Cencosud realizó Centro Comercial Portal La Molina con una inversión de US$ 69.5 millones
El Gobierno validó cambios al monto de inversión y al cronograma de ejecución para que la empresa mantenga los beneficios de la recuperación anticipada del IGV, cuya obra debió culminar el 30 de noviembre de 2025.

25 diciembre, 2025 / 9:08 am
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento oficializó la modificación de las condiciones bajo las cuales se ejecuta el proyecto Centro Comercial Portal La Molina, desarrollado por la empresa Cencosud Perú Shopping S.A.C. La medida fue aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 359-2025-VIVIENDA, publicada hoy 25 de diciembre de 2025 en el diario oficial El Peruano, y actualiza aspectos clave del compromiso de inversión y del cronograma de ejecución inicialmente aprobados en 2022 y ratificados en 2025.
La decisión responde a una solicitud presentada por la empresa en agosto de este año, con el objetivo de adecuar los montos comprometidos y los plazos del proyecto a la evolución real de la obra, sin perder los beneficios otorgados por el Estado en el marco del régimen especial de promoción de inversiones.
El marco del régimen de recuperación anticipada del IGV
El proyecto se encuentra acogido al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, establecido por el Decreto Legislativo N° 973. Este mecanismo permite a las empresas recuperar de manera anticipada el IGV pagado en la fase preoperativa por la adquisición de bienes, servicios y contratos de construcción vinculados a proyectos de inversión de gran escala.
En este contexto, la modificación aprobada no implica una nueva calificación de Cencosud dentro del régimen, sino un ajuste de las condiciones originalmente establecidas, específicamente en lo referido al monto total de la inversión y a su calendario de ejecución.
Monto total y estructura de la inversión
Con la resolución publicada, el compromiso total de inversión para el desarrollo del Centro Comercial Portal La Molina quedó fijado en 69,500,755 dólares americanos, monto que no incluye el IGV. Esta cifra representa el total que la empresa deberá ejecutar dentro del plazo establecido para mantener el acceso a los beneficios fiscales.
La inversión se ha estructurado en dos etapas claramente diferenciadas. La primera contempla un desembolso de 32,892,927 dólares y corresponde principalmente a trabajos iniciales de obra civil, edificaciones y parte de los sistemas técnicos del proyecto. La segunda etapa, de mayor envergadura, asciende a 36,607,828 dólares e incluye la culminación de las obras, acabados, instalaciones eléctricas y sanitarias, sistemas de climatización, así como la implementación de ascensores, escaleras mecánicas y otros equipos de transporte vertical.
Nuevo cronograma y plazos de ejecución
Uno de los cambios centrales formalizados por el Gobierno está relacionado con el plazo de ejecución del proyecto. El compromiso de inversión deberá cumplirse en un periodo total de tres años, siete meses y cuatro días, contado desde el 26 de abril de 2022, fecha de presentación de la solicitud inicial de acogimiento al régimen, hasta el 30 de noviembre de 2025.
El cronograma aprobado detalla que la primera etapa se desarrolló entre abril de 2022 y el 27 de diciembre de 2023. La segunda etapa se inició el 8 de enero de 2024 y tuvo como fecha límite de culminación el 30 de noviembre de 2025. El anexo técnico de la resolución evidencia que la mayor parte de la inversión se concentra en contratos de construcción, servicios especializados de ingeniería y supervisión, así como en la adquisición de bienes de capital necesarios para la operación del centro comercial.
Evaluación técnica y validación institucional
La modificación de las condiciones del proyecto fue evaluada por diversas instancias del Estado. ProInversión tuvo un rol determinante al analizar la solicitud presentada por Cencosud y declarar su procedencia, luego de que la empresa subsanara observaciones formuladas al cronograma de inversiones en octubre de 2025.
A estas evaluaciones se sumaron los informes favorables de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento, así como el pronunciamiento legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica del ministerio, que concluyó que se habían cumplido todos los requisitos técnicos y normativos para aprobar la modificación.
Desde una perspectiva de gestión pública, la resolución refleja un ajuste administrativo orientado a asegurar que el proyecto se ejecute efectivamente bajo parámetros realistas de tiempo e inversión. Si bien el Estado mantiene los beneficios tributarios otorgados, también refuerza la exigencia de cumplir estrictamente con los nuevos montos y plazos aprobados, bajo riesgo de perder dichos incentivos.
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