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Perú implementará banco nacional de perfiles genéticos para investigaciones penales y criminalística

El sistema será administrado por la Dirección de Criminalística de la PNP y contará con registros de investigados, evidencias biológicas, internos penitenciarios y familiares de personas.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

16 mayo, 2026 / 8:56 am

La nueva legislación promulgada por el Congreso de la República establece la creación del Banco Nacional de Datos de Perfiles Genéticos (BNDPG), una herramienta técnico-científica que permitirá fortalecer las investigaciones criminales y optimizar la identificación de personas en el país mediante el uso de perfiles genéticos obtenidos del análisis de ADN no codificante. La norma busca reforzar las capacidades del sistema de justicia penal en la lucha contra la criminalidad, así como mejorar los procesos de búsqueda de personas desaparecidas e identificación de cadáveres.

La ley, publicada en el diario oficial El Peruano, establece que el BNDPG tendrá carácter reservado y será administrado por la Dirección de Criminalística de la Policía Nacional del Perú, a través de un consejo especializado conformado por expertos en genética forense y ciencias afines. El objetivo principal es contar con una base de datos centralizada que permita almacenar, procesar y comparar perfiles genéticos obtenidos legalmente en investigaciones policiales, fiscales y judiciales.

 

Una herramienta para fortalecer la investigación criminal

La norma señala que el banco genético permitirá cotejar muestras biológicas halladas en escenas del crimen con perfiles registrados en la base de datos, facilitando así la identificación de sospechosos, víctimas y personas desaparecidas. El sistema también contribuirá a esclarecer delitos, exonerar a personas inocentes y fortalecer las capacidades de persecución penal.

El texto legal precisa que únicamente se utilizará ADN no codificante, es decir, información genética que no revela características médicas o biológicas sensibles de las personas, sino que funciona como un identificador único similar a una huella genética. Con ello, el legislador busca reducir riesgos relacionados con la privacidad y la protección de datos personales.

La ley enfatiza además que el tratamiento de la información genética deberá realizarse bajo estrictos principios de confidencialidad, respeto a la dignidad humana, igualdad y no discriminación. Asimismo, se prohíbe expresamente utilizar los perfiles genéticos para fines distintos a la identificación humana en investigaciones derivadas de la función policial, fiscal o judicial.

Qué registros integrará el banco genético

El BNDPG estará conformado por diversos registros especializados. Entre ellos figura el registro de víctimas, que incluirá perfiles genéticos de personas afectadas por delitos; el registro de investigados y procesados; el registro de evidencias obtenidas en escenas criminales; y el registro de personas privadas de libertad.

También se incorporará un registro de servidores públicos vinculados a labores criminalísticas y de genética forense, con el objetivo de garantizar controles internos y evitar contaminación de evidencias. Además, se crea un registro específico para personas desaparecidas y sus familiares, el cual funcionará sobre la base de participación voluntaria.

La norma precisa que las personas investigadas o imputadas en procesos penales, así como los internos de establecimientos penitenciarios, estarán obligados a proporcionar muestras biológicas para la obtención de perfiles genéticos. En cambio, las víctimas y ciudadanos que participen voluntariamente deberán brindar previamente su consentimiento informado por escrito.

 

Toma de muestras y garantías de protección

La legislación establece que la obtención de muestras biológicas se realizará mediante procedimientos no invasivos, como hisopados bucales, toma de saliva, cabello o uñas, evitando métodos que impliquen punciones o intervenciones corporales invasivas.

Estas muestras podrán tomarse en instalaciones policiales, hospitales, clínicas, centros penitenciarios u otros espacios autorizados, siempre bajo protocolos de bioseguridad y estándares internacionales de calidad científica.

Asimismo, la ley dispone que los remanentes de muestras biológicas deberán ser destruidos una vez obtenido y verificado el perfil genético correspondiente, salvo en aquellos casos donde las evidencias formen parte de investigaciones penales en curso y deban preservarse conforme a la cadena de custodia.

Intercambio internacional y cooperación policial

Otro aspecto relevante de la norma es que permitirá el intercambio de información genética con organismos internacionales y entidades homólogas extranjeras, siempre bajo principios de legalidad, soberanía y reciprocidad.

La Dirección de Criminalística de la PNP podrá gestionar el acceso, envío y recepción de perfiles genéticos mediante plataformas especializadas y mecanismos internacionales como INTERPOL, EUROPOL u otros sistemas equivalentes reconocidos internacionalmente.

Con ello, las autoridades buscan fortalecer la cooperación internacional en investigaciones vinculadas a crimen organizado, trata de personas, desapariciones y delitos transnacionales.

 

Nuevos delitos y sanciones penales

La ley también incorpora modificaciones al Código Penal creando nuevos delitos vinculados a la manipulación de material genético y la vulneración de la reserva de información genética.

De acuerdo con la norma, quien falsifique, altere, sustituya u oculte material genético relacionado con investigaciones penales podrá recibir penas de entre cinco y siete años de prisión. Si estas acciones generan una condena injusta, una absolución indebida o afectan derechos de personas investigadas, las penas podrán elevarse hasta los veinte años de cárcel.

Asimismo, se establecen penas de entre diez y quince años para quienes obtengan, divulguen o comercialicen ilegalmente información genética contenida en el banco nacional.

En el caso de funcionarios o servidores públicos involucrados en estos delitos, se aplicará además la inhabilitación para ejercer cargos públicos durante el tiempo de la condena.

Implementación y reglamentación

La implementación y funcionamiento del Banco Nacional de Datos de Perfiles Genéticos será financiada con recursos del Ministerio del Interior, sin demandar presupuesto adicional al Tesoro Público.

La ley también crea una comisión especial encargada de elaborar el reglamento que definirá los procedimientos técnicos y operativos del sistema. Esta comisión estará integrada por representantes del Ministerio del Interior, Ministerio de Justicia, Defensoría del Pueblo y la Dirección de Criminalística de la Policía Nacional.

El reglamento deberá establecer los protocolos de seguridad, acceso, tratamiento y conservación de la información genética, así como las condiciones para el intercambio nacional e internacional de datos.

Con esta medida, el Estado peruano busca modernizar las herramientas de investigación criminal y acercarse a estándares internacionales utilizados en distintos países para combatir la delincuencia y fortalecer los mecanismos de identificación humana mediante tecnología genética.

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