Modifican Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta

19 Septiembre, 2017 / 10:57 am

El 09 de setiembre de 2017, se ha publicado en el diario oficial “El Peruano” el Decreto Supremo No. 264-2017-EF, el cual ha modificado el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta estableciendo la incorporación de un último párrafo al artículo 30° que regula las tasas del impuesto aplicable a las personas jurídicas no domiciliadas.

Al respecto, dicha normativa prevé que para efectos de los intereses a que se refiere el inciso j) del artículo 56° de la LIR (intereses que abonen al exterior empresas domiciliadas por créditos concedidos por una empresa del exterior con la cual se encuentran vinculadas, que genera retención del 30%), no se consideran “partes vinculadas” la empresa privada del país con la expresa del exterior que:

– Solo se encuentren en las situaciones previstas en los numerales 2 (más del 30% del capital de 2 o más personas jurídicas pertenezca a una misma PN o PJ, directamente o por intermedio de un tercero); numeral 4 (el capital de 2 o más personas jurídicas pertenezca, en más del 30% a socios comunes a estas) o numeral 12 (PN o PJ que ejerza influencia dominante en las decisiones de los órganos de administración de una o más personas jurídicas o entidades) del artículo 24°del reglamento del IR.

– Se encuentren en dichas situaciones solo porque es un estado extranjero quien participa directa o indirecta en el capital de ambas empresas, o ejerce influencia dominante en éstas.

Estos cambios rigen desde el 1° de octubre de 2017.

Consideramos que hacer excepciones a la “vinculación económica” vía un reglamento, sería violatorio del principio de legalidad.

Ahora bien, como en estos casos, la retención en vez de 30% será de 4.99% (si se cumplen los requisitos del inciso a) del artículo 56°), no habrán voces de protesta ante ello. La razón de esto indidableente es fomentar la venida de créditos entre partes vinculadas.

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Francisco Pantigoso Velloso da Silveira

Profesor de la Universidad del Pacífico

Abogado Tributarista, con más de 35 años de experiencia en el área del planeamiento legal – tributario. MBA por la Universidad del Pacífico; abogado por la PUCP. Maestría en Tributación Internacional en Universidad Santiago de Compostela de España. Diolomados en Buenos Aires, U. Austral en Tributación Internacional.

 

Profesor de la Universidad del Pacífico. Experiencia en el trabajo interdisciplinario con el área contable y financiera de las empresas, con la finalidad de brindar la asesoría fiscal que disminuya el impacto tributario en el desarrollo de las diversas operaciones de las compañías. Es socio en Pantigoso y Asociados, y Director de la Maestría en Tributación de la UPC.

 

La siguiente columna versará sobre temas actuales y controvertidos en materia tributaria, con un sentido crítico y proactivo para evitar contingencias en las empresas,  a través de un adecuado planeamiento fiscal.