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Colapso en Real Plaza Trujillo no fue un accidente, concluye Indecopi

La autoridad determinó que el accidente en el patio de comidas no fue fortuito y aplicó multas por más de S/ 10,6 millones.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

6 febrero, 2026 / 3:30 pm

La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi La Libertad, en primera instancia, determinó que el colapso del techo en el patio de comidas del Centro Comercial Real Plaza Trujillo, ocurrido el 21 de febrero de 2025, no fue un accidente fortuito, sino la consecuencia de una serie de infracciones graves y omisiones en el mantenimiento de la infraestructura.

 

La Resolución Final N° 0115-2026/INDECOPI-LAL, sostiene que mediante diferentes elementos probatorios se concluyó que la caída del techo se debió a factores críticos que vulneraron la seguridad de los visitantes. Es así, que se verificó que existieron deficiencias en la construcción, por el uso de materiales distintos a los previstos en el diseño estructural y por las diferencias encontradas entre el diseño original aprobado por las autoridades municipales y lo que finalmente se instaló. Situaciones que pudieron haberse identificado a través de mantenimientos preventivos o correctivos idóneos.

Así también, señala la resolución, que la estructura tenía nueve años de antigüedad y las investigaciones determinaron que la empresa se limitó en ese tiempo solo a tareas de limpieza y pintura.

 

Ante la gravedad de los hechos, que causaron el lamentable fallecimiento de seis personas y múltiples heridos, la Comisión impuso multas que en su totalidad ascienden a 1937,5 UIT (equivalente a S/ 10 656 250). A Real Plaza S.R.L. se sancionó con una multa de 1447,5 UIT (S/ 7 961 250); a Internacional de Títulos Sociedad Titulizadora S.A. se multó con 450 UIT (S/ 2 475 000) y a dos representantes de Real Plaza S.R.L. con 20 UIT (S/ 110 000) cada uno. Multas que deberán ser pagadas al tesoro público.

Asimismo, se dictaron medidas correctivas ordenando que las empresas deberán asumir y/o reembolsar la totalidad de los gastos médicos para la recuperación total de los heridos, así como los gastos de sepelio a los deudos de los fallecidos. Otra de las medidas correctivas dispone que la alta dirección de las empresas sancionadas implemente un sistema estricto de análisis de riesgos estructurales.

Esta resolución se encuentra en plazo de apelación ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor, segunda y última instancia administrativa.

La resolución puede ser descargada en el siguiente enlace:
https://aplicaciones1.indecopi.gob.pe/gestionResoluciones/getDoc?docID=workspace://SpacesStore/abe2d778-873c-4185-8fad-0addad5be4a0

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