Economía

Impuesto predial de Lima y Callao subirá 20% en 2016

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

3 Noviembre, 2015 / 1:17 pm

Para el 2016 el impuesto predial para Lima y Callao tendrá un incremento sustancial del 20% en promedio por efecto de los nuevos valores arancelarios de terrenos urbanos que fueron aprobados por el Ministerio de Vivienda a través de las Resoluciones 287, 288 y 289 – 2015– Vivienda, publicadas el 30 de octubre último, informó el Centro Legal de La Cámara de Comercio de Lima (CCL).

“Para efectos del impuesto predial 2016, los Valores Oficiales de Edificaciones se registra un incremento de 4% en promedio, equivalente a la inflación proyectada. Sin embargo, los valores arancelarios de terrenos tienen un incremento de hasta el 40%, lo que generará un mayor impuesto predial para el próximo año”, aseguró Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.

Téngase en cuenta que las tablas de depreciación por antigüedad y estado de conservación se mantienen y no han variado.

Impuesto Predial 2016

Para los predios nuevos en Lima y Callao (categoría A), en estado muy bueno y con menos de 5 años de antigüedad el aumento del impuesto será 11,78%. Para los predios categorías B y C el aumento será 21,28% y 18,80%, respectivamente. Para los predios categoría D el aumento será 27%.

La CCL advierte que el aumento del impuesto predial no sólo será para Lima y Callao. El 30 de octubre último se han publicado siete resoluciones del sector Vivienda, referidas a los nuevos valores de edificaciones y valores arancelarios de terrenos urbanos y rústicos a nivel nacional y que tendrán impacto en el impuesto predial 2016.

Aranceles de terrenos

Comparando los aranceles de terrenos 2015-2016 en cinco distritos de Lima, se consta: En Miraflores (aumento promedio 32%), Surquillo (aumento promedio 43%), San Isidro (aumento promedio 36%), Surco (aumento promedio 44%) y en Barranco (aumento promedio 30%).

Propuesta CCL

Zavala afirma que si se trata de sincerar los valores de terrenos, llevándolos a valor de mercado, tal “sinceramiento” debe hacerse de modo progresivo, año a año; puesto que al ser estos valores base para el cálculo del impuesto predial, de aplicarse la actualización en un solo tramo, para el ejercicio 2016, lo que generaría un incremento excesivo en dicho impuesto, con el consecuente perjuicio al contribuyente.

“Lo adecuado y sensato es que la conducción a precios de mercado se realice en un lapso mínimo de cinco años, de modo que los contribuyentes puedan asimilar el impacto de dicho incremento”, anotó Víctor Zavala.

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