Sunat se viene con todo

1 Julio, 2020 / 2:59 pm

Ya no hay virus en SUNAT.

Como se recuerda, la  Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos (SUNAT) determinó a través de la Resolución No. 008-2020-SUNAT//00000 que no se aplicará sanciones, por la facultad discrecional, durante el Estado de emergencia.

Este Estado continúa como se sabe hasta el 31 de julio según el Decreto Supremo No. 116-2020-PCM. Lo que se ha superado en Lima es la cuarentena.

El día 1 de julio de 2020, se ha publicado La Resolución de la misma SUNAT No. 011-2020, la cual señala que lo dispuesto por la 008 se aplica solo a las infracciones cometidas o detectadas, según sea el caso, entre el 16 de marzo y el 30 de junio de 2020.

¿Acaso no seguimos en Estado de Emergencia en Lima (donde solo la cuarentena esta eliminada)?.  ¿Dónde queda la seguridad jurídica?. Dentro de los considerandos de esta 011 se señala que se estima que los deudores “no tendrán mayores dificultades para cumplir sus obligaciones formales” salvo en los departamentos donde aún sigue la cuarentena como son Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Ancash (a ellos les continúa el beneficio de suspensión de sanciones por facultad discrecional).

Además este 011 señala que “No procede efectuar la devolución ni compensación de los pagos vinculados a las infracciones que son materia de discrecionalidad”. O sea, pagaste en la atapa que señalé suspensión de multas, pues  entonces gracias y ya no te devuelvo ni compenso.

Las infracciones se aplican objetivamente. Y es claro que en este mes la gente tiene problemas para reincorporarse a sus labores y muchos se han aún auto-confinado, siendo que no  les es posible cumplir con sus obligaciones formales (así sea por internet), en los caso que corresponda ello. Se auguran entonces muchos reclamos por multas que serían inequitativas.

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Francisco Pantigoso Velloso da Silveira

Profesor de la Universidad del Pacífico

Abogado Tributarista, con más de 35 años de experiencia en el área del planeamiento legal – tributario. MBA por la Universidad del Pacífico; abogado por la PUCP. Maestría en Tributación Internacional en Universidad Santiago de Compostela de España. Diolomados en Buenos Aires, U. Austral en Tributación Internacional.

 

Profesor de la Universidad del Pacífico. Experiencia en el trabajo interdisciplinario con el área contable y financiera de las empresas, con la finalidad de brindar la asesoría fiscal que disminuya el impacto tributario en el desarrollo de las diversas operaciones de las compañías. Es socio en Pantigoso y Asociados, y Director de la Maestría en Tributación de la UPC.

 

La siguiente columna versará sobre temas actuales y controvertidos en materia tributaria, con un sentido crítico y proactivo para evitar contingencias en las empresas,  a través de un adecuado planeamiento fiscal.