Microfinanzas

SBS plantea nuevas reglas para prevenir el sobreendeudamiento de socios en las Coopac

Proyecto de reglamento obligará a las cooperativas a reforzar la evaluación de la capacidad de pago, monitorear permanentemente el nivel de endeudamiento de sus socios y fortalecer su gestión de riesgos.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

7 julio, 2026 / 9:32 am

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) puso en consulta pública un proyecto de reglamento que busca fortalecer la gestión del riesgo de sobreendeudamiento en las Cooperativas de Ahorro y Crédito (Coopac) no autorizadas a captar recursos del público. La propuesta establece un marco regulatorio integral para que estas entidades evalúen de manera más rigurosa la capacidad de pago de sus socios deudores minoristas antes de otorgar financiamiento y durante toda la vigencia de los créditos.

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La medida fue oficializada mediante la Resolución SBS N.° 01749-2026, publicada hoy, mediante la cual se autoriza la difusión del proyecto normativo para recibir comentarios del público durante un plazo de 30 días calendario.

Con esta iniciativa, la SBS busca uniformizar las prácticas de evaluación crediticia en el sistema cooperativo, luego de identificar durante sus labores de supervisión importantes diferencias entre las Coopac y, en algunos casos, debilidades o incluso ausencia de mecanismos para gestionar el riesgo de sobreendeudamiento de sus socios.

 

Un nuevo enfoque para la gestión del riesgo crediticio

La Superintendencia señala que el objetivo principal del reglamento es establecer un marco consistente, integral y prospectivo para la administración del riesgo de sobreendeudamiento de los socios deudores minoristas, fortaleciendo al mismo tiempo la gobernanza, la gestión de riesgos y la resiliencia financiera de las cooperativas.

La propuesta incorpora por primera vez reglas específicas aplicables a todas las Coopac, considerando el principio de proporcionalidad según el tamaño de la entidad y su nivel modular.

El regulador advierte que una evaluación insuficiente de la capacidad real de pago puede provocar una sobreestimación de la solvencia de los socios, incrementando el riesgo de incumplimiento de créditos, mayores pérdidas y un deterioro de la solvencia patrimonial de las cooperativas.

La capacidad de pago será el criterio central

Uno de los principales cambios introducidos por el proyecto es que la capacidad de pago del socio se convierte en el elemento determinante para aprobar un nuevo crédito.

Para ello, las cooperativas deberán calcular un Ratio de Capacidad de Pago, indicador que relaciona el total de las obligaciones financieras del socio con sus ingresos netos disponibles.

En dicha evaluación deberán considerar no solo los créditos que el solicitante mantiene con la propia Coopac, sino también las obligaciones que tenga con otras entidades financieras y cooperativas, utilizando información proveniente de centrales de riesgo u otras fuentes disponibles.

Asimismo, cuando los ingresos del cónyuge sean considerados en la evaluación, también deberán incorporarse sus obligaciones financieras.

En el caso de los créditos para micro y pequeñas empresas, la evaluación deberá incluir además el endeudamiento familiar cuando los familiares participen activamente en el negocio.

La SBS establece expresamente que las cooperativas no podrán aprobar nuevos créditos cuando el solicitante supere los límites de capacidad de pago definidos en su metodología interna de gestión del riesgo de sobreendeudamiento.

 

Seguimiento permanente de los créditos

El proyecto no solo regula la etapa previa al otorgamiento del crédito, sino también el seguimiento durante toda la vida del financiamiento.

Las Coopac deberán implementar sistemas permanentes de monitoreo para identificar oportunamente a los socios que ingresen en una situación de sobreendeudamiento.

Entre las obligaciones previstas figuran:

. Realizar análisis periódicos sobre la evolución de la cartera crediticia;
. Efectuar análisis de cosechas para evaluar el comportamiento de los créditos otorgados;
. Actualizar permanentemente los indicadores financieros de los socios;
. Identificar cambios en su situación económica;
. Adoptar medidas preventivas o correctivas cuando sea necesario.

Estas acciones podrán incluir restricciones para acceder a nuevos créditos, evaluaciones financieras adicionales, monitoreo reforzado y otras medidas definidas por cada cooperativa de acuerdo con su perfil de riesgo.

Fortalecimiento del gobierno corporativo

Otro aspecto relevante del reglamento es el fortalecimiento de la estructura de gobierno corporativo relacionada con la gestión del riesgo.

El Consejo de Administración será responsable de aprobar, al menos una vez al año, las políticas, metodologías y procedimientos para administrar el riesgo de sobreendeudamiento.

Por su parte, el Comité de Riesgos deberá revisar las metodologías elaboradas por la Unidad de Riesgos y elevarlas al Consejo para su aprobación, además de analizar periódicamente los informes sobre la evolución de este riesgo.

La Gerencia General será responsable de implementar dichas políticas y garantizar que las operaciones crediticias se mantengan dentro de los niveles de apetito y tolerancia al riesgo definidos por la cooperativa.

Asimismo, el proyecto dispone que los sistemas de incentivos para el personal no deberán generar conflictos de interés que incentiven una colocación excesiva de créditos.

 

Mayor rol para la Unidad de Riesgos y Auditoría Interna

La propuesta fortalece significativamente el papel de la Unidad de Riesgos dentro de las Coopac.

Entre sus principales responsabilidades figuran diseñar metodologías para identificar y medir el riesgo de sobreendeudamiento, monitorear periódicamente la exposición de la entidad, proponer acciones preventivas y correctivas e informar regularmente al Consejo de Administración, al Comité de Riesgos y a la Gerencia General.

Además, la SBS establece que esta unidad deberá ser independiente de las áreas comerciales encargadas de originar créditos.

En paralelo, la Unidad de Auditoría Interna tendrá la obligación de evaluar el cumplimiento del nuevo reglamento y verificar la efectividad del sistema de gestión del riesgo de sobreendeudamiento como parte de su plan anual de trabajo.

Nuevos reportes obligatorios para la SBS

El proyecto incorpora nuevas obligaciones de información para las cooperativas de mayor tamaño.

Las Coopac de Nivel 3 y las de Nivel 2 con activos superiores a 32,200 UIT deberán remitir trimestralmente dos nuevos reportes:

• Reporte 24-A, que contendrá información detallada sobre los socios deudores minoristas sobreendeudados, incluyendo número de clientes afectados, saldos comprometidos, límites de capacidad de pago y proporción del sobreendeudamiento respecto al patrimonio de la entidad.

• Reporte 24-B, que mostrará la clasificación crediticia de dichos socios, permitiendo conocer el nivel de riesgo de la cartera sobreendeudada.

Esta información deberá enviarse electrónicamente a la SBS dentro de los 20 días posteriores al cierre de cada trimestre.

Las cooperativas más pequeñas no estarán obligadas a remitir estos reportes al supervisor, aunque sí deberán elaborarlos y conservarlos para fines de gestión interna y eventuales supervisiones.

 

Cronograma de implementación

El proyecto contempla una implementación gradual según el tamaño de cada cooperativa.

Las Coopac de Nivel 3 y las de Nivel 2 con activos superiores a 32,200 UIT tendrán plazo hasta el 31 de diciembre de 2026 para adecuarse al nuevo reglamento.

Las Coopac de Nivel 2 con activos iguales o menores a 32,200 UIT deberán cumplir las nuevas disposiciones hasta el 30 de junio de 2027.

Finalmente, las Coopac de Nivel 1 tendrán plazo hasta el 31 de diciembre de 2027 para implementar la totalidad de los requerimientos.

Consulta pública abierta

Antes de su entrada en vigor, la SBS ha dispuesto que el proyecto permanezca en consulta pública durante 30 días calendario contados desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Durante ese período, cooperativas, gremios, especialistas y el público en general podrán remitir comentarios y observaciones a la Superintendencia, con el propósito de enriquecer el texto definitivo del reglamento.

Con esta propuesta, la SBS busca fortalecer la gestión prudencial del sistema cooperativo mediante estándares más exigentes para la evaluación crediticia, una supervisión continua del nivel de endeudamiento de los socios y un mayor involucramiento de los órganos de gobierno y control interno, con el objetivo de preservar la solvencia de las Coopac y promover un crecimiento sostenible de sus colocaciones.

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