Congreso amplía plazo para formalización de predios agropecuarios en manos de poseedores rurales
Nueva ley permitirá regularizar la tenencia de predios ocupados hasta diciembre de 2020 y autoriza a gobiernos regionales titular predios, incluso en terrenos con juicios pendientes.

7 junio, 2025 / 9:11 am
El Congreso de la República aprobó la modificación de la Ley 31145, norma que regula el saneamiento físico-legal y la formalización de predios rurales de propiedad estatal, con el fin de ampliar el plazo de posesión exigido para que agricultores puedan acceder a la formalización de sus tierras. Con esta medida, se actualiza la política de formalización rural, extendiendo la fecha de corte de noviembre de 2010 a diciembre de 2020.
Según la ley publicada hoy, los gobiernos regionales podrán ahora formalizar la propiedad de predios rústicos y tierras eriazas habilitadas ocupadas por agricultores siempre que la posesión se haya iniciado de manera pública, pacífica y continua hasta el 31 de diciembre de 2020. Antes de esta modificación, la fecha límite era el 25 de noviembre de 2010, lo que dejaba fuera a muchos productores que llevan años trabajando la tierra sin título de propiedad.
La norma distingue entre dos tipos de terrenos de propiedad del Estado: los predios rústicos y las tierras eriazas habilitadas. En ambos casos, la formalización se realizará a través del gobierno regional correspondiente. En el segundo tipo, se mantiene el requisito de pago del valor arancelario del terreno como condición para acceder a la adjudicación directa.
Gobiernos regionales podrán intervenir incluso en predios con juicios en curso
Una de las principales novedades de esta ley es la incorporación de una nueva disposición complementaria que permite a los gobiernos regionales asumir la titularidad de predios rurales estatales, incluso si estos están involucrados en procesos judiciales —en trámite o concluidos— relacionados con su desocupación.
Este cambio facilita la continuidad del proceso de formalización, al eliminar como obstáculo la existencia de litigios, lo que en la práctica ha trabado numerosos procedimientos en el pasado. Además, la norma faculta a las procuradurías regionales a desistirse de tales procesos cuando los terrenos hayan sido asumidos por el gobierno regional, contribuyendo a reducir la carga judicial y a acelerar la entrega de títulos de propiedad.
El Ejecutivo deberá adecuar el reglamento en 90 días
Como parte de la implementación de la ley, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) tiene un plazo de 90 días calendario para adecuar el reglamento correspondiente —aprobado mediante el Decreto Supremo 014-2022-MIDAGRI— a las nuevas disposiciones.
Esta adecuación normativa es clave para asegurar que los gobiernos regionales cuenten con un marco operativo claro y actualizado, lo que permitirá dar mayor celeridad a los procedimientos de formalización en beneficio de miles de familias campesinas que por años han trabajado sus tierras sin contar con seguridad jurídica.
La ampliación del plazo de posesión para acceder a la formalización es una medida que reconoce la realidad de muchos agricultores que no han podido regularizar su situación por límites temporales restrictivos. A
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