los dictámenes.
Una actualización que unifica criterios y reduce dispersión normativa
Uno de los principales cambios introducidos por la edición 2026 es la consolidación de múltiples normas, directivas y precisiones técnicas que, hasta ahora, se encontraban dispersas en distintos documentos emitidos a lo largo de los años.
Esta integración en un solo cuerpo normativo facilita la labor de los comités médicos y mejora la accesibilidad para los afiliados, quienes ahora pueden consultar reglas más claras y ordenadas. Además, la resolución deja sin efecto diversos oficios, circulares y resoluciones previas, con el objetivo de simplificar el marco regulatorio vigente.
Mayor predictibilidad y menor discrecionalidad en las evaluaciones
La SBS enfatiza que uno de los objetivos centrales de esta actualización es reducir los márgenes de discrecionalidad en la evaluación del grado de invalidez. Para ello, el manual incorpora criterios técnicos más precisos y estandarizados, basados en avances clínicos y en recomendaciones de organismos internacionales como la OCDE, la OIT y la OMS.
El documento incluye un sistema de baremos de invalidez, es decir, escalas que asignan porcentajes a las distintas limitaciones funcionales de una persona. Esto permite cuantificar de manera uniforme el menoscabo de la capacidad laboral y facilita la emisión de dictámenes más consistentes entre distintos casos.
Asimismo, se establecen lineamientos claros sobre aspectos como la determinación de la fecha de ocurrencia de la invalidez, factores complementarios y criterios metodológicos para la evaluación integral del afiliado.
Estructura técnica más completa y enfoque integral de la salud
La edición 2026 del manual presenta una estructura amplia y detallada que abarca múltiples sistemas del cuerpo humano y condiciones de salud. Entre sus contenidos se incluyen capítulos específicos sobre sistema músculo esquelético, cardiovascular, respiratorio, nervioso, endocrino, así como enfermedades neoplásicas, trastornos mentales y órganos de los sentidos, entre otros.
Además, incorpora guías para médicos consultores y anexos con formatos aplicables a los comités evaluadores, lo que refuerza el carácter operativo del documento y su utilidad práctica en la toma de decisiones.
Fortalecimiento de la transparencia y confianza en el sistema
Otro de los ejes de la reforma es mejorar la transparencia del proceso. Al concentrar toda la normativa en un solo documento accesible, se facilita la comprensión del sistema tanto para afiliados como para aseguradoras y especialistas.
La SBS considera que esta medida contribuirá a fortalecer la confianza en el sistema evaluador de invalidez, al garantizar reglas más claras, decisiones más consistentes y un proceso más predecible.
Asimismo, se establece que el manual deberá actualizarse periódicamente, lo que permitirá mantenerlo alineado con los avances médicos y las necesidades del sistema previsional.
La resolución dispone que la nueva edición del manual entre en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial. Sin embargo, el capítulo referido a trastornos mentales, del comportamiento y del neurodesarrollo entrará en vigor recién el 1 de julio de 2026, lo que sugiere un periodo de adecuación para su correcta implementación.
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