Comercio exterior

Gobierno mantiene tasa del drawback en 3% tras derogar cambios al esquema de restitución

El MEF oficializó la derogación de los decretos que modificaban el Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios, asegurando estabilidad para los exportadores.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

28 febrero, 2025 / 9:15 am

El Ministerio de Economia y Finanzas ha emitido el Decreto Supremo Nº 027-2025-EF, que deroga el Decreto Supremo Nº 189-2024-EF y el Decreto Supremo Nº 197-2024-EF. Con esta medida, el Gobierno deja sin efecto las modificaciones realizadas al Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios, aprobado originalmente mediante el Decreto Supremo Nº 104-95-EF, y de esa manera mantiene la tasa del drawback en 3 %.

 

El Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios (drawback) es un mecanismo que permite a las empresas exportadoras recuperar los derechos arancelarios pagados por la importación de insumos utilizados en la producción de bienes exportados. Con el objetivo de perfeccionar este esquema, en 2024 se aprobó el Decreto Supremo Nº 189-2024-EF, que modificó ciertos aspectos del reglamento vigente. Entre los cambios introducidos figuraban ajustes en la definición de beneficiarios, el tratamiento de insumos importados por terceros y la tasa de restitución aplicable. Posteriormente, el Decreto Supremo Nº 197-2024-EF difirió la aplicación de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 189-2024-EF hasta el 31 de julio de 2025. Esta disposición buscaba una implementación gradual de las nuevas condiciones establecidas en la normativa modificada.

 

El Gobierno ha justificado la derogación de estas disposiciones argumentando que la coyuntura internacional presenta un escenario de incertidumbre y cambios extraordinarios que requieren ajustes en la política aduanera y arancelaria. En este contexto, se ha considerado conveniente mantener el modelo original de restitución simplificada sin los cambios introducidos por los decretos derogados. La decisión de volver al esquema previo se fundamenta en la necesidad de garantizar estabilidad a los exportadores, evitar distorsiones en el comercio exterior y mantener condiciones predecibles en la operación del mecanismo de restitución arancelaria.

 

Hace poco el presidente de la Asociación de Exportadores (ADEX), Julio Pérez Alván, adelantó que “todos estuvimos de acuerdo en que no es un buen momento para reducir la tasa del Drawback. El clima nos juega en contra y la situación geopolítica internacional está tensa. Por ello, saludamos que el Ejecutivo emita próximamente un Decreto Supremo que, a su vez, derogue el Decreto Supremo N° 189-2024-EF, con lo cual se mantendrá en 3% la tasa del régimen simplificado de restitución arancelaria (Drawback)”.

 

Con la derogación de las modificaciones introducidas en 2024, las empresas productoras-exportadoras podrán seguir operando bajo el esquema original del Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios, según lo estipulado en el Decreto Supremo Nº 104-95-EF. Esto implica que las tasas y condiciones de restitución previas se mantienen vigentes y que no se aplicarán los cambios que habían sido aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 189-2024-EF. Asimismo, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) continuará fiscalizando el cumplimiento de las normativas vigentes de manera posterior y discrecional, como lo establece el reglamento original.

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