Microfinanzas

SBS ajusta reglas para participación de Cajas Municipales en Obras por Impuestos

La nueva Resolución de la SBS incorpora cambios sobre uso de certificados, control de obras y cálculo del límite de inversión según utilidades capitalizadas.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

20 mayo, 2025 / 8:53 am

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó la Resolución N° 01803-2025, mediante la cual modifica el Reglamento de Participación de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMAC) en la Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado. El cambio busca adecuar las disposiciones del reglamento a los ajustes realizados recientemente en la Ley N° 29230 y su reglamento, como resultado de la Ley N° 31735 y el Decreto Supremo N° 011-2024-EF.

Desde la incorporación de las CMAC al ámbito de aplicación de la Ley de Obras por Impuestos (Ley N° 29230) a través de la Ley N° 30608, las cajas han venido participando en el financiamiento de obras públicas ejecutadas con apoyo del sector privado. Para regular esta participación, en 2018 se emitió la Resolución SBS N° 1706-2018, la cual estableció los requisitos y criterios prudenciales. Sin embargo, con la aprobación de la Ley N° 31735, se ampliaron las posibilidades de aplicación de los Certificados de Inversión Pública (CIPRL y CIPGN), lo que hizo necesario actualizar también el reglamento de la SBS.

 

Entre los cambios más relevantes introducidos por la Ley N° 31735 figura la posibilidad de que los certificados obtenidos por las empresas que financian obras públicas puedan usarse para pagar cualquier tributo administrado por la SUNAT y no solo el impuesto a la renta. Además, se estableció que estos certificados pueden utilizarse hasta por un 80 % del impuesto a la renta determinado en la Declaración Jurada Anual correspondiente al ejercicio anterior.

Modificaciones específicas al reglamento vigente

La resolución de la SBS sustituye varias disposiciones clave del reglamento vigente. En primer lugar, se actualizan las definiciones del artículo 2, especialmente las relativas a los certificados de inversión pública, precisando que estos pueden ser regionales, locales o del gobierno nacional, y que su uso está regulado por la Ley N° 29230 y sus modificatorias. Asimismo, se aclara que el término “Mecanismo de Obras por Impuestos” se refiere directamente a lo establecido en dicha ley.

 

Otra modificación importante está en el artículo 4, donde se refuerza la responsabilidad de la Gerencia de cada caja municipal. Esta deberá vigilar continuamente el avance, ejecución e importe de las obras financiadas, y reportar trimestralmente al Directorio, salvo que ocurra un hecho relevante que amerite una comunicación más inmediata.

Nuevas condiciones para la inversión según capitalización de utilidades

Una de las modificaciones más sustanciales se encuentra en el artículo 6 del reglamento. Se establece una fórmula que vincula el monto máximo de inversión en obras con el nivel de capitalización de utilidades que haya realizado la CMAC en el ejercicio anterior. El importe máximo permitido se calcula como el 80 % del impuesto a la renta del ejercicio anterior, multiplicado por el cuadrado del porcentaje de capitalización de utilidades. Esta fórmula busca incentivar que las CMAC mantengan una política prudente de fortalecimiento patrimonial antes de comprometerse con proyectos bajo el mecanismo de Obras por Impuestos.

 

Finalmente, el reglamento reafirma que las cajas municipales están autorizadas a aplicar los certificados obtenidos de conformidad con la Ley N° 29230 y sus actualizaciones.

La resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, es decir, desde el 21 de mayo de 2025. Con ello, se busca asegurar que las CMAC continúen participando en iniciativas de desarrollo regional de forma responsable y en consonancia con la normativa actualizada.

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