La SBS plantea ajustes al Proyecto de Ley para fortalecer el emprendimiento digital en Perú
La Superintendencia sugiere modificaciones para asegurar la claridad regulatoria y evitar la duplicidad de supervisión en el sector financiero.

16 diciembre, 2025 / 10:25 am
El Proyecto de Ley N° 10787/2024-CR, conocido como la “Ley de Fomento del Emprendimiento Digital Tecnológico”, plantea una serie de medidas orientadas a la creación de un marco regulatorio para las empresas digitales tecnológicas. Esta iniciativa busca promover el desarrollo de este tipo de empresas mediante incentivos fiscales y beneficios para su formalización y operación. Sin embargo, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha emitido su opinión, destacando algunas consideraciones clave que, según su análisis, podrían generar incertidumbre o interferir con el marco regulatorio vigente en el sector financiero.
El Proyecto de Ley y sus Propuestas
El proyecto de ley de Fuerza Popular establece la creación de la categoría “Empresa Digital Tecnológica”, la cual incluye a las personas jurídicas que utilicen tecnologías digitales en el desarrollo de productos o servicios. Además, se propone la creación de un Registro Nacional de Empresas Digitales Tecnológicas (RNED), que estará a cargo del Ministerio de la Producción, en colaboración con la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital. Este registro será el punto de entrada para las empresas que deseen acceder a los beneficios contemplados en la ley.
Una de las principales características de esta iniciativa es la creación del Portal Empresarial Único (PEU), una plataforma digital que simplificaría los trámites administrativos relacionados con la constitución, formalización y operación de las empresas digitales tecnológicas. Además, se propone la exoneración de la causal de disolución por pérdidas para estas empresas durante sus primeros años de actividad.
El proyecto también incluye incentivos fiscales, como la posibilidad de adquirir participaciones propias hasta un 20% del capital social de la empresa para el pago de incentivos o compensaciones, y un régimen especial de inversiones que permitiría a los acreedores no accionarios recibir una retribución durante un plazo de hasta dos años.
Las Observaciones de la SBS
A pesar de reconocer la intención positiva detrás del proyecto, la SBS ha emitido varias observaciones y recomendaciones para asegurar la coherencia con la normativa vigente y evitar conflictos con las competencias de supervisión que ejerce sobre el sistema financiero.
1. Exclusión de Empresas Supervisadas por la SBS. La SBS señala que el texto del proyecto es demasiado general y podría incluir a entidades que ya están bajo su ámbito de supervisión, como las instituciones del sistema financiero, de seguros y previsionales. Para evitar confusión y garantizar la continuidad del marco regulatorio especializado, la SBS recomienda la inclusión de una disposición que excluya explícitamente a estas entidades del alcance de la ley.
2. Regulación de Inversiones y Captación de Fondos. En relación con el artículo 16, que establece un régimen de remuneración para los acreedores no accionarios, la SBS advierte que esta medida podría interpretarse como la autorización para realizar actividades de captación de fondos del público, lo que caería bajo la regulación de la SBS. Por ello, la entidad propone una disposición que limite este tipo de aportes a aquellas actividades que no impliquen la captación de fondos del público.
3. Garantizar la Coherencia con los Modelos Novedosos. La SBS también destaca la necesidad de asegurar que la nueva ley no interfiera con los mecanismos regulatorios existentes, como el Reglamento de Modelos Novedosos, que permite la realización de operaciones innovadoras en el sector financiero bajo la supervisión de la SBS. La implementación de esta ley debe alinearse con la normativa ya en vigor, evitando duplicidad de registros o autorizaciones que compliquen la regulación del sector.
Conclusiones y Recomendaciones
En resumen, la SBS considera que el Proyecto de Ley N° 10787/2024-CR es una medida positiva para fomentar el emprendimiento digital, pero plantea ciertas preocupaciones respecto a su impacto en el sector financiero y la claridad de las competencias regulatorias. La SBS sugiere las siguientes modificaciones:
1. Incluir una disposición explícita que excluya a las empresas bajo su supervisión del ámbito de la nueva ley.
2. Asegurar que las inversiones y aportes no impliquen captación de fondos del público ni actividades reservadas para el sistema financiero.
3. Garantizar que la implementación de la ley no interfiera con los mecanismos de innovación financiera ya supervisados.
Estas modificaciones, según la SBS, permitirían que el proyecto de ley fomente de manera efectiva el desarrollo de empresas digitales sin generar incertidumbre o conflictos con el marco regulatorio financiero existente.
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