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Osiptel desestima apelación de Telefónica y ratifica multa de más de S/ 2 millones por infracciones graves

El Tribunal de Apelaciones de Osiptel rechazó el recurso presentado por Telefónica del Perú, manteniendo las sanciones por incumplimientos en la verificación biométrica y la reposición de SIM cards.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

7 agosto, 2024 / 8:18 am

El Tribunal de Apelaciones del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) ha declarado infundado el recurso de apelación presentado por Telefónica del Perú S.A.A. contra la resolución emitida por la Gerencia General de Osiptel, que le impuso dos multas significativas por incumplimientos en la prestación de sus servicios de telecomunicaciones.

El conflicto se originó en septiembre de 2023, cuando la Dirección de Fiscalización e Instrucción (DFI) de Osiptel inició un procedimiento administrativo sancionador contra Telefónica del Perú por dos infracciones. La primera, considerada leve, se debió al incumplimiento de las normas sobre verificación biométrica en la activación de servicios. La segunda, catalogada como muy grave, se relaciona con la falta de notificación a los abonados sobre la reposición de sus SIM Cards, lo que podría haber generado riesgos de seguridad para los usuarios.

 

Después de analizar el caso, la Gerencia General de Osiptel emitió la Resolución Nº 00209-2024-GG/OSIPTEL en junio de 2024, imponiendo a Telefónica multas de 47 UIT (Unidades Impositivas Tributarias) por la infracción leve, y de 350 UIT por la infracción muy grave, que suman más de S/ 2 millones.

Argumentos de la apelación

El 2 de julio de 2024, Telefónica presentó un recurso de apelación, cuestionando la cuantificación de las multas y argumentando que los factores empleados en el cálculo, como el WACC (costo promedio ponderado del capital) y el tiempo transcurrido, no fueron justificados adecuadamente. Asimismo, cuestionaron la inclusión de un factor de actualización en las multas, lo que generó un incremento en los montos establecidos.

 

Decisión del Tribunal de Apelaciones

El Tribunal de Apelaciones de Osiptel, tras revisar los argumentos de Telefónica, decidió mantener la sanción original. Según el Tribunal, los factores cuestionados fueron aplicados conforme a la normativa vigente y la metodología de cálculo de multas del organismo. Además, se subrayó que el proceso sancionador se realizó dentro de los plazos establecidos por ley, descartando cualquier perjuicio en contra de Telefónica.

 

En cuanto a la inclusión del factor de actualización, el Tribunal explicó que su objetivo es internalizar el valor del dinero en el tiempo durante el transcurso del procedimiento, y que su aplicación está debidamente regulada.

La decisión también resalta la importancia de que las empresas mantengan una comunicación clara y oportuna con sus clientes, especialmente en temas tan sensibles como la activación y reposición de servicios móviles, donde la seguridad del usuario es primordial.

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